Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 26/3/2024
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
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BOLETIN OFICIAL
Paraná, martes 26 de marzo de 2024
profesionales que no poseen título universitario habilitante significa la pérdida definitiva de la misma, con imposibilidad de recuperarla pagando la deuda aquilatada por cada uno de ellos;
Que el artículo 52 de la ley 9739, establece la obligación del profesional al cual le sea suspendida o cancelada su matrícula habilitante, de devolver el certificado autorizante para el ejercicio y la credencial pertinente;
Que, en consecuencia, este Consejo Directivo ha resuelto adoptar decisiones aplicables gradualmente hasta llegar en última instancia a la cancelación de la matricula profesional;
Por ello;
El Consejo Directivo del Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios RESUELVE:
ARTICULO 1: Suspéndase la Matrícula Profesional habilitante registrada en la institución a la corredora pública inmobiliaria Ríos Hoffmann, Fátima Nair; Nº de Matricula 1201, Nº de Documento 39578977, con domicilio en calle Belgrano Nº 2396 de la ciudad de Villaguay.
ARTICULO 2: Intimase a la profesional a reintegrar a la institución el certificado habilitante para el ejercicio profesional y la credencial pertinente dentro de las 48 hs. de notificada la presente.
ARTICULO 3: Notificar a la corredora que durante la suspensión de la misma se encuentra imposibilitada de ejercer el corretaje inmobiliario.
ARTICULO 4: Regístrese, comuníquese, publíquese, y archívese.María P. Armándola, presidente, Abelardo M. Budo, secretario.
F.C. 04-00049520 1 v./26/03/2024