Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/3/2008

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PARANA, martes 4 de marzo de 2008 - Nº 23.978 - 045/08
SUMARIO
DECRETOS
Año 2007
Gobernación 4706, 4707, 4708, 4709, 4750
Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos 4562, 4563, 4564, 4565, 4566, 4567, 4568, 4569, 4570, 4571, 4572, 4573, 4574, 4575
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas 4754, 4755, 4756, 4757, 4758, 4867
Ministerio de Salud y Acción Social 4483, 4484, 4493, 4494, 4495, 4496
Año 2008
131, 132, 133, 134
GOBERNACION
DECRETO Nº 4706 GOB
- RECONOCIENDO PAGO
- Paraná, 28 de agosto de 2007
VISTO:
Las presentes actuaciones en las que la Sra. Mirta Ana Cavallo, DNI Nº 12.313.601, Vanesa Guadalupe Avellaneda, DNI Nº 29.855.474 y Cynthia Daniela Avellaneda, DNI Nº 33.130.153, viuda e hijas respectivamente de quien fuera Numerario del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, Alcaide Mayor Sergio Antonio Avellaneda, gestionan el reconocimiento y pago en compensación por los días de licencias ordinarias no gozados en vida por el funcionario Penitenciario; y CONSIDERANDO:
Que las licencias pendientes de usufructo por parte del Sr.
Avellaneda y solicitadas en estas actuaciones corresponden al año 2000 en la proporción de veinticinco 25 días, las que le fueran oportunamente otorgadas por Resolución Nº 192/03 DGSPER y posteriormente suspendidas por disposición de la Resolución Nº 321/03 DGSPER y las correspondientes a los años 2001, 2002, 2003 y 2004, según lo informado a fojas 13 por el Departamento de Personal dependiente de la Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos;
Que a tal fin, las solicitantes han acreditado a fojas 06/08 la condición de sucesoras de todos los derechos y obligaciones de ley por el fallecimiento de Sergio Antonio Avellaneda, según lo resuelto en el Juzgado de 1 Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de la ciudad de Paraná en los autos caratulados "Avellaneda Sergio Antonio s/ Sucesorio"
Expediente Nº 24203, Año 2005;
Que si bien la doctrina mayoritaria es estricta en cuanto a que las licencias ordinarias son obligatorias de goce para el agente, y dado su naturaleza profiláctica, no tienen carácter retributivo por lo que no son compensables en dinero, también reconoce excepciones en casos especiales, requiriéndose para ello como principal condición que hayan

Acerca de esta edición

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 4/3/2008

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaísArgentina

Fecha04/03/2008

Nro. de páginas111

Nro. de ediciones4753

Primera edición01/12/2003

Ultima edición21/05/2024

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