Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/06/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIV - Nº 104
CORDOBA, R.A. LUNES 3 DE JUNIO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Resolución General N 33
Córdoba, 21 de mayo de 2019.Y VISTO: El Expediente Nº 0521-059439/2018, mediante el cual se aprobó el Aumento Tarifario de Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba, a partir del dictado de la Resolución General ERSeP Nº 89/2018.
Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente Dr. Mario Agenor BLANCO y de los Directores Luis Antonio SANCHEZ, Alicia Isabel NARDUCCI y Walter SCAVINO.
I. Que en virtud de la competencia que le asiste a este Ente, atento a la normativa vigente, y de conformidad con lo establecido por la Resolución General ERSeP Nº 89/2018, dictada en el marco del expediente de marras, corresponde adentrarnos a la temática en cuestión.

II. Que conforme constancias de autos, con fecha 30 de noviembre de 2018 ingresó al ERSeP la Nota Nº 908407 059 24 018, presentada por parte de la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad y Otros Servicios Públicos Limitada FACE y de la Federación de Cooperativas Eléctricas y Obras y Servicios Públicos Limitada de la Provincia de Córdoba FECESCOR, como así también posteriores notas de Cooperativas no asociadas a las referidas federaciones, solicitando la convocatoria a Audiencia Pública a los fines de tratar un ajuste de los cuadros tarifarios vigentes de las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica de la Provincia de Córdoba.
Que por medio de Resolución Nº 2659/2018, se convocó a Audiencia Pública, la cual se celebró con fecha 21 de diciembre de 2018.
Que seguidamente, con fecha 27 de diciembre de 2018, este Organismo dictó la Resolución General Nº 89, aprobando el ajuste tarifario a aplicar por las Cooperativas Eléctricas según el grupo al que correspondieran, conforme lo detallado en los Anexos de la citada disposición, exceptuando de dicho incremento a las Cooperativas que no hubieran dado cumplimiento a los requisitos exigidos hasta la fecha de celebración de la referida Audiencia Pública.
Que asimismo, la Resolución General ERSeP Nº 89/2018 estableció los aumentos autorizados y las Cooperativas por ella alcanzadas, a la vez que, por medio de su Artículo 7º, la misma dispuso que para las Cooperativas Concesionarias no alcanzadas por los ajustes enumerados precedentemente, en el marco del presente procedimiento y la Audiencia Pública celebrada con fecha 21 de diciembre de 2018, con el objeto de poder aplicar los incrementos que correspondan, la debida solicitud e información requerida deberá ser formalmente presentada y/o acreditada por cada interesada ante el ERSeP, desde el mes de enero de 2019, para su evaluación y consideración, si resultara pertinente, a partir del mes inmediato posterior a su recepción.
. III. Que conforme constancias de autos, lucen agregadas a los presentes actuados y/u obran en la Gerencia de Energía Eléctrica, comprobantes del cumplimiento de los requisitos referidos, por parte de Cooperativas que no presentaran oportunamente la información técnica requerida.
Que asimismo, luce incorporado Informe de fecha 13 de mayo de 2019, confeccionado por el Departamento de Administración y Economía del ERSeP, emitido en el marco de las presentes actuaciones, o bien constancias de pago presentadas por las prestatarias, acreditando el cumplimiento respecto de la Tasa de Regulación exigida para el presente BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

procedimiento.
Que todo ello resulta atendible en lo relativo a las Cooperativas que hubieran dado cumplimiento a los requisitos preestablecidos con posterioridad al dictado de la Resolución General ERSeP Nº 89/2018.
IV. Que así también, corresponderá considerar los efectos de los Artículos 11º, 12º, 13º y 14º la Resolución General ERSeP Nº 57/2017, por medio de los cuales se establecieron, oportunamente, una serie de directivas asociadas a la instrumentación futura de Mayores Costos Operativos conforme al artículo 21.6 del Contrato de Concesión y la pertinencia de su aplicación y/o autorización; el trasladado a Mayores Costos Operativos a Cuota Capital o a otros conceptos de similares , características u orígenes, de todo costo que resulte de orden tarifario;
como también en relación a los Mayores Costos Operativos que ya se encuentren en aplicación y hayan sido debidamente acreditados por las respectivas Cooperativas.
V. Que por su parte es necesario tener en cuenta lo establecido por el Informe Técnico de fecha 20 de mayo de 2019, elaborado por la Unidad de Asesoramiento Técnico de la Gerencia de Energía Eléctrica de este Organismo, el cual prescribe que En consonancia con los conceptos vertidos en el Informe Técnico Conjunto de fecha 26 de diciembre de 2018, y por haberse cumplimentado las condiciones exigidas por el Artículo 7º de la Resolución General ERSeP Nº 89/2018, a los fines de recomponer en el corto plazo la situación económico-financiera de las Cooperativas Concesionarias del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica en la Provincia de Córdoba que han cumplido los requisitos establecidos, técnicamente se recomienda: 1- APROBAR
un incremento general del 4,51% sobre los conceptos incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias detalladas en el Anexo I del presente, pertenecientes al Grupo A a implementarse , sobre las tarifas vigentes al 31 de diciembre de 2018, aplicable a los servicios prestados a partir del mes de junio de 2019, con excepción de los cargos variables por energía destinados a los usuarios con demanda de potencia mayor o igual a trescientos kilowatt 300 kW, a los que corresponderá un incremento del 3,27%. 2- APROBAR un incremento general del 4,92% sobre los conceptos incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias detalladas en el Anexo II del presente, pertenecientes al Grupo B a implementarse sobre las , tarifas vigentes al 31 de diciembre de 2018, aplicable a los servicios prestados a partir del mes de junio de 2019. 3- APROBAR un incremento general del 4,77% sobre los conceptos incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias detalladas en el Anexo III del presente, pertenecientes al Grupo C a implementarse sobre , las tarifas vigentes al 31 de diciembre de 2018, aplicable a los servicios prestados a partir del mes de junio de 2019, con excepción de los cargos variables por energía destinados a los usuarios con demanda de potencia mayor o igual a trescientos kilowatt 300 kW, a los que corresponderá un incremento del 3,51%. 4- APROBAR un incremento general del 5,69% sobre los conceptos incluidos en los Cuadros Tarifarios de las Cooperativas Concesionarias detalladas en el Anexo IV del presente, pertenecientes al Grupo D a implementarse sobre las tarifas vigentes , al 31 de diciembre de 2018, aplicable a los servicios prestados a partir del mes de junio de 2019. 5- ESTABLECER que, para las Distribuidoras alcanzadas por el presente Informe Técnico, en los casos que corresponda, los cargos de la TARIFA Nº 9 SERVICIO DE PEAJE, de la Estructura Tarifaria Única aprobada por Resolución General ERSeP Nº 17/2008, o sus equivalentes en el caso de Cooperativas Concesionarias que no hubieran llevado a cabo la adecuación de su Cuadro Tarifario conforme a lo dispuesto por dicha norma, deberán calcularse acorde a la metodología descripta en
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/06/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha03/06/2019

Nro. de páginas20

Nro. de ediciones4150

Primera edición01/02/2006

Ultima edición29/05/2024

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