Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/11/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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vilizarlas, dentro de los términos del Art. 70 de la Ley 19.550.
Salvo lo dispuesto por el Art. 71 del mismo cuerpo legal, para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata, de importes y tiempos de sus respectivas integraciones de capital, acreditándose en sus cuentas particulares. Si el ejercicio arrojara pérdidas, estas se cargarán a las reservas especiales y en defecto a la reserva legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro.
No contando esta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto lo dispuesto por el art. 71 de la Ley 19.550.
Las pérdidas de capital que insuman el capital social, no importarán la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro.
OCTAVO: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad será sometida a la decisión de los tribunales ordinarios de la ciudad de Concordia, Dpto.
Concordia ER, a cuya competencia se someten los socios expresamente, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
NOVENO: En caso de disolución, ya sea por voluntad unánime de los socios, por falencia o por fenecimiento del plazo de duración de la sociedad, sin que se resolviera ampliar su vigencia; la liquidación estará a cargo del gerente en ejercicio en ese momento, quien actuará con arreglo a lo dispuesto en la cláusula sexta de este contrato y una vez realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino: a se reembolsarán las cuotas de capital, según el valor actualizado a moneda constante; b el remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.
DECIMO: Los socios autorizan al Dr. Julio César Larrocca y/o Dr. Ricardo Daniel Algart y/o el profesional que éste designe, para que gestione y solicite la inscripción del contrato social ante el Registro Público de Comercio y/o Dirección General de Inspecciones Jurídicas y/o cualquier otra entidad competente.
A tal efecto lo facultan para aceptar y/o proponer modificaciones que estimaren procedente, inclusive lo relativo a la denominación de la sociedad, el capital social, ya sea la suscripción o integración al objeto social, firmando todos los instrumentos públicos o privados necesarios, como así también para desglosar y retirar constancias de los respectivos expedientes y presentar escrito.
De igual manera se lo faculta para efectuar el depósito de ley su extracción. Igualmente se lo faculta para interponer en su caso los recursos de la Ley 19.550 y sus modificatorias; el Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial y la Ley de Procedimientos Administrativos prevén, firmando los escritos, documentos y escrituras públicas que se requieran para tal fin y hasta lograr la inscripción del contrato social.
Bajo las cláusulas que anteceden, dejan constituida la sociedad M y N SERVICIOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, y previa lectura y ratificación del presente contrato social a cuyo fil y estricto cumplimiento se obligan en legal forma, firman el mismo en tres 3 ejemplares de un mismo tenor y efecto, en el lugar y fecha ut supra indicada.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 5 de noviembre de 2014 José Carlos Luján, director DIPJ.
F.C.S. 00105257 1 v./27.11.14

BOLETIN OFICIAL

GUALEGUAYCHU
SOLARES DEL OESTE GCHU. SA
Fecha de acta constitutiva: 15 de febrero de 2014.
Razón social: SOLARES DEL OESTE GCHU
SA.
Domicilio: Concordia 340, de la ciudad de Gualeguaychú, Provincia de Entre Ríos.
S o c i o s : L u c i a n o E m a n u e l T a v e l lo , D N I
30.460.474, nacido el 6 de octubre de 1983, de profesión empleado, soltero, domiciliado en Roberto Wernicke N 1647, Villa Adelina, San Isidro, Buenos Aires; Jonathan Ariel Tavello, DNI 33.209.854, nacido el 31 de agosto de 1987, de profesión empleado, soltero, domiciliado en Roberto Wernicke N 1647, Villa Adelina, San Isidro, Buenos Aires; Nahuel Eduardo Tavello, DNI 36.294.135, nacido el 11 de julio de 1991, de profesión empleado, soltero, domiciliado en Roberto Wernicke N 1647, Villa Adelina, San Isidro, Buenos Aires; Angel Atilio Di Pietro, DNI 12.928.552, nacido el 30 de abril de 1959, de profesión tornero, casado en primeras nupcias con María Cecilia Rojo, domiciliado en calle Curupaytí N 1345, Villa Adelina, Provincia de Buenos Aires y Alejandro Eduardo Watters, DNI 16.762.199, nacido el 4 de setiembre de 1963, de profesión publicista, casado en primeras nupcias con Carolina Alicia María Carle, domiciliado en calle Concordia N
340, de la ciudad de Gualeguaychú, Entre Ríos.
Objeto: la sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia y/o terceros o asociados a terceros, en cualquier parte del país o en el extranjero, las siguientes operaciones:
a Inmobiliarias: la realización de negocios inmobiliarios en general, por cuenta propia y/o terceros, en cualquier parte del país o del extranjero, servicios inmobiliarios, compraventa, permuta, construcción, locación, urbanización y explotación de inmuebles y toda clase de operaciones autorice la Ley de Propiedad Horizontal; actividades comerciales en general que directa o indirectamente se relacione con las enunciadas.
b Construcción: realizar por cuenta propia y/o de terceros servicios de construcción propio de terceros. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. Gozará de plena capacidad jurídica para efectuar actos de naturaleza civil, comercial, administrativa y judicial que se relacionen con el objeto de la sociedad.
Capital social: se fija en la suma de pesos ciento veinte mil $ 120.000 dividido en 1.000
mil acciones ordinarias de pesos ciento veinte $ 120 cada una, valor nominal, nominativas no endosables, con derecho a un voto cada una, suscripto en las siguientes proporciones:
Luciano E. Tavello, suscribe 84 acciones ordinarias de valor nominal pesos ciento veinte $
120 cada una; Jonathan A. Tavello, suscribe 83 acciones ordinarias valor nominal pesos ciento veinte $ 120 cada una; Nahuel E. Tavello, suscribe 83 acciones ordinarias valor nominal pesos ciento veinte $ 120 cada una;
Angel A. Di Pietro, suscribe 500 acciones ordinarias, valor nominal pesos ciento veinte $
120 cada una y Alejandro E. Watters, suscribe 250 acciones ordinarias valor nominal pesos ciento veinte $ 120 cada una.
Administración: quedan designados para integrar el directorio: presidente Angel Atilio Di Pietro; director suplente Alejandro Eduardo Watters.
Fecha de cierre del ejercicio: el 31 de marzo de cada año, debiendo confeccionarse inventario, balance general, estado de resultado y demás documentación conforme a las disposiciones legales vigentes.
Plazo de ejecución: es de noventa y nueve 99 años, contados a partir de su inscripción en el registro correspondiente.
Registro Público de Comercio DIPJ Paraná, 17 de noviembre de 2014 Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00105242 1 v./27.11.14

Paraná, jueves 27 de noviembre de 2014

SUMARIO
DECRETOS
Ministerio de Cultura y Comunicación Año 2014
2611, 2612, 2613, 2614, 2615, 2616, 2617, 2618, 2619, 2620, 2696
Ministerio de Desarrollo Social 2836, 2886, 2889
MInisterio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios 2623, 2624, 2625, 2663, 2664, 2665, 2666, 2667, 2668, 2669, 2670, 2700
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
BOLETIN OFICIAL
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- Mar. 79. Ratificado por Ley 7504 - Por Decreto Nº 878 S.G.G. fecha 30 - Mar. 79 se instrumenta el régimen legal de las ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
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Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 27/11/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha27/11/2014

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

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