Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

AÑO CV - TOMO DCLIV - Nº 114
CORDOBA, R.A. MARTES 18 DE JUNIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Generales, en la categoría Nº 17.-

promulgada por Decreto 447/2018.-

- Negro Jorge Lucas, DNI Nº 25.959.981, Maestranza y Servicios Generales, en la categoría Nº 10.-

Articulo Nº 4: Comuníquese a al Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de la Provincia de Córdoba.-

- Pereyra Andrea Noelia, DNI Nº 30.315.978, Maestranza y Servicios Generales, en la categoría Nº 8.-

Articulo Nº 5: Comuníquese a la Oficina de Personal el dictado del presente Decreto, a los fines de que asigne y/O ratifique Nº de Legajo, a cada uno de los designados.-

- Pino Jorge Raúl, DNI Nº 23.198.154, Maestranza y Servicios Generales, en la categoría Nº 4.- Ponce Félix Irineo, DNI Nº 13.605.514, Maestranza y Servicios Generales, en la categoría Nº 8.- Pousa Walter Darío, DNI Nº 36.589.305, Maestranza y Servicios Generales, en la categoría Nº 4.- Rivarola Ivana Maricel, DNI Nº 28.456.587, Administración, en la categoría Nº 10.-

Articulo Nº 6: Refrenda este acto el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda, Claudio Charras.
Articulo Nº 7: PUBLIQUESE EN EL BOLETIN OFICIAL, DESE COPIA, CUMPLIDO, ARCHIVESE.
FDO: Suscribe el Sr. Intendente Municipal, Luis Gustavo Pedernera y Refrende el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda, Claudio Gustavo Charras.1 día - Nº 214657 - s/c - 18/06/2019 - BOE

- Romero Maria José, DNI Nº 33.647.549, Administración, en la categoría Nº 4.- Romero Maria Fernanda, DNI Nº 35.674.590, Administración, en la categoría Nº 4.- Silva Adrián Ezequiel, DNI Nº 33.600.907, Administración, en la categoría Nº 10.- Suaya Antonia Josefina, DNI Nº 14.260.320, Administración, en la categoría Nº 24.- Urbano Gustavo Andrés, DNI Nº 26.654.829, Maestranza y Servicios Generales, en la categoría Nº 8.- Velásquez Jesús Alberto, DNI Nº 18.859.639, Maestranza y Servicios Generales, en la categoría Nº 8.- Vélez Andrea Renne, DNI Nº 24.703.521, Administración, en la categoría Nº 10.- Vélez Sandra Beatriz, DNI Nº 23.287.902, Maestranza y Servicios Generales, en la categoría Nº 10.- Villalobos Miguel Eduardo, DNI Nº 28.852.252, Maestranza y Servicios Generales, en la categoría Nº 10.- Zamora Juan Manuel, DNI Nº 36.141.203, Administración, en la categoría Nº 17. Articulo Nº 2: El carácter de ESTABILIDAD se adquirirá desde la fecha de designación en Planta Permanente indicada en el articulo precedente y conforme lo expresado en los Vistos y Considerandos precedentes, de conformidad con la normativa citada. Articulo Nº 3: Impútese la erogación ocasionada por la presente designación a la partida 1.1.1.01.01.02 Planta Permanente del presupuesto de Gastos y Recursos del Ejercicio 2019 Ordenanza 242/2018, BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

DECRETO Nº 331/2019
Villa Cura Brochero, 24 de mayo de 2019.VISTO: Expediente Administrativo letra P Nº 1028-007/2019 Pereyra Ce, sar Martín - Responsabilidad municipal por rotura de vidrio por agentes municipales.
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 1/6 ingresa a la administración conforme Constancia de inicio de Expte. Nº 1028, reclamo por parte del Sr. Pereyra Martín, DNI
24.942.819, donde pone en conocimiento que el día 26 de abril de 2019, siendo las 09;00 hs. aproximadamente, producto de una piedra lanzada desde las maquinas bordeadoras del Municipio, que se encontraban realizando tareas de desmalezado en el sector de calle Intendencia esq. Rivadavia, de la localidad de Villa Cura Brochero, se produjo la rotura del vidrio delantero, del lado derecho del acompañante, del vehiculo de su propiedad. Que el daño ocasionado consiste concretamente en la rotura de Parabrisas del vehiculo de propiedad del reclamante, como lo acredita con la documentación acompañada. Que de las constancias obrantes es posible apreciar que al momento de producirse el daño, el vehiculo se encontró estacionado en el lugar señalado por el solicitante, como también que personal Municipal se encontraba realizando allí trabajos de cortado de césped con bordeadoras, en cuanto desde la Dirección de Servicios Públicos se informo que efectivamente, el día y hora señalados se encontró en el lugar, personal municipal realizando tareas de dezmalezado.
Que de la documentación aportada, obrante en el expte administrativo de referencia y demás elementos presentes se puede apreciar que el hecho productor del daño al vehiculo del solicitante, lo es una piedra arrojada desde una maquina cortadora de césped bordeadora, propulsada por agentes de este municipio en ocasión de prestación de servicios, siendo que el vehiculo se encontraba en el mismo lugar. Que de los elementos aportados se puede inferir que efectivamente el daño es cierto y actual, que los productores del daño son agentes de éste
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 18/06/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha18/06/2019

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones1433

Primera edición31/07/2018

Ultima edición23/05/2024

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