Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/8/2019

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Nº 26.705- 143/19

PARANA, lunes 5 de agosto de 2019

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 2239 GOB
APROBANDO REGLAMENTACION COMPLEMENTARIA DE LEY
DE PLAGUICIDAS
Paraná, 1 de agosto de 2019
VISTO:
El Expediente R.U. Nº 2.294.731, la ley Ley Nº 6599 de Plaguicidas ratificada por Ley Nº 7.495 y el Decreto Reglamentario Nº 279/03
SEPG; y CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 41º de la Constitución Nacional y Artículo 22º de la Constitución Provincial establecen que corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales; y Que, los mismos instituyen los principios básicos para la protección de la salud humana de todos los habitantes que gozan del derecho a un ambiente sano y equilibrado, de la protección de los recursos naturales, de las actividades productivas, para mejorar la calidad de vida y satisfacción de las necesidades presentes, sin comprometer las generaciones futuras, contribuyendo al desarrollo sostenible y a la disminución del impacto ambiental; y Que, asimismo son de importancia las normas contenidas en Tratados Internacionales de Jerarquía Supralegal, receptados por el Artículo 75º inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley General de Ambiente N 25.675, y demás normativa aplicable, en estrict o cumplimiento del deber de preservar el ambiente conforme lo establece el mismo artículo 41º Constitución Nacional y el Artículo 22º de la Constitución Provincial; y Que, el Decreto Nº 279/03 SEPG reglamentario de la Ley 6599 de Plaguicidas comprende a aquellas personas humanas o jurídicas, privadas o públicas, que intervienen en la distribución y/o entrega de plaguicidas destinados a la producción agropecuaria en todo el territorio provincial expendio, transporte, almacenamiento, empresas aplicadoras, receta agronómica, asesoramiento técnico, de los productores y/o usuarios de plaguicidas organismo de aplicación, infracciones y disposiciones generales;
Que, respecto a plaguicidas corresponde a la jurisdicción provincial ejercer el poder de policía en los aspectos que hacen a la aplicación
E D ICION: 26 Págs. - $ 20,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
de este tipo de productos con el objetivo de garantizar su uso regular, impidiendo el contacto directo entre el plaguicida y la persona; y Que, en ese sentido se encuentran vigentes las Resoluciones Nº 1622 /96 SPG, Nº 127/97 DGDA, RN Nº 001/99 DGDA, RNl Nº 07/03
SAA, RNl Nº 08/06 DGPB, Resolución Nº 19/06 SAA y RN Nº 1422/12 MP, Decretos Nº 136/13 MP, Resolución 1477/13 DGA, Resolución Nº 1148/16 DGA y Resolución Nº 0609/17 MP; y Que, la legislación vigente reconoce al SENASA las funciones de controlar el cumplimiento de las normas técnicas administrativas referidas a la elaboración y/o formulación de productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas utilizados en la producción agrícola y control de plagas vegetales; y Que, la Disposición Nº 119/07 SENASA modifica el Sistema Federal de Fiscalización de Agroquímicos y Biológicos SIFFABcreado por la Resolución Nº 500/2003 sustituyendo el Anexo del Registro del mismo organismo, cuyo objetivo general es controlar, fiscalizar y auditar los productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas en el ámbito nacional y armonizar los procedimientos y coordinación de las acciones nacionales y provinciales; y Que, en las actuaciones se constata documentación proporcionada por la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la U.N.E.R.
cuyo informe data del mes de junio 2019; así como el Boletín Integrado de Vigilancia Nº 457-26/2019 MSy DS, Informe de la Comisión Nacional sobre Agroquímicos creada por Decreto Nº 21/2009 PEN, titulado: CONICET: Glifosato en su incidencia sobre salud humana y el ambiente /2009 y Biomonitoreo del Glifosato del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas -CONICET-; y Que, surge del informe de la Secretaría de Producción que en el Boletín Integrado de Vigilancia publicado en el 2011 se consignan los casos relevados en los años 2009 y 2010 diferenciando los casos de intoxicación por plaguicidas agrícola y los de uso doméstico, mencionándose los datos correspondiente a los años 2018 y parte de 2019; y Que, del análisis de la documentación y normas señaladas por parte de los sectores involucrados y el ejercicio del poder de policía en la materia propicia evitar el uso de plaguicidas en cercanías a establecimientos escolares rurales, determinando ciertas distancias de exclusión o prohibición de aplicaciones respecto a los edificios de las escuelas rurales, para lo cual se exigirá la implementación de: zonas de restricción, la instalación progresiva de

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/8/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha05/08/2019

Nro. de páginas26

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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