Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 846 GOB

Paraná, 22 de junio de 2020
Revocando la afectación del vehículo marca Toyota Hilux 4x2, Dominio EEF261, al Área de Arquitectura Zonal de Concordia dependiente del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, dispuesta por Resolución N 160/16 SGyRIG, de conformidad a lo expresado.Transfiriendo en forma definitiva los vehículos marcas Renault Kangoo, Dominio FCM772, Motor F8QK630UA33989, Chasis N
8A1KC02155L635280, y Toyota Hilux 4x2, Dominio EEF261, Motor 5L5352829, Chasis N 8AJ33LNL049108754, pertenecientes a la Secretaría General de la Gobernación, al Ministerio de Desarrollo Social.Dejando establecido que los organismos intervinientes comunicarán los movimientos de alta y baja respectivos a la Contaduría General de la Provincia.Facultando a la Dirección de Automotores del Ministerio de Gobierno y Justicia, al Ministerio de Planeamiento y a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a realizar en forma conjunta la constatación del estado de los vehículos, a fin de instrumentar el acta de traspaso de los mismos.Disponiendo la baja de los vehículos marcas Renault Kangoo, Dominio FCM772 y Toyota Hilux 4x2, Dominio EEF261, de la nómina de automóviles obrantes en el Anexo III del contrato suscripto entre la Secretaría General de la Gobernación y la firma A1 Car Service SA, autorizada por Decreto N 115/2020 Gob.
DECRETO Nº 848 GOB
Paraná, 22 de junio de 2020
Facultando al Sr. Representante del Gobierno de Entre Ríos en Capital Federal, Sr. José Carlos Ostrosky, a suscribir el contrato de locación de inmueble con la Sra. Mercedes Beatriz Bassedas, usufructuria del inmueble sito en Avda. Córdoba N 966, piso 6, Dpto.
A, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino al funcionamiento del Área de Acción Social Hogar Evita, por un plazo de 12
meses contados a partir del 01.06.2020, por el canon locativo mensual de $ 22.000, de acuerdo a la oferta presentada y a lo determinado por Resolución N 5619/20 CTP del Consejo de Tasaciones de la Provincia, más los costos que resulten de las expensas ordinarias, impuestos de alumbrado, barrido y limpieza y tasa por la provisión del servicio de agua corriente.Facultando a Escribanía Mayor de Gobierno a instrumentar lo dispuesto precedentemente, conforme al modelo de contrato de locación de inmueble que agregado forma parte de este acto administrativo.Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a abonar a la Sra. Mercedes Beatriz Bassedas, en concepto de continuación de la locación concluida, del inmueble sito en Avda. Córdoba N 966, piso 6, Dpto. A, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por los meses de abril y mayo de 2020, un total de $ 27.800, con más los costos que eventualmente resulten de las condiciones estipuladas en el contrato locativo autorizado a suscribir por Resolución N105/18 SGG, correspondiendo el pago de intereses moratorios calculados con el índice de Tasa Activa Banco Nación en cumplimiento al Decreto N 7546/04 MEHF, desde el vencimiento de cada obligación hasta el efectivo pago, como así también el canon locativo dispuesto y accesorios pactados en el nuevo contrato a suscribir, contra presentación de facturas o recibos conformados y en cumplimiento de los requisitos fiscales establecidos.
DECRETO Nº 849 GOB
Paraná, 22 de junio de 2020
Otorgando a la Asociación Trabajadores del Estado, con domicilio en calle Colón N 59, de esta ciudad, en la persona de su Secretario General, Sr. Oscar Alberto Muntes, MI N 16.506.455, domiciliado en calle Calderón N 772, de la ciudad de Concepción del Uruguay, un subsidio por la suma total de $ 3.300.000, con destino a solventar los gastos que demandó el funcionamiento del Jardín Maternal Acunate, durante el período comprendido entre los meses de octubre a diciembre de 2019, incluido el 2 sueldo anual complementario del personal que presta servicios en el citado Jardín Maternal, con cargo de rendir cuentas ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación, a emitir la orden de pago correspondiente a fin de que la Tesorería General de la Provincia, haga efectivo el pago al Secretario General de la entidad, Sr. Oscar Alberto Muntes, conforme lo dispuesto.-

Paraná, martes 21 de julio de 2020

DECRETO Nº 910 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 22 de junio de 2020

VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante las cuales la Abogada Carolina Fischbach, apoderada legal del Sr. Carlos Luis Álvarez, interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse un trámite gestionado mediante las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1579312 y agr.;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimientos de expedientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, dichos actuados se encuentran en el Área de Despacho de la referida repartición, desde el 27.02.2020, encontrándose vencido el plazo de tres 3 días previstos para su tramitación, conforme lo dispuesto por el Art. 35 de la Ley N 7060;
Que el recurso de queja, tiene por objeto que la propia Administración, remueva o destrabe la morosidad o retardo injustificado en la tramitación de un expediente, en tanto ello afecta determinados principios y garantías que gobiernan el procedimiento administrativo;
Que en virtud de lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso interpuesto e intimar al organismo moroso a imprimir el trámite perteneciento a las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1579312;
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstas en el Art. 174 de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 72 al 74 de la Ley N 7060;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Hágase lugar al recurso de queja interpuesto por la Abogada Carolina Fischbach, apoderada legal del Sr. Carlos Luís Álvarez, MI N 10.558.368, con domicilio legal en Avenida Alameda de la Federación N 621, de esta ciudad, por mora en la tramitación de las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1579312 y agr., y en consecuencia, intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones a efectos de imprimir al expediente citado, el trámite pertinente dentro de los diez 10 días hábiles de notificado el presente.Art. 2º.- El presente decreto, será refrendado por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.Art. 3º.- Con copia del presente pasen las actuaciones a la Dirección General de Despacho de la Gobernación, para la notificación al recurrente. Cumplido, pase a la Caja de Jubiaciones y Pensiones de la Provincia. Publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDET
Rosario M. Romero
DECRETO Nº 911 GOB
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 22 de junio de 2020
VISTO:
Las presentes actuaciones relacionadas con el recurso de apelaciópn jerárqica interpuesto por el Abogado Emiliano Rodríguez, apoderado legal del Sr. César Alberto Muro Bernaola, contra la Resolución N 10/20 de Fiscalía de Estado; y CONSIDERANDO:
Que por el citado acta administrativo se rechazó un recurso de apelación jerárquica dirigido contra la Resolución N 131/19
DSFE, por la cual se rechazó un recurso de apelación jerarquica articulado contra la resolución de la instrucción, de fecha 08.11.2019, que dispuso la apertura a prueba en el sumario administrativo seguido contra el Agente Muro Bernaola, que se tramita en las actuaciones RU: N 2153900;
Que la Resolución N 10/20 FE, fue dictada en el marco del Decreto N 4605/18 MS, que dispuso la instrucción de un sumario administrativo al Agente Profesional Asistente Anestesiólogo César Alberto Muro Bernaola, por encontrarse su conducta presuntamente incursa en el Art. 46, Inc. d de la Ley N9892, Carrera Profesional Asistencial Sanitaria, que prescribe: Son causales de cesantía: d Negligencia manifiesta, omisión reiterada o faltas graves en el desempeño de sus funciones por incumplimiento e inobservancia de los deberes establecidos en el Art. 30, incisos 1, 5, 8 de la citada normativa;
Que en fecha 30.07.2019, los defensores técnicos del recurrente interpusieron recurso de nulidad contra el decreto mencionado, el cual por haber sido dirigido en la persona del Sr. Instructor Sumariante, fue desestimado por inadmisible ante la incompetencia de

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 21/7/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha21/07/2020

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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