Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/10/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5717

se integra por: Pliego de Cláusulas Legales Particulares, Oferta y Decreto N
/18, de adjudicación que corren agregados al Expediente N 14-AA-2018, y las Ordenes de Servicio que por escrito imparta la Inspección.
Art. 3: La obra se contrata por el sistema de Ajuste alzado, estableciéndose como única retribución a El Contratista, el monto de su oferta básica que asciende en la suma de pesos_____$____.
Será de aplicación el Decreto N 1313/2014 si correspondiere. El mes base para la Redeterminación de Precios es el anterior a la Apertura de Ofertas.
Art. 4 : Transcomahue S.A. en concepto de Anticipo Financiero y de acuerdo al Artículo N 50 de -la Ley J N 286 de Obras Públicas, anticipará un quince por ciento 15% del Monto Contractual que asciende a la suma de pesos____$_____, lo cual se afianza mediante Póliza de Seguro N ____.
Art. 5: Transcomahue S.A. acepta el precio establecido en el Artículo 3, y se compromete a abonar a través los certificados de obra hasta la misma suma. La certificación se efectuará mensualmente, en forma parcial y provisoria y conforme al cómputo aprobado y visado por la inspección y la Inspección de Obras respectivamente: en consecuencia, los pagos que se realicen tendrán carácter de pagos a cuenta de mayor cantidad, sin que ello implique la aceptación de los trabajos.
Art. 6: El Contratista acepta que el pago del anticipo financiero y los certificados de obra que se emitan será efectuado a través del Agente Fiduciario Fondo Fiduciario de Desarrollo Rionegrino Plan Gobernador Castello Banco Patagonia S.A. conforme Resolución N 115/2017 contratado por La Provincia para administrar el Fondo Fiduciario de Desarrollo Rionegrino Plan Gobernador Castello, de conformidad con lo establecido por la Ley Provincial N 5201.
Art. 7: El Contratista, dará inicio de Obra a partir de la firma del Acta de Inicio de Obra conforme el Apartado 19 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, y deberá entregar totalmente terminados los trabajos con arreglo a su fin, en un plazo no mayor de cuatrocientos veinte 420 días corridos, contados a partir del inicio de obra. Asimismo El Contratista se obliga a ejecutar la obra de conformidad con todas y cada una de las características técnicas requeridas en la documentación descripta en el Pliego de Bases y Condiciones.
Art. 8: El Contratista deberá presentar el Plan gráfico de trabajos, dentro de un plazo de quince 15 días de firmado el Contrato. El no cumplimiento de estos requisitos hará pasible al Contratista de una multa por cada día de demora equivalente al cero como cero setenta y cinco por ciento 0,075% del Monto del Contrato Actualizado a la fecha del incumplimiento.
Art. 9: Se deja expresa constancia de que la recepción definitiva de lo trabajos, motivo de este contrato, no libera a El Contratista de las responsabilidades emergentes de los Artículos 747, 1268, 1269, 1271 y 2564 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
Art. 10: La inspección, contralor y dirección de los trabajos, motivo de este contrato, será ejercida por la Inspección Obras, aceptando El Contratista su jurisdicción como así también la de los servicios y agentes dependientes de la misma.
Art. 11: El Contratista, afianza el fiel cumplimiento del presente Contrato, mediante Póliza de Seguro N por la suma de pesos____$
____, que cubre el quince por ciento 15 %, extendida por del importe de la obra y se hará cargo del sellado de Ley. La fianza rendida queda bajo custodia de la Inspección de Obras.
Art. 12: Para todos los efectos legales del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero o Jurisdicción.
Siendo suscripto por los Señores:________________s, en representación de Transcomahue S.A., y en representación de El Contratista, por el Señor/a ______ en prueba de conformidad, en la ciudad de Cipolletti, de la Provincia de Río Negro a los ____ ____días del mes____ de dos mil dieciocho, se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. El Original debidamente estampillado, queda en poder de Transcomahue S.A., el duplicado para El Contratista, el triplicado para ser agregado al Expediente citado en el Artículo 2 y el cuadruplicado para ser remitido al Ministerio de Obras y Servicios Públicos.
oOo DECRETO Nº 1052
Viedma, 21 Agosto de 2018
Visto: El expediente N 075368-SEP-2018, del Registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la ejecución de la obra: Plan Castello Ley N 5201: Construcción Primera Etapa Edificio IPROSS Viedma con Anexos, en la Provincia de Río Negro;

Viedma, 29 de Octubre de 2018

Que mediante Resolución N 423/18 del Registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos se aprobó la Documentación Técnica, el Presupuesto Oficial y se procedió al llamado a Licitación Pública fojas 318/320;
Que se ha cumplido con las publicaciones e invitaciones que exige la legislación vigente fojas 323/329;
Que obrante a fojas 330/337 se encuentran los correspondientes recibos de venta de pliego de las empresas adquirientes y fotocopias autenticadas de los depósitos efectuados respectivamente;
Que con fecha 28 de Junio 2018 se procedió a la apertura de los sobres correspondientes a la Licitación Pública N 02/2018, acto en el que presentaron sus ofertas las firmas Oriente Construcciones S.A Eca S.A.
U.T.E., Construcciones Normalizadas Viedma S.A., Urban S.A. y Sylpa S.R.L.;
Que mediante Notas N 321/18 y 322/18 obrantes a fojas 754/755, se solicita a la firma Urban S.A., que de cumplimiento al Punto 10 inc 1.4 del sobre N 1 e inc 2.3 del sobre N 2, y a la firma Oriente Construcciones S.A
Eca S.A. U.T.E., que de cumplimiento al punto 10 inc 2.3 del sobre N
2 del pliego de bases y condiciones particulares;
Que a fojas 809 mediante Nota S/N el departamento Licitaciones y Compras informa la firma que solo la firma Oriente Construcciones S.A
Eca S.A. U.T.E. ha dado cumplimiento a lo solicitado, motivo por el cual la comisión de preadjudicaciones resuelve desestimar la oferta de la firma Urban S.A.;
Que en virtud de las ofertas recibidas, el Ministro de Obras y Servicios Públicos, mediante Resolución N 542/18, obrante a fojas 806/807 creó una Comisión de Preadjudicación encargada del estudio de las mismas en los términos de los Artículos 22 y 23 de la Ley J N 286 de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario;
Que mediante Nota S/N obrante a fojas 811 la Comisión de Preadjudicación solicita a la firma Construcciones Normalizadas Viedma S.A, la presentación del Cómputo y Presupuesto detallado y análisis de Precios de cada uno de los ítems, otorgándose a la firma comercial un plazo de 48 Hs para dar cumplimiento, Que a fojas 812 a 880 obra contestación de la firma Construcciones Normalizadas Viedma S.A.;
Que analizadas las ofertas, se verifica que la firma Construcciones Normalizadas Viedma S.A. presenta la oferta más conveniente por la suma de pesos ciento diecisiete millones doscientos cuarenta mil noventa con cincuenta y un centavos $ 117.240.090,51 representando un 0.57% por encima del Presupuesto Oficial, según consta y se justifica en el Acta de Preadjudicación obrante a fojas 881 a 883 del presente expediente;
Que en virtud de lo expresado anteriormente surge que es conveniente adjudicar la ejecución de la obra: Plan Castello Ley N 5201: Construcción Edificio IPROSS Viedma con Anexos, Provincia de Río Negro, a la firma Construcciones Normalizadas Viedma S.A., con domicilio legal en la ciudad de Viedma, CUIT N 30-50618682-6, en la suma de pesos ciento diecisiete millones doscientos cuarenta mil noventa con cincuenta y un centavos $ 117.240.090,51;
Que el plazo de ejecución de la obra se estima será de 820 días corridos, proyectándose una ejecución presupuestaria para el ejercicio 2018 del veinticinco por ciento 25% del total del Presupuesto Oficial de la obra, de acuerdo a la nota N 280/18 obrante a fojas 884, ascendiendo a la suma de pesos veintinueve millones trescientos diez mil veintidos con sesenta y tres centavos $ 29.310.022,63, quedando pendiente para el ejercicio 2019 y 2020, la suma de pesos ochenta y siete millones noveciento treinta mil sesenta y siete con ochenta y ocho centavos $ 87.930.067,88
representando un setenta y cinco por ciento 75% del total;
Que, de acuerdo a lo expresado en la Ley N 5201, la presente obra se financia con recursos provenientes del Fondo Fiduciario de Desarrollo Rionegrino Plan Gobernador Castello, destinado al financiamiento de obras de inversión pública que propendan al desarrollo regional y la integración provincial;
Que la presente obra es considerada prioritaria a los fines del Estado, atento a lo dictaminado por la Comisión de Priorización de Inversiones en el Acta Constitutiva obrante a fojas 254/257 de acuerdo a lo descrito en el artículo 7 de la mencionada ley, Que la presente obra prevé un Anticipo Financiero del 15% del monto contractual que asciende a la suma de pesos diecisiete millones quinientos ochenta y seis mil trece con cincuenta y ocho centavos $ 17.586.013,58, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley J N 286
de Obras Públicas;
Que según lo estipulado en el Decreto 1313/14, y teniendo en cuenta el Apartado 21 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, la Dirección de Certificaciones, Intereses y Reformulación de Contratos del Ministerio de Obras y Servicios Públicos mediante Nota N 119/18 obrante a fojas 1047, estima el monto aproximado a redeterminar en la suma de
Firmado Digitalmente por MAURICIO FIGUEROA - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5717.pdf

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 29/10/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha29/10/2018

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones1910

Primera edición03/01/2002

Ultima edición25/04/2024

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