Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/5/2015

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Nº 25.699 - 092/15

PARANA, viernes 22 de mayo de 2015

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría de Coordinación de Gabinete
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE EDUCACION, DEPORTES Y PREVENCION DE
ADICCIONES
DECRETO Nº 4572 MEDyPA
DECLARANDO ABSTRACTO RECURSO
Paraná, 27 de noviembre de 2014
VSTO:
El recurso de queja interpuesto por el Dr.
Pablo Enrique Zapata Libert, respecto a la demora en resolver lo tramitado por expediente grabado N 912330; y CONSIDERANDO:
Que toma intervención el Departamento Asuntos Legales analizando en primer lugar el aspecto formal, manifestando que el señor Zapata Libert interpone formal recurso de queja de conformidad a lo prescripto en el artículo 72 y subsiguientes del Decreto-Ley N 7060
ratificado por la Ley N 7504, a efectos que se proceda a dar inmediata resolución al presente. En tal sentido, el mismo es formalmente procedente en los términos establecidos en el artículo 35 de la citada normativa que configura los Procedimientos para Trámites Administrativos; y Que la finalidad de este instituto recursivo consiste en permitir al administrado ejercer el control de la actividad de la Administración y la defensa de sus intereses, evitándose así que el trámite sea perturbado por conductas morosas por parte de los funcionarios de la administración y en consecuencia ante su interposición, someter dicha situación al contralor jerárquico del funcionario remiso para corregir este estado irregular de retardo; y Que la causa del recurso en examen debe
EDICION: 30 Págs. - $ 3,00

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Cr. D. Hugo Alberto Ballay
encontrase motivada exclusivamente por la actitud morosa o retardo del órgano que tiene a su cargo la resolución de un expediente o reclamo, teniendo como propósito constatar si existen o no motivos para acceder a lo peticionado por el reclamante, adoptando en su caso, las medidas tendientes al cese del estado de retardo generado por el funcionario y que afecta los intereses del administrado y de la administración tomando las medidas necesarias para que cese del estado de morosidad; y Que en efecto, al decir de Diez Manuel María: La causa del recurso debe estar siempre motivada exclusivamente por la actitud morosa o de retardo del órgano que tiene a su cargo la resolución de un expediente o reclamo por un tiempo superior del que legalmente le fuera impuesto o le estuviera reglamentariamente permitido y Que en el expediente principal grabado N
912330, se ha obtenido la Resolución N 1697
C.G.E. de fecha 22 de mayo de 2009, notificada al interesado en fecha 2 de diciembre de 2011, conforme acta de notificación obrante en las presentes, por lo que a estas alturas solo resta concluir que lo planteado en autos ha devenido en abstracto;
Que en consecuencia y atento a lo manifestado ut supra, el Departamento Asuntos Legales del Consejo General de Educación entiende respecto al recurso de queja deducido por el señor Zapata Libert, que corresponde declarar su fondo como abstracto, atento a la prosecución que ha tenido el trámite hasta el dictado de la Resolución definitiva N 1697/09 C.G.E., la que obra de fojas 26 a 31 vta. de los actuados principales que se encuentran agregados;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Declárase abstracto el recurso de
queja interpuesto por el Dr. Pablo Enrique Zapata Libert DNI N 25.684.182, respecto a la demora en resolver lo tramitado por Expediente Grabado N 912330, atento a lo expuesto precedentemente.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, archívese y con copia remítanse las presentes actuaciones al Consejo General de Educación a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
José E. Lauritto
DECRETO Nº 4573 MEDyPA
MODIFICANDO PLANTA
Paraná, 27 de noviembre de 2014
VISTO:
La Resolución N 1716 del Consejo General de Educación de fecha 14 de mayo de 2014; y CONSIDERANDO:
Que por la misma se designa en planta permanente a la agente Griselda Verónica Urich, quien se desempeña como Personal Administrativo -categoría 6- en el Parque Escolar Rural Enrique Berduc del Departamento Paraná, en el cargo vacante por jubilación ordinaria común del señor Carlos Cavallo, conforme lo dispuesto en el artículo 2de la Resolución N 1001/13
C.G.E.; y Que el a rt í culo 3 de la R e solución N
1716/14 C.G.E. dispone que la Dirección de Gestión Presupuestaria y Contable del Consejo General de Educación, a través de los Departamentos de competencia, realice las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias de la designación efectuada; y Que consecuentemente, la citada Dirección

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/5/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha22/05/2015

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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