Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/11/2014

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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ral ejercicio 2014 -Ley Nº 10.269, en lo que hace a la planta de cargos del personal permanente de la Jurisdicción 30: Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, Unidad Ejecutora; Administradora Tributaria de la Provincia de Entre Ríos, conforme se discrimina en planilla anexo III, que adjunta forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese y pasen las actuaciones a la Dirección de Administración de la Administradora Tributaria de la Provincia a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 2458 MEHF
RECTIFICANDO ARTICULO
Paraná, 5 de agosto de 2014
VISTO:
El Decreto N 1473/14 MEHF de fecha 30 de mayo de 2014; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mencionado decreto se asignó transitoriamente funciones a los agentes Silvia Bearzi y Ángel Juan Andrés Rossi de la Tesorería General de la Provincia;
Que en dicha norma se ha incurrido en un error involuntario en el artículo 4en lo referente a la asignación transitoria de funciones del agente Ángel Juan Andrés Rossi debiendo ser Responsable de Actividad;
Que a fin de regularizar dicha situación corresponde rectificar dicho artículo;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Rectifícase el articulo 4 del Decreto N 1473/14 MEHF el que queda redactado de la siguiente manera: Art. 4- Asígnase transitoriamente al agente Ángel Juan Andrés Rossi, DNI N 25.861.510, Legajo N 137.726, la función como Responsable de la Actividad de Liquidación Libramientos a Proveedores, Contratistas y Otros Terceros, a partir del 30
de mayo de 2014 y consecuentemente asignase el adicional por responsabilidad funcional a partir de la misma fecha.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 3º Registrar, comunicar, publicar, archivar y pasar las actuaciones a la Dirección General Administrativo Contable del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 2459 MEHF
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 5 de agosto de 2014
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales la Dirección Provincial de Vialidad tramita una modificación presupuestaria; y CONSIDERANDO:
Que dicho requerimiento se origina en la necesidad de integrar el financiamiento para atender la ejecución de diversas obras y sus accesorios;
Que la proyección de recaudación para el corriente ejercicio de los recursos específicos que resultan factibles de destinar a tal fin, como así también la disponibilidad de saldos no utilizados al 31.12.2013 de la Ley N 24.073, permitirían su financiamiento;
Que en función de lo anteriormente indicado, resultaría factible otorgar solución presupuestaria por hasta la suma de $ 84.000.000, compuesta por una transferencia compensatoria de créditos por la suma de $ 10.000.000 y una am pliac ión de créditos por la suma de $

BOLETIN OFICIAL
74.000.000, con fondos provenientes de las Subfuentes 9951: Fondo Federal Solidario y 0506: Ley N 24.073 - Dirección Provincial de Vialidad;
Que ha tomado intervención la Dirección General de Presupuesto, informando que la modificación gestionada resulta técnicamente viable encuadrando en las disposiciones de los artículos 13 y 15 de la Ley N 10.269 de presupuesto año 2014;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial ejercicio 2014 Ley N10.269- mediante ampliación por la suma de pesos setenta y cuatro millones $
74.000.000 y mediante transferencia compensatoria de créditos por la suma de pesos diez millones $ 10.000.000, en la Jurisdicción 96:
Tesoro Provincial; Jurisdicción 91: Obligaciones a cargo del Tesoro, Unidad Ejecutora: Secretaría de Hacienda y Jurisdicción 25: Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, Unidad Ejecutora: Dirección Provincial de Vialidad, conforme se discrimina en planillas analíticas del gasto, del recurso y proyectos de inversión, obras y actividades que adjuntas forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2º Encuádrase la modificación en las disposiciones de los artículos 13 y 15 de la Ley N 10.269.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Regístrese, comuníquese, publíquese, archívese, remítase copia a la Honorable legislatura y pasen las actuaciones a la Dirección Provincial de Vialidad, a sus efectos.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 2460 MEHF
DISPOSICION
Paraná, 5 de agosto de 2014
VISTO:
La tramitación tendiente a la concreción de un Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que por el artículo 1 de la Ley N10.090, se autoriza al Poder Ejecutivo a concretar operaciones de crédito público por hasta la suma de pesos un millón quinientos mil $ 1.500.000 o su equivalente en moneda extranjera, mediante la contratación de préstamos con el Gobierno Nacional o Entes del Sector Público Nacional, entre otros, para ser aplicados al financiamiento de obras públicas de infraestructura vial, portuaria, productiva, hospitalaria, educativa, de saneamiento, de cultura y recreación y de vivienda a ejecutarse en el ámbito provincial conforme proyectos que cuenten con la autorización respectiva;
Que por el artículo 2 de la mencionada ley, se contempla que para asegurar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del endeudamiento, se autoriza al Poder Ejecutivo a afectar y/o ceder los derechos de la Provincia sobre las sumas a percibir por el régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Nacionales Ley Nº 23.548, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2 y 3 del Acuerdo N a c i ó n P r o v i n c ias , ra tif icad o p or Le y N
25.570, o el régimen que lo sustituya o modifique;
Que asimismo por el artículo 4 se faculta al Poder Ejecutivo a suscribir los convenios, contratos y en general todos los instrumentos jurídicos que resulten necesarios para la concreción de la operación de crédito público autorizada, incluyendo las garantías de cumplimiento;
Que el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional, en reunión del Consejo de
Paraná, miércoles 19 de noviembre de 2014
Administración N 547, de fecha 19 de febrero del corriente, ha resuelto acceder a la solicitud de financiamiento para la realización de la obra denominada Programa de Rehabilitación y Mejoramiento Vial sobre la Ruta Provincial N
11 por un monto de pesos trescientos millones 300.000.000;
Que ha tomado intervención de competencia la Contaduría General de la Provincia analizando el encuadre de la operación, el modelo de Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera, la incidencia presupuestaria y los servicios de la deuda comprometidos; entendiendo que la proyección de los servicios de la deuda comprometida no afectan el límite constitucional previsto por el artículo 122 inciso 25 de la Constitución Provincial, como también que la relación servicios de la deuda respecto a los recursos corrientes, neto de transferencias de coparticipación a municipios, no excede en su valor al tope establecido por la Ley de Responsabilidad Fiscal, no verificando objeciones que formular;
Que también ha tomado intervención la Fiscalía de Estado, no encontrando reparos que formular para la concreción de la operación interesada;
Que la Dirección General de Presupuesto, a través de la Dirección de Gestión Presupuestaria, ha formulado la proyección financiera Esquema ahorro - inversión - financiamiento para el período de duración del financiamiento que se tramita;
Que a los efectos de solicitar la autorización de la operación de financiamiento por parte de la Secretaría de Hacienda de la Nación, se requiere del dictado de la norma que apruebe las condiciones de la misma;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese el uso de la autorización de endeudamiento establecida por la Ley N 10.090, por hasta la suma de pesos trescientos millones $ 300.000.000, con el objeto de financiar el Programa Rehabilitación y Mejoramiento Vial sobre la Ruta Provincial N 11
que alcanza la ejecución de las siguientes obras:
Duplicación de calzada e iluminación en Avda. de las Américas y Ruta Provincial N
11 - Tramo Avda. Francisco Ramírez - Rotonda Oro Verde - Departamento Paraná Rehabilitación calzada existente en Ruta Provincial N 11 - Tramo Rotonda Oro Verde - Arroyo Salto - Departamentos Paraná y Diamante Rehabilitación calzada existente en Rutas Provincial N 11 - Tramo Crisólogo Larralde entre Av. de las Américas y Zanni y Ricardo Balbin entre Zanni y Caputo de la ciudad de Paraná Art. 2º Garantícese el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la asistencia financiera mediante la afectación y/o cesión de los derechos de la Provincia sobre las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación F ederal de Impuestos Nacionales Ley N
23.548 de acuerdo a lo establecido por los artículos 1, 2y 3del Acuerdo Nación Provincias ratificado por Ley N 25.570 o el Régimen que lo sustituya o modifique.
Art. 3º Apruébese el modelo de Convenio de Mutuo de Asistencia Financiera entre el Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional y la Provincia de Entre Ríos que agregado forma parte integrante del presente decreto.
Art. 4º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 5º Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/11/2014

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha19/11/2014

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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