Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/07/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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a
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

consignadas en las actas, a las que se adicionaron los votos que habían sido recurridos e impugnados, todo conforme al artículo 142 del Código Electoral Provincial, dan los resultados que abajo se expresan y que ya fueron plasmadas en el acta de escrutinio definitivo anexada a la presente.
Que el artículo 137 de la Carta Orgánica Municipal establece que el intendente de la ciudad de Colonia Caroya es elegido en forma directa a simple pluralidad de sufragios.

Que las dos listas que compitieron en la elección del 7 julio han alcanzado el 4% de los votos válidos emitidos, por lo que corresponde que, a los efectos de la distribución de bancas en el Concejo Deliberante, se realicen respecto de ambas alianzas las operaciones aritméticas mencionadas en el artículo 206 de la Carta Orgánica Municipal.
Que el artículo 153 de la Carta Orgánica Municipal establece que, en caso de ser dos las listas que compitan para integrar el Tribunal de Cuentas, corresponden dos miembros al partido que obtuviera mayor cantidad de votos en la elección y uno al restante.
Por lo expuesto y lo dispuesto en las normas legales citadas, siguientes y concordantes de la Carta Orgánica Municipal de Colonia Caroya, la Ordenanza N 1635/11 y Ley Provincial N 9571,
LA JUNTA ELECTORAL DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
RESUELVE

Artículo 1.- Tener por válidos los comicios de renovación de autoridades municipales celebrados el día 7 de julio de 2019.
Artículo 2.- Tener por válido el escrutinio definitivo respecto de dicha elección, que arrojó los siguientes resultados:
a Lista 1 Proyecto Caroya: Siete mil ochocientos cuarenta y un 7841
votos para sus candidatos a intendente, concejales y tribunos de cuentas;
b Lista 2 Cambiemos: Tres mil setecientos sesenta y cinco 3765 votos para sus candidatos a intendente, concejales y tribunos de cuentas;
c Ciento sesenta y nueve 169 votos en blanco, y d Doscientos ochenta y nueve 289 votos nulos.

AÑO CV - TOMO DCLV - Nº 135
CORDOBA, R.A. VIERNES 19 DE JULIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 3.- Adjudicar el cargo de Intendente de la ciudad de Colonia Caroya a la alianza Proyecto Caroya y proclamar, en consecuencia, al ciudadano Gustavo Horacio Brandán DNI 26482900 como Intendente Municipal por el periodo que corre del 1 de octubre 2019 al 1 de octubre de 2023.
Artículo 4.- Adjudicar, realizadas las operaciones aritméticas dispuestas por el artículo 206 de la Carta Orgánica, las bancas del Concejo Deliberante de la ciudad de Colonia Caroya para el periodo 2019-2023 de la siguiente manera: seis 6 bancas por mayoría a la alianza Proyecto Caroya y tres 3 bancas por la minoría a la alianza Cambiemos; quedan proclamados en consecuencia los ciudadanos: Héctor Alejandro Ghisiglieri DNI 13408965, Mercedes del Valle Serafini DNI 16140964, Gastón Alejandro Turus DNI 27867574, María Alejandra Javurek DNI 14797418, Mariano Miguel Oliva DNI 29963745, Melisa Estela Díaz Heredia DNI
31058090, Matías Peralta Cruz DNI 27547669, María Dolores Manubens DNI 28056020 y Hernán Javier Ardiles DNI 25723101 como concejales para el periodo mencionado.
Artículo 5.- Adjudicar dos 2 bancas de Tribuno de Cuentas Municipal por la mayoría a la alianza Proyecto Caroya y una 1 banca de Tribuno de Cuentas Municipal por la minoría a la alianza Cambiemos quedando , proclamados en consecuencia los ciudadanos Alejandra Karina Busto DNI
25456613, Diego Oscar Rodríguez DNI 28583031 y Laura Carina Serafín DNI 21639992 como miembros del Tribunal de Cuentas Municipal para el periodo 2019-2023.
Artículo 6.- Protocolícese, hágase saber, publíquese en el Boletín Oficial Municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, notifíquese al Juzgado Electoral de Córdoba, al Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba, a la Legislatura provincial, al Departamento Ejecutivo Municipal, al Tribunal de Cuentas Municipal, al Concejo Deliberante, a los apoderados de las listas participantes de las elecciones del 7 de julio pasado, dese amplia difusión y archívese.
FDO.: DR. CRISTIAN ARIEL SÁNCHEZ PRESIDENTE J.E.M. / DRA.
MARÍA JOSEFINA OCHOA VOCAL J.E.M. / SR. JOSÉ LUIS DREOSTI
VOCAL J.E.M.
5 días - Nº 218377 - s/c - 19/07/2019 - BOE

MUNICIPALIDAD de
villa cura brochero ORDENANZA N 256/19
Villa Cura Brochero, 5 de julio de 2019.EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE
VILLA CURA BROCHERO SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA Nº 256/2019
REGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACION DE TASAS MUNICIPALES
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

ARTICULO Nº 1º: OBLIGACIONES COMPRENDIDAS. ESTABLÉCESE un Régimen Especial de Regularización de Tasas Municipales, que comprende las obligaciones adeudadas a la Municipalidad de Villa Cura Brochero con vencimiento hasta el 30 de junio 2019, en concepto de los siguientes tributos municipales:
1 Tasa por Servicios a la Propiedad.2 Tasa por Actividad Comercial, Industrial y de Servicios, incluyendo Taxi.3 Tasa Automotor.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/07/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha19/07/2019

Nro. de páginas6

Nro. de ediciones1443

Primera edición31/07/2018

Ultima edición08/06/2024

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