Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/09/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLVI - Nº 168
CORDOBA, R.A. JUEVES 05 DE SETIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

DECRETO N 0389/19.

DECRETO N 0390/19
Cosquín, 22 de julio de 2019

Cosquín, 22 de julio de 2019

VISTO: El Expediente No 2019-2254-1 Mesa de Entradas, registro de este Municipio, iniciado por el señor REYES ISAAC ENRIQUE, DNI No 26024072, mediante el cual solicita asistencia económica.

VISTO: El Expediente No 2019-2321-1, Mesa de Entradas, registro de este Municipio, iniciado por la Asociación Cooperadora del Hospital Municipal Dr.
Armando Cima Cosquín, mediante el cual solicita colaboración económica.

Y CONSIDERANDO:

Que a través del expediente mencionado se requiere de éste Municipio un aporte o ayuda económica a fin de solventar el costo de participación en una carrera de ciclismo que se realiza en la Provincia de San Juan.

Que el estado Municipal contribuye con el deporte local, incrementa su compromiso con la sociedad y mejora la calidad de vida de los ciudadanos en un marco de accesibilidad universal e igualdad de oportunidades.
Que en consecuencia y conforme lo diligenciado por Secretaría de Economía y Finanzas Públicas, en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal
Y CONSIDERANDO:

Que a través del expediente mencionado se requiere de éste Municipio un aporte o ayuda económica destinada al pago de comisiones varias a la ciudad de Córdoba desde el Hospital Municipal Dr. Armando Cima, por envíos de muestras sanguíneas, Papanicolaou, retiros de insumos y tramites en general, realizadas durante el mes en curso.
Que conforme lo diligenciado por Secretaría de Economía y Finanzas Públicas en cuanto a la disponibilidad de créditos presupuestarios y en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal el señor Intendente Municipal D E C R ETA

D E C R ETA

Artículo 1o.- OTORGASE al señor REYES ISAAC ENRIQUE, DNI No 26024072, un SUBSIDIO NO REINTEGRABLE por la suma de PESOS
DOS MIL SEISCIENTOS $2600,00, importe destinado a los gastos que le genera la participación de una carrera de ciclismo en la Provincia de San Juan.
Artículo 2o.- IMPÚTESE la erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1o a la Partida 1.5.51.502 Ayuda Sociales a Personas, del Presupuesto de vigente.
Artículo 3o.- REFRENDASE el presente Decreto por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas Municipal.

Artículo 1o.- OTORGASE a la ASOCIACIÓN COOPERADORA del HOSPITAL MUNICIPAL DR. ARMANDO CIMA COSQUÍN, un SUBSIDIO
NO REINTEGRABLE, por la suma de PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS $5400.00, fondos que serán destinados al pago de comisiones varias a la ciudad de Córdoba desde el Hospital Municipal Dr. Armando Cima, por envíos de muestras sanguíneas, Papanicolaou, retiros de insumos y tramites en general, realizadas durante el mes en curso, facultándose por el presente al señor MARIN GUSTAVO ALBERTO CUIT 20-22034588-3, a percibir directamente el monto supra mencionado.
Artículo 2o.- EL pago del subsidio referido en el Artículo 1o será imputado a la Partida 1.5.51.503 colaboración con instituciones sin fines de lucro, del Presupuesto de vigente.
Artículo 3o.- REFRENDASE el presente Decreto por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas.

Artículo 4o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretario de Economía y Finanzas Públicas,Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal
FDO: Cr. Carlos Ariel Cavalli, Secretario de Economía, y Finanzas Públicas, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal
1 día - Nº 226659 - s/c - 05/09/2019 - BOE

1 día - Nº 226662 - s/c - 05/09/2019 - BOE

MUNICIPALIDAD de
Artículo 4o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

LOS REARTES

RESOLUCION Nº 2020

eléctrica y cualquier otro similar que se efectúe utilizando cables, que se Los Reartes, 03 de Junio de 2019.

ofrecen en la actualidad y utilizan el espacio aéreo comunal y/o privado y que se incorporen en el futuro;

VISTO: La importancia y necesidad de reglamentar acerca de la instalación de cableado para la prestación de servicios de comunicación, telefonía, televisión por cable, radiodifusión, sonido, transmisión de datos, antenas de comunicación en sus diversas modalidades, iluminación, energía
Y CONSIDERANDO:
Que las instalaciones subterráneas son aquellas que cuentan con su cableado transmisor de energía y/o datos, bajo tierra.
Que los sistemas de distribución subterráneos tienen mayor vida útil
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/09/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha05/09/2019

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones1414

Primera edición31/07/2018

Ultima edición27/04/2024

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