Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 31/8/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 31 de agosto de 2020

BOLETIN OFICIAL

la modificación presupuestaria Interesada resulta técnicamente viable y encuadra en las disposiciones del artículo 14º de la Ley Nº 10.754 de Presupuesto 2020;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Amplíase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2020 de la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Unidad Ejecutora: Consejo de la Magistratura; por un monto total de pesos tres millones doscientos once mil quinientos sesenta $ 3.211.560, conforme se discrimina en las planillas analíticas del gasto y del recurso que, adjuntas, forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia y por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, con copia remítanse las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia y dese conocimiento a la Honorable Legislatura de la Provincia y, oportunamente, archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero Hugo A. Ballay
DECRETO Nº 708 MGJ
AMPLIANDO PRESUPUESTO
Paraná, 20 de mayo de 2020
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas en el ámbito de la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia; y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas, se solicita la incorporación presupuestaria de los saldos no utilizados al 31/12/2019, correspondiente a la Subfuente 0927 - Aporte Tesoro Nacional - Ley Nº 23.548 - para Juntas de Gobierno, por el monto total de pesos treinta mil cien $
30.100,00; y Que obra intervención de la Contaduría General de la Provincia, informando que la citada Dirección Contable cuenta con saldos suficientes para atender los remanentes pretendidos; y Que, conforme a ello, la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, ha confeccionado y adjunta las planillas analíticas del recurso y del Gasto correspondientes; y Que obra intervención de la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, informando que la modificación presupuestaria interesada resulta técnicamente viable y encuadra en las disposiciones del artículo 14º de la Ley Nº 10.754
de Presupuesto 2020;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Amplíase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2020 de la Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Unidad Ejecutora: Dirección General de Juntas de Gobierno; por un monto total de pesos treinta mil cien $ 30.100,00;
conforme se discrimina en las planillas analíticas del gasto y del recurso que, adjuntas, forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia y por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, con copia remítanse las actuaciones a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia y dese conocimiento a la Honorable Legislatura de la Provincia, y oportunamente archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero Hugo A. Ballay
DECRETO Nº 709 MGJ
DECLARANDO OPERADA PRESCRIPCIÓN
Paraná, 20 de mayo de 2020
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que el presidente de la Junta de Gobierno de Hocker, Departamento Colón, interesa la regularización dominial de un inmueble sito en el Centro Rural de Población Colonia Hocker; y CONSIDERANDO:
Que la Junta de Gobierno interesa la regularización dominial con el fin de construir en dicho inmueble una comisaría para el Centro Rural de Población; y, Que la Ley de Prescripción Adquisitiva Administrativa Nº 21.477 y su modificatoria Nº 24.320 disponen como requisito para operar la
3

usucapión que se acrediten el origen de la posesión, y destino o afectación que haya tenido el inmueble poseído; y Que el presidente de la Junta de Gobierno de Hocker acreditó los extremos legales exigidos por la mencionada ley en cuanto a que la misma ha poseído por más de 20 años continuos e ininterrumpidos desde el año 1984, adjuntando declaraciones juradas de 10
vecinos de la localidad testificando en ese sentido; en cuanto a la afectación del inmueble, el presidente manifestó que el inmueble ha sido utilizado como depósito de maquinarias, herramientas, y que en el año 2015 se proyectó la construcción de un salón multi evento y en tal sentido se colocaron columnas de hierro, adjuntando material fotográfico como prueba; y Que en el año 2014 se realizó un plano de mensura Nº 51.932 y su correspondiente ficha para transferencia, documentación que obra a fojas 3 y 4, e identifican al inmueble bajo la partida provincial Nº 162.623, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Colón, Distrito Segundo, Centro Rural de Población Hocker, Hocker, planta urbana, manzana J ó 12, el cual consta de una superficie de 6.132,75 m2 seis mil ciento treinta y dos metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados, dentro de los siguientes límites y linderos: Noroeste: recta 4-1, alambrada al rumbo S 79º 24 E de 110,50 m, lindando con propietario desconocido; Sureste: recta 1-2, amojonado al rumbo S 10 36 O de 55,50 m, lindando con calle pública 008; Suroeste: recta 2-3, alambrada al rumbo N 79 24 O de 110,50 m, lindando con calle pública 007; Noroeste: recta 3-4, alambrada al rumbo N 10 36 E
de 55,50 m, lindando con calle pública 006; y Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno ha emitido dictamen a fojas 28 y 28 vta., manifestando que de corroborarse la ausencia de inscripción registral que obstaculice la prosecución de lo interesado, se observan acreditados los extremos legales, no encontrando objeciones jurídicas para la continuidad del trámite; y Que el Registro de Propiedad inmueble del Departamento Colon ha informado a fojas 32 que los datos aportados no son suficientes para identificar el inmueble descripto, no constando inscripción en ese registro; y Que el presente encuadra en lo prescripto por la Ley Nacional Nº 21.477 y su modificatoria Ley Nº 24.320;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Declárese operada la prescripción adquisitiva administrativa conforme las disposiciones de la Ley Nº 21.477 y su modificatoria Ley Nº 24.320 y, en consecuencia, escritúrese a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos para uso exclusivo de la Junta de Gobierno de Colonia Hocker, Departamento Colón, un inmueble identificado según Plano de Mensura Nº 51.932, Partida Provincial Nº 162.623, ubicado en la Provincia de Entre Ríos, Departamento Colón, Distrito Segundo, Centro Rural de Población Hocker, Hocker, planta urbana, manzana J ó 12, domicilio parcelario calle pública 007 s/n esquina calle pública 008, el cual consta de una superficie de 6.132.75 m2 seis mil ciento treinta y dos metros cuadrados con setenta y cinco decímetros cuadrados, dentro de los siguientes límites y linderos; Noroeste: recta 4-1, alambrada al rumbo S 79º 24 E de 110,50 m, lindando con propietario desconocido; Sureste: recta 1-2, amojonado al rumbo S 10º 36 O de 55,50 m, lindando con calle pública 008; Suroeste: recta 2-3, alambrada al rumbo N 79º 24 O de 110,50 m, lindando con calle pública 007; Noroeste: recta 3-4, alambrada al rumbo N 10º 36 E
de 55,50 m, lindando con calle pública 006.
Art. 2º Autorízase a la Escribanía mayor de Gobierno a realizar los trámites necesarios conducentes a la efectiva transferencia del inmueble referido en el artículo Nº 1 del presente, conforme lo dispuesto por Ley 21.477 y su modificatoria.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.
Art. 4º Regístrese, comuníquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 716 MGJ
MODIFICANDO PLANTA DE CARGOS
Paraná, 20 de mayo de 2020
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales se interesa una modificación en la planta permanente de cargos del Consejo General de Educación; y CONSIDERANDO:
Que, a fojas 1 la agente Luciana Esther Cufré, DNI Nº 30.430.340, Personal Administrativo, categoría 6, titular en la Dirección Departamental de Escuelas de La Paz, solicita cambio de tramo a Personal Profesional B, categoría 5; y

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 31/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha31/08/2020

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Agosto 2020>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031