Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/4/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
DECRETO Nº 34 MDS
DEJANDO SIN EFECTO ARTICULO DE DECRETO
Paraná, 27 de enero de 2021
VISTO:
El Decreto N 2649/20 MDS; y CONSIDERANDO:
Que el Artículo 1 del citado Decreto aprueba todo lo actuado por la Unidad Central de Contrataciones en la Licitación Pública identificada como N 17/20, de acuerdo a lo autorizado por Decreto N
1705/20 MDS;
Que por el Artículo 2 del mismo se aprobó el incremento en un 30% las cantidades totales por Renglón adjudicado con relación a las inicialmente requerida, conforme lo previsto por el Artículo 64 del Decreto Nº 795/96 MEHF, atendiendo los argumentos de la necesidad de contar con los recursos necesarios para la asistencia alimentaria de la población más vulnerable del territorio provincial ante el incremento de la demanda, por el Artículo 3 se rechazaron las ofertas presentadas a la Licitación Pública N
17/20, de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Compras constituida a tal efecto en Acta N 65/20, agregada a fs. 583/586
y por el Artículo 4 se adjudicó la Licitación Pública N 17/20, por la suma total de pesos cincuenta y cuatro millones quinientos treinta y tres mil setecientos $ 54.533.700, a favor de las firmas detalladas en el mismo, de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Compras constituida a tal efecto según Acta N 65/20 y conforme lo autorizado mediante Decreto N 1705/20 MDS y por los motivos especificados en cada caso;
Que corresponde destacar que el Decreto N 2649/20 MDS se dictó en fecha 28 de diciembre, fecha muy próxima al cierre del ejercicio presupuestario 2020 y ante la imposibilidad de concretar las previsiones de dicho período, se requirió a la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción que la afectación del gasto derivado del mismo se efectúe con cargo al ejercicio presupuestario 2021;
Que la Subsecretaría de Administración emite informe de competencia, informando que efectúa la imputación por el importe total de la adjudicación, pesos cincuenta y cuatro millones quinientos treinta y tres mil setecientos $ 54.533.700 con cargo al presente ejercicio 2021, con la correspondiente intervención de la Contaduría General de la Provincia;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomo conocimiento de lo tramitado y sugiere el dictado de la norma que ratifique todo lo actuado en la Licitación Pública N 17/20 y que contemple la modificación del Artículo 5 del mismo, ello teniendo cuenta lo informado por la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción en cuanto al cambio de las unidades programáticas de la jurisdicción en el presente ejercicio 2021;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Déjese sin efecto Artículo 5 del Decreto N 2649/20 MDS
en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente.
Art. 2- Impútese el egreso a los siguientes créditos del Presupuesto vigente: DA 959 - Carácter 1 - Jurisdicción 40 - Subjurisdicción 00
- Entidad 0000 - Programa 25 - Subprograma 00 - Proyecto 00 Actividad 02 - Obra 00 - Finalidad 3 - Función 20 - Fuente de Financiamiento 11 - Subfuente de Financiamiento 0001 - Inciso 2 Partida Principal 1 - Partida Parcial 1 - Partida Subparcial 0000 Departamento 84 - Ubicación Geográfica 07.
Art. 3 - Facúltase a la Subsecretaría de Administración de la Jurisdicción a emitir órdenes de pago pertinentes y autorízase a la Tesorería General de la Provincia a hacer efectivos los pagos correspondientes, previa presentación de la documentación requerida, según normativa vigente.
Art. 4 - El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social.
Art. 5 - Comuníquese, publíquese, con copia del presente pasen a la Unidad Central de Contrataciones para trámite respecto y cumplido archívense.
GUSTAVO E. BORDET
Marisa G. Paira
DECRETO Nº 36 MDS

Paraná, miércoles 28 de abril de 2021

DELEGANDO FACULTAD
Paraná, 28 de enero de 2021

VISTO:
El Decreto N 395/20 MDS; y CONSIDERANDO:
Que, para el ejercicio 2020, mediante la citada norma, se autorizó a la titular del Ministerio de Desarrollo Social a que mediante el dictado de Resoluciones, apruebe y autorice el pago de los programas y/o planes sociales que se instituyeran durante dicho ejercicio y que serán atendidos con fondos Ley N 4035;
Que asimismo se facultó a la titular del organismo a disponer los pagos mensuales y comisiones correspondientes a la aprobación de los padrones y/o distribuciones de partidas de los Programas Comedores Sociales a favor de la firma SIDECREER SA, según se detallaba en la norma;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción inicia las presentes solicitando el dictado de la norma que delegue en la Señora Ministra de Desarrollo Social, durante el corriente ejercicio 2021, la facultad de aprobación y autorización de pago de los programas y/o planes sociales que se instituyan en su órbita y que sean atendidos con fondos provenientes de la Ley N 4035, mediante el dictado de resoluciones ministeriales;
Que si bien de la Ley N 10.557, que ratifica el Consenso Fiscal celebrado por el Sr. Gobernador en fecha 16.11.2017, se deducía que en el presente ejercicio 2021 el Ministerio de Desarrollo Social no contaría en su presupuesto con los créditos provenientes de la Subfuente de Financiamiento 0374-, que indicaba la eliminación progresiva del impuesto Ley N4035, el cual tendría una extinción definitiva al finalizar el ejercicio 2.019, lo que no ocurrió, y similares mecanismos se estipularon mediante el Consenso Fiscal celebrado el 17.12.2.019, ratificado por la Ley Provincial N 10.781
que indicaba la eliminación del impuesto Ley 4035 a partir del 01.12.2020, lo que presagiaba que durante el ejercicio 2021 el Ministerio de Desarrollo Social no contaría en su Presupuesto con los fondos provenientes del impuesto Ley N 4035;
Que no obstante lo expuesto en fecha 04.12.2020 se sanciona la Ley N 10.857, mediante la cual se complementa y modifica el Consenso Fiscal, estableciendo una serie de gravámenes a aplicar para la integración del Fondo de Asistencia Social previsto en la Ley N 4035 con vigencia a partir del 01.12.2020;
Que en consecuencia se deduce que durante el Ejercicio Presupuestario 2021 se continuará recaudando fondos derivados de la implementación de la Ley N 4035, no contándose a la fecha con la estimación fehaciente de la recaudación que tendrá tal recurso, debido a que su aparición emerge sobre la marcha de la aprobación del presupuesto actual, ello según lo informado por la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional al momento de tomar intervención;
Que de acuerdo al Nuevo Consenso Fiscal celebrado y al Presupuesto vigente aprobado por Ley N 10.848, la Oficina Provincial de Presupuesto ha habilitado a la Jurisdicción 40- créditos presupuestarios netos de saldos remanentes de ejercicios anterio re s, referidos a la Ley 4035, por un importe total de $
1.120.000.000, contando dicho Recurso con una recaudación actual - período enero/2021- de $ 1.864.285,50;
Que la Subsecretaría de Administración toma intervención y acompaña tirillas del sistema correspondientes a: consulta de recursos emitido desde el Sistema Integrado de Administración Financiera -SIAFy Cuadro Anexo de Proyección de los Programas y/o planes a afectar con estos recursos, ello conforme lo dispuesto por el Artículo 2 del Decreto N 275/18 MDS y de acuerdo a los lineamientos fijados por la superioridad en cuanto al destino y uso del remanente, una vez solventadas las prestaciones básicas otorgadas por la Ley N 4035;
Que por todo lo expuesto corresponde el dictado del presente Decreto disponiendo la Delegación de dichas facultades para el presente ejercicio presupuestario 2021;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1 - Delégase para el ejercicio presupuestario 2021, en la titular del Ministerio de Desarrollo Social, la facultad de aprobación y autorización de pago de los programas y/o planes sociales que se instituyan en su órbita y que sean atendidos con fondos provenientes de la Ley N 4035, mediante el dictado de resolucio-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/4/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha28/04/2021

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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