Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/11/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 28 de noviembre de 2014
dose la función de los Jefes de División II; y Patrimonio para todos los casos; y Que por Resolución Nº 375/05 se determina el plantel básico de la repartición razón por la cual fueron reencasillados a partir del 01.08.05
los agentes que cumplían la función de Jefe de Sección Depósitos y Almacenes Nivel XIII
como Jefes de División II, Patrimonio Nivel XV entre lo que se incluye al peticionante;
Que de la reseña sucinta de la situación de revista del recurrente, surge claramente que la situación del señor Vechetti, estuvo en todo momento ajustada a la normativa vigente por lo que no corresponde pago de diferencias de haberes como pretende; y Que basta con analizar las distintas resoluciones ut supra citadas para advertir que yerra el recurrente cuando sostiene que, desde su ingreso a la repartición año 1986, estuvo en funciones de jefe del mismo Depósito y Almacén y que éste jamás fue modificado, y por ello se trató de un Jefe de División y no de Sección; y Que en este sentido repárese que la Resolución Nº 138/05 jerarquizó la función de los Jefes de Sección Depósitos pasando a ser Jefe de División II, Patrimonio y, por imperio de la Resolución Nº 375/05 fueron reencasillados los agentes que cumplían funciones de jefes de Sección Depósitos y Almacenes Nivel XIII
como jefes de División II Patrimonio Nivel XV
entre los que se incluyó al ahora recurrente; y Que los efectos de dichos dispositivos se producen hacia el futuro y no retroactivamente, por lo que mal puede el recurrente se le reconozcan diferencias salariales entre la Categoría Vial 13 y 15 desde su ingreso a la repartición, porque ello amén de ser susceptible de ser considerado un enriquecimiento sin causa en perjuicio del Estado Provincial, no tiene ningún respaldo legal ni reglamentario; y Que además de haber consentido sus remuneraciones por casi veinte años, del expediente no surge que los resolutorios mencionados hayan sido cuestionados por el recurrente mientras revistó y como lógica conclusión de ello se sigue que los mismos, así como el decreto que dispuso su retiro, arriban a ésta instancia como actos firmes y consentidos, que modificaron su situación de revista, y que gozan de estabilidad; y Que el ejercicio o desempeño de determinadas funciones no genera a favor del agente ningún derecho al cargo, el que puede ser suprimido cuando una mejor organización del servicio lo requiera y que las mayores funciones no se presumen, deben ser formalmente asignadas por la autoridad competente y/o debidamente acreditado y ratificado su cumplimiento; y Que la Fiscalía de Estado, en subsidio deja planteado como defensa contra el reclamo del quejoso la prescripción bienal de los créditos laborales que se invocan desde vieja data como de aplicación analógica, más aún considerando la especialidad del vínculo laboral del Escalafón Vial; y Que a fs. 56/57 se ha expedido la Fiscalía de Estado aconsejando desestimar el recurso de apelación jerárquica incoado por el apoderado legal del señor Carlos Gregorio Vechetti, contra la Resolución Nº 1849/09 DPV;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º.- Recházase el recurso de apelación jerárquica interpuesto contra la Resolución Nº 1849/09 DA, por el apoderado legal del señor Carlos Gregorio Vechetti, MI Nº 5.941.604, con domicilio en calle 25 de Mayo 306 de la ciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos, de conformidad a los argumentos vertidos en los considerando del presente.Art. 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.Art. 3º.- Comuníquese, publíquese, archíve-

BOLETIN OFICIAL
se y pasen las presentes actuaciones a la Dirección Provincial de Vialidad a los fines pertinentes.SERGIO D. URRIBARRI
Juan J. García
DECRETO Nº 2823 MPIyS
Paraná, 27 de agosto de 2014
Facultando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, a emitir el pago a la empresa MMO Godoy, Fabián Andrés de Fabián Andrés Godoy, por un monto total de $ 4.302,78, en concepto de intereses por pago fuera de término del certificado de obra Nº 5 RP, correspondiente a la obra Ampliación Escuela Nº 111 Tabaré, Pueblo Belgrano, Departamento Gualeguaychú, conforme la liquidación elaborada por el Departamento Costos de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, y aprobada mediante Resolución Nº 380 SSAyC, de fecha 05
de agosto de 2013, norma legal que forma parte con su Anexo I del presente decreto, debiendo la firma antes mencionada, presentar la factura debidamente conformada, previa emisión de la correspondiente orden de entrega para la atención del gasto, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.Encuadrando la presente gestión en las disposiciones del artículo 57º del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6351 y Decreto Nº 7846/04
MEHF, por el cual se establece el índice aplicable para el reconocimiento de intereses moratorios.
DECRETO Nº 2824 MPIyS
Paraná, 27 de agosto de 2014
Aprobando el convenio específico ACUSSDUV Nº 1633/13, del Programa Federal de Vivienda y Mejoramiento del hábitat de Pueblos Originarios y rurales y sus anexos complementarios de I a VI, suscripto entre la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Misterio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representada por el señor Subsecretario Arq.
Germán Nivello, por la Unidad Ejecutora de Programas Especiales la que, a la fecha, depende funcional y administrativamente del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, representada por el señor coordinador José Daniel Irigoyen y por la Municipalidad de Gualeguaychú, representada por el señor Presidente Municipal Juan José Bahillo, que establece que la Subsecretaría financiará el costo de los materiales, la mano de obra y gastos para la ejecución de 3 centros de producción y 2 salones comunitarios para pobladores de Pueblos Originarios y rurales, en la ciudad de Gualeguaychú, el cual en original forma parte del presente decreto.
DECRETO Nº 2825 MPIyS
Paraná, 27 de agosto de 2014
Autorizando a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, a efectuar el llamado a licitación pública, para adjudicar la ejecución de la obra Ampliación y refacción Escuela Nº 106 J.B. Alberdi, Las Tunas, Departamento Paraná, con un presupuesto oficial de $
3.752.317,44, en concepto de materiales y mano de obra, con precios vigentes al mes de abril de 2014 y un plazo de ejecución de los trabajos de 240 días corridos, de conformidad a la documentación técnica aprobada por Resolución Nº 329 SSAyC, de fecha 26 de junio de 2014.Encuadrando la presente gestión dentro de las prescripciones establecidas en el artículo 9º, inciso a y artículo 10º, inciso a punto 1 por Unidad de Medida y artículo 12º primer párrafo, 1 parte del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6351 y su Decreto reglamentario Nº 958/79
SOyP, en concordancia con los pliegos apro-

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bados por Decreto Nº 27/06 GOB, como así también el artículo 17º, inciso a de la Ley 5140
de Administración Financiera de los Bienes y Contrataciones, tuo por Decreto Nº 404/95
MEOySP, atento a su incidencia en dos ejercicios presupuestarios.Autorizando a la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, a invertir hasta la suma de $ 250.000 en el presente ejercicio presupuestario con destino a la obra motivo de estos actuados.Disponiendo que la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, en coordinación con la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, adoptarán las medidas pertinentes para la previsión e incorporación del crédito necesario destinado a la obra motivo de estos actuados, en futuros ejercicios presupuestarios.
DECRETO Nº 2826 MPIyS
Paraná, 27 de agosto de 2014
Aprobando una partida ampliatoria de $
583.084,22, con destino a la obra Finalización construcción Escuela de Comercio, Victoria, Departamento Victoria, a los efectos de cubrir el monto aprobado por Resolución Nº 1407/13
SMOySP y la atención de los Certificados de Obra Nº 31 y Nº 32, emitida según el cálculo del factor de redeterminación provisoria, aprobado por Resolución Nº 314/11 MPIyS y su Anexo I.Encuadrando la presente gestión en lo establecido en el artículo 10º, inciso a, apartado 4º, y artículo 12º, inciso h del Decreto Ley de Obras Públicas Nº 6351, ratificado por Ley Nº 7495 y concordantes de su Decreto reglamentario Nº 958/79 SOySP y Decreto Nº 4693/91
MGJEOSP.Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, se implemente la formalización y/o actualización del convenio con la comisión pro-edificio de la Escuela Secundaria Nº 4 Ex Escuela de comercio del Departamento Victoria, el cual deberá obrar en poder de la Subsecretaría antes mencionada, previo a efectuar la entrega del cheque pertinente, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por Decreto Nº 6440/94 SOySP, en lo referente a las rendiciones de cuentas correspondientes.Facultando a la Tesorería General de la Provincia para que, previa emisión del libramiento correspondiente, provea a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, los fondos dispuestos por el presente, debiendo ese organismo efectivizar la entrega a través de la Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones, mediante cheque que será librado a nombre de la comisión por-edificio de la Escuela Secundaria Nº 4 Ex Escuela de Comercio del Departamento Victoria, efectuando luego las rendiciones por medio del recibo debidamente conformado, cumpliendo de esta manera su obligación en el aspecto renditivo.La Subsecretaría de Arquitectura y Construcciones procederá, dentro de los 30 días corridos de recibido el cheque, a la remisión del recibo debidamente conformado y con la certificación de las firmas por el funcionario que efectúa la entrega, a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable del Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, debiéndose aplicar las disposiciones establecidas por el Decreto Nº 6440/94 SOySP.
DECRETO Nº 2827 MPIyS
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 27 de agosto de 2014
VISTO:
La gestión interpuesta por la Dirección Provincial de Vialidad; y CONSIDERANDO:
Que la misma solicita una modificación pre-

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 28/11/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha28/11/2014

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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