Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/05/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 103
CORDOBA, R.A. VIERNES 31 DE MAYO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Decreto N 548
Córdoba, 13 de mayo de 2019
VISTO: El expediente N 0027-071567/2018 del registro de la Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se tramita la solicitud de transferencia de fondos correspondientes a cargos por Contribución Patronal, a favor de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba.

Que la mencionada entidad previsional fundamenta el presente pedido en la necesidad de transferir a dicha Caja, los fondos correspondientes a cargos por Contribución Patronal, cuyo valor asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CUARENTA CENTAVOS $ 91.656,40 por los servicios prestados por la señora Ana María Cardeilhac en el periodo comprendido entre el 9 de diciembre de 2005 y el 31 de octubre de 2012.
Que obra copia de la Resolución Serie B N 000190/2018 de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, por medio de la cual se aprueba el reajuste del beneficio de la señora Cardeilhac, como así también la Planilla de información para la formulación de cargos, de la que surgen el importe y concepto supra mencionados.
Que mediante Sentencia N 41 de la Sala 7 de la Cámara del Trabajo, se determinó que la aludida ex agente, antes de ingresar al régimen de Pasividad Anticipada Voluntaria P.A.V., percibía los rubros Fallo de Caja Mensual y Fallo de Caja Diario o Función Cajero los cuales, luego de , haber sido incrementados, no fueron abonados a la nombrada; haciendo lugar parcialmente a la demanda entablada por la señora Cardeilhac, a mas de resolver el resto de las cuestiones planteadas.

Que contra dicho fallo interpusieron las partes sendos recursos de Casación ante el Superior Tribunal de Justicia, acogiéndose el planteo de la parte actora.
Que en razón de ello, el Ente Previsional emite la Resolución ut supra citada, disponiendo el reajuste del beneficio jubilatorio de que se trata.
Que el Área Recursos Humanos de la Dirección General de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas informa que la señora Cardeilhac se encontraba bajo el régimen de P.A.V., desde el 1 de octubre de 2004, fecha en que pasó a la órbita del Ministerio de Finanzas, hasta el 31 de octubre de 2012, cuando termina su relación laboral.
Que obra Nota de Pedido N 2019/000029, para la atención de la gestión procurada.

Que en virtud de que los rubros salariales fueron reconocidos a través de pronunciamientos judiciales, y teniendo en cuenta que al Estado Provincial le corresponde efectuar las contribuciones patronales en el porcentual establecido respecto de las sumas salariales a que tienen derecho los agentes inciso b del artículo 6 del Régimen de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia Ley N 8024, procede hacer lugar a lo planteado conforme se gestiona.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Finanzas al N 807/2018, por Fiscalía de Estado bajo el N 313/2019 y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- AUTORÍZASE la transferencia, a favor de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, de la suma de PESOS NOBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

viene de tapa
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL INSPECCION DE PERSONAS JURIDICAS
Resolución N 88 - Letra:G Pág. 5
Resolución N 186 - Letra:A Pág. 6
MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARIA CONTABLE Y PRESUPUESTARIA
Resolución N 4 Pág. 7
Resolución N 3 Pág. 7
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N 171 Pág. 8
MINISTERIO DE GOBIERNO
Subsecretaría de Gestión Administrativa Resolución N 249 erratas Pág. 9
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y MODERNIZACIÓN
y MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N 33 Pág. 9
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución N 27 Pág. 10
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución General N 36 Pág. 10
Resolución General N 35 Pág. 12
Resolución General N 34 Pág. 13
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
Resolución General N 24 Pág. 16
Resolución General N 25 Pág. 17
PODER JUDICIAL
Resolución N 2 Pág. 18

VENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CUARENTA
CENTAVOS $ 91.656,40, en concepto de contribución patronal por diferencia de caja diaria y mensual de la señora Ana María Cardeilhac D.N.I
N 13.153.007, aprobada por Resolución Serie B N 000190/2018 de la Caja de Jubilaciones, Pensiones y Retiros de Córdoba, correspondiente a los periodos 9 de diciembre de 2005 al 31 de julio de 2008 y 1 de agosto de 2008 al 31 de octubre de 2012.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior por la suma de PESOS NOVENTA Y UN
MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON CUARENTA CENTAVOS $
91.656,40 a Jurisdicción 1.70 Gastos Generales de la Administración-, Programa: 708-000, Partida: 6.03.99.00 Otras Transferencias a Otros Organismos del Estado Provincial N.C. del P.V..
, Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Finanzas y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO: Juan Schiaretti, Gobernador / Osvaldo Giordano, Ministro de Finanzas / Jorge Eduardo Cordoba, Fiscal de Estado
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/05/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha31/05/2019

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4131

Primera edición01/02/2006

Ultima edición04/05/2024

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