Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/4/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 28 de abril de 2021

BOLETIN OFICIAL

nes ministeriales, previa agregación del informe por parte de la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción respecto del financiamiento del gasto de cada uno de los planes y/o programas sociales y la disponibilidad del recursos de la Ley N 4035.
Art. 2 - Facúltase a la titular del Ministerio de Desarrollo Social, a autorizar mediante el dictado de resoluciones del área, los pagos mensuales y comisiones correspondientes a la aprobación de los padrones y/o distribuciones de partidas de los Programas y/o Planes para el ejercicio 2021, ello en virtud de los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 3 - Establécese la responsabilidad de la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional de confeccionar los informes de competencia sobre el recurso asignado a cada uno de los programas y/o planes sociales que se atenderán con los fondos provenientes de la Ley N 4035.
Art. 4 - El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 5 - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Marisa G. Paira
DECRETO Nº 57 MDS
ACEPTANDO RENUNCIA
Paraná, 4 de febrero de 2021
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que las mismas se relacionan con la situación de la Sra. Tamara Grisel Pilar Mansilla, M.I. Nº 31.017.079, Legajo Nº 205.252, de la planta de Personal Permanente de la Subsecretaría de Políticas Alimentarias del Ministerio de Desarrollo Social, quien presenta su dimisión a partir del 30.04.19;
Que atento a lo informado a fs. 6 por el Área Ajustes y Liquidaciones de Sueldo y Salarios, surge que la Sra. Mansilla percibió sus haberes hasta el 31.07.19, manifestando que se procedió a suspender del Sistema de Gestión de Recursos Humanos y Liquidación la pertinente liquidación del mes de Julio de 2019, en concordancia con la fecha de recepción del trámite;
Que las actuaciones fueron remitidas al Área Personal de la Dirección de Comedores a fin de que se notifique a la Sra. Mansilla el importe de las sumas indebidamente percibidas, interesando se proceda a su devolución, conforme la liquidación practicada a fs. 15, notificándose al pie de la mencionada fs. a la agente;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción, ha tomado intervención, manifestando que corresponde dictar la norma legal que acepte la renuncia presentada, encuadrando la gestión en las disposiciones establecidas por el Artículo 57º de la Ley Nº 9755, modificada por Ley Nº 9811;
Que asimismo aconseja se apruebe la liquidación practicada a fs.
15 y posteriormente girar las actuaciones a la Subsecretaría de Administración a fin de que arbitre las medidas conducentes para hacer efectivo el cobro de las sumas indebidamente percibidas;
Que la Dirección de Sumarios y la Dirección General de Recursos Humanos, han informado en lo que es de sus respectivas competencias;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º - Acéptase la renuncia presentada por la Sra. Tamara Grisel Pilar Mansilla, M.I. Nº 31.017.079, Legajo Nº 205.252, agente de la Planta de Personal Permanente de la Subsecretaría de Políticas Alimentarias, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, haciéndose efectiva la misma a partir del 30.04.19, según lo expresado en los considerandos del presente Decreto.
Art. 2º - Apruébase la liquidación practicada a fs. 15 de autos por la Subsecretaría de Administración jurisdiccional correspondiente a los haberes indebidamente percibidos por la Sra. Mansilla, cuyo monto asciende a la suma de pesos veintisiete mil cuatrocientos cincuenta y cinco con veintinueve centavos $ 27.455,29.
Art. 3 - El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 4 - Comuníquese, publíquese, con copia del presente notifíquese a través de Área Personal de la Dirección de Comedores.
Cumplido pasen a la Subsecretaría de Administración a fin de arbitrar
3

las medidas conducentes para hacer efectivo el recupero de las sumas indebidamente percibidas.
GUSTAVO E. BORDET
Marisa G. Paira
DECRETO Nº 59 MDS
AMPLIANDO ARTICULO
Paraná, 4 de febrero de 2021
VISTO:
El Decreto N 2349 M.D.S., de fecha 21 de diciembre de 2020; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se asignaron las funciones de Promotora de Organizaciones Sociales de la Subsecretaría de Fortalecimiento de las Organizaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo Social, a la Sra. Viviana Noemí Mari, con una remuneración equivalente al Nivel 41 del Personal Fuera del Escalafón, contemplado en la Ley N 8620;
Que en dicho acto administrativo no se facultó a la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional a liquidar y abonar a favor de la Sra. Mari los importes correspondientes, por lo que resulta necesario enmendar dicha omisión;
Que el presente se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el Art. 174 de la Constitución de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Amplíase el artículo 1 del Decreto N 2349/20 M.D.S., el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º - Asígnanse las funciones de Promotora de Organizaciones Sociales de la Subsecretaría de Fortalecimiento de las Organizaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo Social a la Sra. Viviana Noemí Mari, M.I. N 14.357.700 y dispónese por el cumplimiento de las mismas una remuneración equivalente al Nivel 41 del Personal Fuera del Escalafón, contemplado en la Ley N
8620, facultando a la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional a liquidar y abonar a la agente la diferencia remuneratoria existente entre el cargo que detenta en la Administración Pública Provincial y el antes referenciado.
Art. 2 - El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 3 - Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Marisa G. Paira
DECRETO Nº 67 MDS
DENEGANDO LICENCIA GREMIAL
Paraná, 4 de febrero de 2021
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas por la Asociación Trabajadores del Estado - A.T.E.- Seccional Colón; y CONSIDERANDO:
Que por las mismas solicita Licencia Gremial para la Sra. Sonia Raquel Gómez, M.I. N 23.531.252, agente de la planta transitoria de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, en razón de haber sido electa como Vocal Titular 1 de la mencionada Asociación - ATE Seccional Colón - a partir del 05.03.20 y hasta el 05.11.23, según certificación obrante en autos;
Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social, tomaron intervención manifestando que la petición no resulta viable atento a que el Decreto N 1142/00 GOB que modificó el Artículo 3del Decreto N1318/96 MGJE expresa Las designaciones sólo podrán recaer en empleados nombrados en la planta permanente que tengan antigedad superior a un año, contada a partir de la fecha del nombramiento
Que asimismo y en caso de estar haciendo uso de Licencia Gremial, se deberá intimar a la agente a reintegrarse a sus tareas cotidianas;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1- Deniégase la Licencia Gremial solicitada por la Asociación Trabajadores del Estado - A.T.E. - Seccional Colón, para la Sra.
Sonia Raquel Gómez, M.I. N 23.531.252, agente de la planta de personal transitoria de la Dirección de Comedores del Ministerio de Desarrollo Social, de conformidad a lo manifestado en los considerandos precedentes.

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/4/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha28/04/2021

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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