Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/06/2019 - 5º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba
LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

consignar conforme Art. 54 del mismo dispositivo. Que se ha cumplimentado con los requisitos exigidos por Ordenanza 241/2018, Certificado de Inspección de Bomberos Voluntarios, acreditando las condiciones de seguridad del local comercial, Constancia de Antecedentes Jurisdiccional Penales y Contravencionales; acompaña asimismo Certificado de Uso de Suelo conforme Ordenanza 083/2010. Que encontrándose la totalidad de los requisitos reunidos, es procedente otorgar la habilitación comercial en un todo conforme a Ordenanza 016/2008, Art. 53, 54 y 55, Ordenanza 241/2018 y Ordenanza 083/2010. Que es facultad del Ejecutivo Municipal, en ejercicio del Poder de Policía que le corresponde, el otorgamiento de Habilitaciones Comerciales conforme Art. 49 inc. 19 Ley 8102, Ordenanza 016/2008, Ordenanza 241/2018 y Ordenanza 083/2010.EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA CURA BROCHERO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA
Articulo Nº 1: OTORGAR HABILITACIÓN COMERCIAL, al Sr. Juan Carlos Delgado, DNI 27.247.025, Autorizando la apertura de un establecimiento en la localidad de Villa Cura Brochero, en el Rubro: Apart Hotel, nombre de fantasía Faro Il Bolo Sierras Apart con domicilio comercial en , calle Tucumán Nº 939 de la localidad de Villa Cura Brochero, conforme Art.
18 de Ordenanza 241/2018 Tarifaria vigente, partir del día 1 de enero de 2019, conforme constancias obrantes en Expte Nº 8 - Comercio, atento cumplimentar los requisitos exigidos a los fines de obtener Habilitación Comercial, en un todo conforme Ordenanza 083/2010, Art. 4, Ordenanza 241/2018, Ordenanza 016/2008 Arts. 53, 54 y 55 y Ordenanza 197/2016.
Articulo Nº 2: La vigencia de la Habilitación dispuesta por el presente, quedara sin efecto a la sola presentación por parte del beneficiario del pedido de baja comercial, ante la sanción de clausura por disposición emanada del Departamento Ejecutivo por las razones que pudieren corresponder, por Baja de Oficio y/O conforme las causas y motivos establecidos en las Ordenanzas vigentes.
Articulo Nº 3: REMITASE copia al Área de Ingresos Tributarios a los fines de la ratificación de creación de Cuenta por Actividad Comercial, Industrial y de Servicios a los fines meramente tributarios y expídase copia al solicitante. Articulo Nº 4: REFRENDA el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda, Sr. Claudio Gustavo Charras. Articulo Nº 5: COMUNIQUESE, DESE COPIA, CUMPLIDO, ARCHIVESE.
1 día - Nº 211330 - s/c - 03/06/2019 - BOE

DECRETO 119/2019

AÑO CV - TOMO DCLIV - Nº 104
CORDOBA, R.A. LUNES 3 DE JUNIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

tablecimiento RUBRO: Ferretería, nombre de fantasía Suárez FerreteríaBuloneria con domicilio comercial en calle Mariano Moreno Nº 228 de la , localidad de Villa Cura Brochero.Y CONSIDERANDO:
Que el solicitante ha cumplimentado con la totalidad de los requisitos exigidos conforme Ordenanza 016/2008, Art. 55 en cuanto se ha acompañado Informe de Obra expedido por el área municipal técnica correspondiente, Libre Deuda de Rentas Municipal e Inspección de Comercio y Bromatología sin observaciones del inmueble cuyo local pretende Habilitar, como queda asentado en la documentación obrante en el respectivo expediente de Comercio. Se ha acompañado asimismo Ficha con los datos a consignar conforme Art. 54 del mismo dispositivo. Que se ha cumplimentado con los requisitos exigidos por Ordenanza 241/2018, Certificado de Inspección de Bomberos Voluntarios, acreditando las condiciones de seguridad del local comercial, Constancia de Antecedentes Jurisdiccional Penales y Contravencionales; acompaña asimismo Certificado de Uso de Suelo conforme Ordenanza 083/2010. Que encontrándose la totalidad de los requisitos reunidos, es procedente otorgar la habilitación comercial en un todo conforme a Ordenanza 016/2008, Art. 53, 54 y 55, Ordenanza 241/2018 y Ordenanza 083/2010. Que es facultad del Ejecutivo Municipal, en ejercicio del Poder de Policía que le corresponde, el otorgamiento de Habilitaciones Comerciales conforme Art. 49 inc. 19 Ley 8102, Ordenanza 016/2008, Ordenanza 241/2018 y Ordenanza 083/2010.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VILLA CURA BROCHERO
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA

Articulo Nº 1: OTORGAR HABILITACIÓN COMERCIAL, al Sr. Gustavo Alejandro Suárez, DNI 27.877.478, Autorizando la apertura de un establecimiento en la localidad de Villa Cura Brochero, en el Rubro: Ferretería, nombre de fantasía Suárez FerreteríaBuloneria con domicilio comercial , en Av. Belgrano Nº1256 de la localidad de Villa Cura Brochero, conforme Art. 18 de Ordenanza 241/2018 Tarifaria vigente, partir del día 25
de febrero de 2019, conforme constancias obrantes en Expte Nº 6 - Comercio, atento cumplimentar los requisitos exigidos a los fines de obtener Habilitación Comercial, en un todo conforme Ordenanza 083/2010, Art. 4, Ordenanza 241/2018, Ordenanza 016/2008 Arts. 53, 54 y 55 y Ordenanza 197/2016. Articulo Nº 2: La vigencia de la Habilitación dispuesta por el presente, quedara sin efecto a la sola presentación por parte del beneficiario del pedido de baja comercial, ante la sanción de clausura por disposición emanada del Departamento Ejecutivo por las razones que pudieren corresponder, por Baja de Oficio y/O conforme las causas y motivos establecidos en las Ordenanzas vigentes.

HABILITACIÓN COMERCIAL

Articulo Nº 3: REMITASE copia al Área de Ingresos Tributarios a los fines de la ratificación de creación de Cuenta por Actividad Comercial, Industrial y de Servicios a los fines meramente tributarios y expídase copia al solicitante.-

VISTO: La solicitud presentada en Expte. Nº 6 Habilitación Comercial, por el Sr. Gustavo Alejandro Suárez, peticionando la apertura de un es-

Articulo Nº 4: REFRENDA el Sr. Secretario de Gobierno y Hacienda, Sr. Claudio Gustavo Charras.-

Villa Cura Brochero, 12 de marzo de 2019.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/06/2019 - 5º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

PaísArgentina

Fecha03/06/2019

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones1431

Primera edición31/07/2018

Ultima edición18/05/2024

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