Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/10/2023 - 2º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA

JUEVES 26 DE OCTUBRE DE 2023
AÑO CX - TOMO DCCVI - Nº 204
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
CONCURSOS Y QUIEBRAS
El Sr. Juez de 1 Inst. y Única Nom. de Huinca Renancó, comunica que en los autos caratulados GIHANO JUAN CARLOS P CONCURSO PREVENTIVO Expte. Nº 12213872, por Sentencia N 174, del 5/10/2023, HA RESUELTO: 1 DECLARAR la apertura del PEQUEÑO
CONCURSO PREVENTIVO de Juan Carlos Gihano padre, DNI n 10.571.752, CUIT 2010571752-1, con domicilio en Rivadavia n 445, de la localidad de Del Campillo, departamento General Roca, provincia de Córdoba; 3 EMPLAZAR a los acreedores para que entreguen al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos y títulos pertinentes hasta el día veintinueve de noviembre del año en curso 29/11/2023; 4
DESIGNAR hasta el día quince de febrero del año dos mil veinticuatro 15/02/2024 para que Sindicatura presente el Informe Individual sobre los créditos insinuados y el día primero de abril del año dos mil veinticuatro 01/04/2024 para la presentación del Informe General; 5 FIJAR
como fecha para el dictado de la SENTENCIA
DE VERIFICACIÓN DE CRÉDITOS art. 36
LCQ, EL DÍA TREINTA DE ABRIL DEL AÑO
DOS MIL VEINTICUATRO 30/04/2024; 6 Hacer saber a la concursada que podrá presentar a la Sindicatura y al Juzgado una propuesta fundada de agrupamiento y clasificación en categorías de los acreedores verificados y declarados admisibles, de conformidad al art. 41 de la ley 24.522, hasta el día diecisiete de mayo del dos mil veinticuatro 17/05/2024; 7 FIJAR como fecha para el dictado de la Sentencia de categorización el día TREINTA DE ABRIL DEL DOS MIL
VEINTICUATRO 30/04/2024; 8 HACER saber al deudor que la PROPUESTA DE ACUERDO
PREVENTIVO deberá presentarse de conformidad a lo dispuesto en los arts. 43 a 45 de la ley 24.522 y hacerse pública en el expediente hasta el día veinte de agosto del dos mil veinticuatro 20/08/2024; 9 SEÑALAR como fecha para la celebración de la AUDIENCIA INFORMATIVA
el día diez de septiembre del año dos mil veinticuatro 10/09/2024, a la hora DIEZ, o el subsiguiente hábil a la misma hora, si aquel resultare inhábil, y el VENCIMIENTO del PERÍODO DE

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a SECCION

EXCLUSIVIDAD el día diecisiete de septiembre del año dos mil veinticuatro 17/09/2024;
PROTOCOLÍCESE Y HÁGASE SABER. Síndico:
Cr. VEITES, HÉCTOR RUBÉN, MP 10-14256-3.
Domicilio: Brasil n 564, Huinca Renancó, provincia de Córdoba. Teléfono: 0351-152314213.
Domicilio electrónico: estudiocontableveites@
gmail.com. Oficina, de octubre de 2023. Dr.
Lucas Ramiro Funes, Juez.
5 días - Nº 488502 - $ 11678,75 - 26/10/2023 - BOE

En los autos PARA AGREGAR EN MARVI
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - PEQUEÑO CONCURSO PREVENTIVO
8877164 Expte 11661160, tramitados por ante el Juzgado de 1 Instancia y 33 Nom. Civil y Comercial de Cba., se dictó la Sentencia n 104, de fecha 03.10.2023, la cual declaró concluido el concurso preventivo de MARVI SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CUIT
30-70863171-6. Asimismo, se ordenó la publicación del presente decisorio en el Boletín Oficial y diario sorteado, por el término de un día. Fdo.
ANTINUCCI, Marcela Susana, Jueza.
1 día - Nº 489844 - $ 356,50 - 26/10/2023 - BOE

Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación, Secretaría N 3 de la ciudad de San Francisco, se hace conocer la siguiente resolución dictada en los autos caratulados: DEMARIA, MARICEL BEATRIZ QUIEBRA INDIRECTA
Expte. Nº 11245035, de fecha 13 de Septiembre de 2022, Secretaría Nº 3.- SENTENCIA NÚMERO: NOVENTA Y UNO. San Francisco, once de octubre de dos mil veintitrés. Y VISTOS: Y
CONSIDERANDO: RESUELVO: I Declarar la quiebra de la Sra. MARICEL BEATRÍZ DEMARIA, D.N.I. Nº 24.349.953, CUIT 23-243499534, argentina, mayor de edad, agricultora, nacida el 5 de enero de 1975, hija de Hermes Norberto Demaria y de Marta Beatríz Berchtold, de estado civil casada con Sergio Norberto Acherman, con domicilio real en calle José Hernández 2827
de esta ciudad de San Francisco, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba. II Disponer que los acreedores posteriores a la presentación en concurso deben acudir por la vía incidental a
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SUMARIO
Concursos y Quiebras Pág. 1
Declaratorias de Herederos Pág. 2
Citaciones Pág. 12
Notificaciones Pág. 41
Presunciones de Fallecimento Pág. 42
Rebeldías Pág. 42
Sentencias Pág. 43
Usucapiones Pág. 44

los fines de requerir la verificación de sus créditos art. 202 de la L.C.. III Anotar la presente quiebra y la inhibición de los bienes de la fallida en los Registros correspondientes, a cuyo fin ofíciese. IV Ordenar a la fallida y a los terceros que tengan bienes de la misma a ponerlos a disposición del Sindico dentro del término de veinticuatro horas de requeridos. V Intimar a la fallida para que dentro de las veinticuatro horas entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, si los llevara. VI Prohibir que se efectúen pagos a la fallida bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. VII Interceptar la correspondencia dirigida a la fallida, la que deberá ser entregada al Síndico, a cuyo fin ofíciese a OCA LOG
S.A., Correo Oficial de la República Argentina S.A. y Andreani. VIII Procédase a efectuar las comunicaciones pertinentes a fin de asegurar el cumplimiento del art. 103 de la Ley Concursal, a cuyo fin ofíciese a la Dirección Nacional de Migraciones.- IX Disponer la inmediata realización de los bienes que conforman el activo Concursal, a cuyo fin hágase saber a la sindicatura que deberá proceder al inmediato desapoderamiento de los bienes de la Sra. MARICEL BEATRÍZ
DEMARIA, previo inventario, a cuyo fin ofíciese.
Oportunamente la Sindicatura aconsejará la forma de realización de los mismos, que resulte más conveniente para los intereses de la masa 204 y siguientes de la L.C. y la designación en su caso del enajenador art. 88 inc. 9 y 261 de la ley 24.522. X Cumpliméntese por secretaría el art. 89 de la ley 24.522, debiendo la publicidad efectuarse en el Boletín Oficial de la Provincia sin necesidad de previo pago. XI Notifíquese a la Administración Federal de Ingresos Públicos y a la Dirección General de Rentas la declaración de la presente quiebra. XII A los fines previstos por el art. 132 de la Ley Concursal, requiéranse
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 26/10/2023 - 2º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaísArgentina

Fecha26/10/2023

Nro. de páginas61

Nro. de ediciones3621

Primera edición01/02/2006

Ultima edición31/05/2024

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