Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/4/2008

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PARANA, martes 22 de abril de 2008 - Nº 24.009 - 076/08
SUMARIO
DECRETOS
Año 2008
Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos 1850
Ministerio de Salud y Acción Social 410, 411, 416, 417, 418, 422, 425, 428, 431, 434, 435, 439, 447, 448, 449, 450, 451, 452, 453, 454, 455, 456, 457
MINISTERIO DE GOBIERNO, SERVICIOS PUBLICOS

JUSTICIA,
EDUCACION,
OBRAS

Y

DECRETO Nº 1850 MGJEOySP
- TENIENDO POR FIRME VETO PARCIAL
- Paraná, 11 de abril de 2008
VISTO:
El Decreto Nº 1125 GOB de fecha 5 de marzo de 2008; y CONSIDERANDO:
Que por el citado instrumento legal se veta parcialmente el proyecto de ley sancionado por ambas Cámaras de la Honorable Legislatura con fecha 13 de febrero de 2008;
Que la misma comunica con fecha 3 de abril de 2008 que en sesión de asamblea legislativa se ha resuelto aceptar el veto parcial interpuesto por el Poder Ejecutivo, por el que se modifica el artículo 5º de la Ley 9774 en la parte que expresa: Las costas de los procesos iniciados por los municipios, salvo los de sus propios letrados patrocinantes, y costos, que adhieran al Programa de Financiación de Deudas Municipales serán soportados íntegramente por el Estado Provincial;
Por ello;
- El Gobernador de la Provincia - DECRETA:
Art. 1º -- Téngase por firme el veto parcial efectuado por Decreto Nº 1125 GOB de fecha 5 de marzo de 2008, al proyecto de ley sancionado por la Honorable Cámara de Diputados, en sesión de fecha 13 de febrero de 2008, por las razones expresadas en el citado texto legal.
Art. 2º -- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos.
Art. 3º -- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
- SERGIO D. URRIBARRI
- Adán H. Bahl MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL
DECRETO Nº 410 MSAS
- RECHAZANDO RECURSO
- Paraná, 1 de febrero de 2008

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/4/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha22/04/2008

Nro. de páginas99

Nro. de ediciones4732

Primera edición01/12/2003

Ultima edición19/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Abril 2008>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930