Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/10/2015

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 15 de Octubre de 2015

Nº 5398

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 44 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
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Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 44

DECRETOS

DECRETO Nº 1526
Viedma, 23 de septiembre de 2015.
Visto, el Expte. N 146.925-SO-2015, del registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la ejecución de la Obra: Readecuación, Ampliación y Refacción Escuela Primaria N 204 de Catriel, en la Provincia de Río Negro;
Que mediante Resolución 526/2015 del registro del Ministerio de Obras y Servicios Públicos se aprobó la Documentación Técnica y el Presupuesto Oficial, y se autorizó a efectuar el presente llamado a Licitación Pública;
Que se ha cumplido con las publicaciones e invitaciones que exige la legislación vigente;
Que a fojas 215 a 216 se encuentran el correspondiente recibo de venta de pliego de la empresa que adquirió y fotocopia autenticada del depósito efectuado;
Que con fecha 7 de julio de 2015 se procedió a la apertura de ofertas correspondientes a la Licitación Pública N 09/2015, acto en el que presentó su oferta la firma Construyendo Sociedad de Responsabilidad Limitada;
Que del acto de apertura participaron representantes del Ministerio de Obras y Servicios Públicos y de la firma oferente;
Que en virtud de la oferta recibida, el Ministerio de Obras y Servicios Públicos mediante Resolución N 192/2015 creó una Comisión de Preadjudicación encargada del estudio de las mismas en los términos de los Arts. 22 y 23 de la Ley J N 286 de Obras Públicas y su Decreto Reglamentario;
Que analizada la única oferta por la citada Comisión de Preadjudicación, se observa que la firma Construyendo Sociedad de Responsabilidad Limitada, Cuit N 30-70857781-9, con domicilio legal en la ciudad de Cipolletti, presenta la oferta por la suma de pesos veintitrés millones quinientos noventa mil seiscientos setenta y cuatro con treinta y cinco centavos $
23.590.674,35, representando un dieciocho con cincuenta por ciento 18,50% por encima del Presupuesto Oficial, según consta y se justifica en Acta de Preadjudicación obrante a fojas 456/457 del presente expediente;
Que en virtud de lo expresado anteriormente surge que es conveniente adjudicar la ejecución de la Obra Readecuación, Ampliación y Refacción Escuela Primaria N 204 de Catriel, en la Provincia de Río Negro, a la firma Construyendo Sociedad de Responsabilidad Limitada, Cuit N 30-708577819, con domicilio legal en la ciudad de Cipolletti, en la suma de pesos veintitrés millones quinientos noventa mil seiscientos setenta y cuatro con treinta y cinco centavos $ 23.590.674,35;
Que el plazo de ejecución de la obra se estima en trescientos sesenta y cinco 365 días corridos, proyectándose una ejecución presupuestaria para el ejercicio 2015 del treinta por ciento 30% del total de la obra, ascendiendo a la suma de pesos siete millones setenta y siete mil doscientos dos con treinta centavos $ 7.077.202,30, quedando pendiente de imputación un setenta por ciento 70% para el ejercicio 2016, ascendiendo a la suma de pesos dieciséis millones quinientos trece mil cuatrocientos setenta y dos con cinco centavos $ 16.513.472,05;
Que la presente Obra prevé un Anticipo Financiero del 15% del monto contractual que asciende a la suma pesos tres millones quinientos treinta y ocho mil seiscientos uno con quince centavos $ 3.538.601,15, en un todo de acuerdo con lo establecido en el Art. 50 de la Ley J N 286 de Obras Públicas;

Que el saldo restante de la obra se cancelará en base a la acreditación de los avances y certificaciones de obra que presentará la firma Construyendo Sociedad de Responsabilidad Limitada previa certificación por parte del Ministerio de Obras y Servicios Públicos;
Que según lo estipulado en el Decreto 1313/14, y teniendo en cuenta el Apartado 20 del Pliego de Bases y Condiciones Legales Particulares, la Dcción de Certificaciones, Intereses y Reformulación de Contrato mediante Nota N 203/2015, estima el monto aproximado a redeterminar en la suma de pesos cinco millones ciento ochenta y nueve mil novecientos cuarenta y ocho con treinta y seis centavos $ 5.189.948,36, para el ejercicio 2015 y la suma de pesos siete millones quinientos cuarenta y nueve mil quince con setenta y nueve centavos $ 7.549.015,79, para el ejercicio 2016;
Que se deberá ratificar el Compromiso conforme el Art. 30 de la Ley H
N 3186, habiéndose efectuado la Reserva Interna correspondiente, en los términos dispuestos por el Art. 31 de la Ley citada;
Que mediante Ley J N 3931 se crea el Fondo Fiduciario de Desarrollo de Infraestructura Rionegrina F.F.D.I.R, que tiene por objeto el diseño, construcción, mantenimiento operación y financiamiento de las obras de infraestructura económica o social que decida realizar el Poder Ejecutivo, designando como Fiduciario a Río Negro Fiduciaria S.A;
Que por el Art. 40 del Decreto N 1/15 de naturaleza Legislativa se prorroga la duración del mencionado Fondo por un período de 10 años;
Que el Fiduciario deberá constituir Fondos Específicos que estarán afectados a cada Contrato de Obra en particular en los que actúe el F.F.D.I.R
como garante o como agente de pago de las empresas contratada, debiendo incluir en cada Fondo Específico la reserva de liquidez que se constituya para el respectivo Contrato y todo otro recurso que tenga afectación específica al mismo;
Que mediante Ley Q N 4818 se aprobaron las Bases y Condiciones para la Renegociación de Concesiones Hidrocarburíferas, que en su Art. 6, prevé que los fondos que el Estado Provincial perciba en concepto de Bono Fijo, Aporte Complementario y Adicional por Renta Extraordinaria, conforme lo establecido en la presente ley, serán destinados a los Fondos Fiduciarios creados por la Ley Q N 3322 Fondo Fiduciario Hidrocarburífero de Río Negro y la Ley J N 3931 Fondo Fiduciario de Desarrollo de Infraestructura Rionegrina bajo las modalidades y en los porcentajes que determine el Poder Ejecutivo;
Que es decisión del Poder Ejecutivo Provincial que la presente obra sea financiada y ejecutada con recursos provenientes del citado Fondo Fiduciario.
Que el Ministerio de Economía, junto al Ministerio de Obras y Servicios Públicos, son autoridad de Aplicación del régimen establecido por la Ley J N
3931 conforme lo prescripto en su Art. 4, por lo que el presente Decreto, deberá ser refrendado por ambos Ministerios;
Que de acuerdo a lo prescripto por la Ley J N 3931, corresponde instruir al Fiduciario para que constituya un Fondo Fiduciario Específico destinado a la ejecución de la obra correspondiente al Contrato de Obra celebrado con la firma adjudicataria de la obra de Readecuación, Ampliación y Refacción Escuela Primaria N 204, de Catriel, en la Provincia de Río Negro, por la suma de pesos veintitrés millones quinientos noventa mil seiscientos setenta y cuatro con treinta y cinco centavos $ 23.590.674,35;
Que la presente Licitación Pública se encuadra dentro de las prescripciones que surgen de los Arts. 9, 21 y 26 de la Ley J N 286 de Obras Públicas y del Art. 21 de su Decreto Reglamentario J N 686/62;
Que se ha cumplido con la reglamentación vigente en la materia;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Subsecretaría de Asuntos Legales del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N
4945-15;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/10/2015

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaísArgentina

Fecha15/10/2015

Nro. de páginas44

Nro. de ediciones1913

Primera edición03/01/2002

Ultima edición13/05/2024

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