Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/4/2008
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por los Apoderados Legales de la Sra. Ofelia Teresa Helmer; y CONSIDERANDO:
Que el mismo procede ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica;
Que conforme surge de autos, a la fecha de interposición del recurso el expediente principal se encontraba en la Dirección de Despacho del Ministerio de Salud y Acción Social, desde el 28/11/07 con Dictamen de Fiscalía de Estado resolviendo la cuestión;
Que del estudio de las actuaciones se deduce que no es procedente la articulación del presente recuso debiendo rechazarse el mismo, notificando a la actora de lo resuelto, y cumplido ello deberán girarse las actuaciones a la Dirección de Despacho del Ministerio de Salud y Acción Social para la prosecución del trámite;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y Acción Social, ha dictaminado en el sentido expuesto;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Recházase el recurso de queja interpuesto por los apoderados legales de la Sra. Ofelia Teresa Helmer, domiciliada legalmente en calle Santa Fe Nº 318 de esta ciudad, de conformidad a lo manifestado en los considerandos precedentes.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Salud y Acción Social.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, notifíquese por Área Mesa de Entradas del Ministerio de Salud y Acción Social y cumplido pasen a la Dirección de Despacho del Ministerio de Salud y Acción Social para la prosecución del trámite.
- SERGIO D. URRIBARRI
- Ángel F. Giano - -----DECRETO Nº 411 MSAS
- RECHAZANDO RECURSO
- Paraná, 1 de febrero de 2008
VISTO:
El Recurso de Queja interpuesto por los Apoderados Legales de la Sra. Ángela Giunta; y CONSIDERANDO:
Que el mismo procede ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia en resolver un recurso de apelación jerárquica;
Que conforme surge de autos, a la fecha de interposición del recurso el expediente principal se encontraba en la