Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/05/2019 - 1º Sección

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Fuente: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 103
CORDOBA, R.A. VIERNES 31 DE MAYO DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

POR ELLO, constancias de autos, dictamen de la Jefatura de Área de Asuntos Legales Nº 111/2019 obrante a fojas 225/226 y facultades conferidas por Ley Nº 9.867; el
Artículo 2: DISPONER la intervención del Departamento Límites y Restricciones al Dominio a los fines de la visación de la documentación correspondiente.

Directorio de la ADMINISTRACION PROVINCIAL
DE RECURSOS HIDRICOS APRHI en pleno R E S U E LV E

Artículo 3: PROTOCOLICESE. Publíquese en el Boletín Oficial. Notifíquese al señor Marcelo Fabián FERRERO con domicilio en calle Alejandro Margariños N 709 esq. Rep. de Siria B Grl. Bustos y a las COMUNAS de VILLA BERNA y de LOS REARTES. PASE al Departamento Límites y Restricciones al Dominio con noticia a la Dirección General de Catastro.

Artículo 1: APROBAR la DETERMINACIÓN TÉCNICA DE LA LÍNEA DE RIBERA DEFINITIVA Arroyo sin nombre, que es un afluente del Río del Medio, en su paso por los lugares denominados Loma del Tigre y Bañado en el tramo comprendido entre las coordenadas Gauss-Kruger:
Margen Derecho Inicio: 6.469.053,88 4.342.006,69 - Margen Derecho Final: 6.469.379,57 4.342.450,36; Margen Izquierdo Inicio: 6.469.055,50
4.342.000,91 - Margen Izquierdo Final: 6.469.387,22 4.342.448,62 que ha sido graficada en Planos que como ANEXO UNICO, compuesto de tres 3 fojas, forma parte integrante del presente instrumento legal.

PODER JUDICIAL
Resolución N 2
Córdoba, 28 de mayo de 2019.
Y VISTO: El Acuerdo Reglamentario Nº 1363, serie A, dictado por el Tribunal Superior de Justicia el 17 de mayo de 2016, mediante el que se facultó a la Secretaría Civil y Comercial para dictar las normas generales y obligatorias que requiera la correcta aplicación o desarrollo del sistema de expediente judicial electrónico y las necesarias para establecer las situaciones no previstas expresamente.
Y CONSIDERANDO:
Que, la experiencia reunida por la Secretaría de Gestión Común de los Juzgados de Ejecución Fiscal de la ciudad de Córdoba a partir del primero de junio de 2016 permite reconocer que la implementación del expediente judicial electrónico ha constituido no solo un avance significativo para la progresiva despapelización del Poder Judicial sino que ha brindado mayor accesibilidad, celeridad y transparencia a los trámites procesales.
Que, el proceso de modernización encarado por el Tribunal Superior de Justicia, del cual el expediente judicial electrónico constituye un importante eslabón, es consecuencia de la decisión de lograr una mayor eficiencia en la gestión judicial.

Que, en tal entendimiento resulta innegable la conveniencia de ampliar, en el ámbito de los Juzgados de Ejecución Fiscal de la ciudad de Córdoba, los alcances de la implementación del sistema de expediente judicial electrónico el que -en una primera etapa-, se limitó a las causas judiciales que se tramitan en la Secretaría de Gestión Común, conforme los parámetros establecidos por el Acuerdo Nº 1148, serie A, dictado el 10 de abril de 2013.
Que, el Área de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones aconseja instrumentar el inicio de actividades para la ejecución del Plan de Despliegue del expediente judicial electrónico en toda la Provincia, en los Juzgados de Ejecución Fiscal de la ciudad de Córdoba, BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

FDO: ING. JUAN PABLO BRARDA PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA APRHI. ING. HORACIO SEBASTIAN HERRERO VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA
APRHI. ING. PABLO JAVIER WIERZBICKY - VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA APRHI. ING. GONZALO E. PLENCOVICH - VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA APRHI.
ING. CESAR DARIO SUAYA - VOCAL DEL DIRECTORIO DE LA APRHI.

ANEXO:

atendiendo a las actuales condiciones alcanzadas en dichos organismos.
Que, hasta tanto se apruebe el Reglamento General de Uso del Sistema de Expediente Judicial Electrónico, como texto único, completo y vigente en el Poder Judicial, resulta necesario contar con pautas que den sustento a la correcta aplicación del sistema en los aludidos organismos judiciales.
Por ello, SE RESUELVE:
Artículo 1. Ampliar los alcances del Acuerdo Reglamentario Nº 1363, serie A, dictado el 17 de mayo de 2016 a todas las causas que tramitan por el sistema de expediente electrónico en la Secretaría de Gestión Común y las que se inicien en los Juzgados de Ejecución Fiscal de la ciudad de Córdoba a partir del 1 de junio de 2019, hasta la finalización del proceso y en todas las instancias.
Artículo 2. Aprobar las pautas complementarias al AR 1363 A que regirán la tramitación del expediente electrónico en la Secretaría de Gestión Común y en los Juzgados de Ejecución Fiscal de la ciudad de Córdoba, cuyo contenido se agregan como Anexo I de la presente Resolución y la nueva categorización de operaciones y escritos agregados como Anexos II y III de la presente Resolución.
Artículo 3. Establecer la vigencia del Acuerdo Reglamentario Nº 1363, Serie A, dictado el 17 de mayo de 2016 y su Anexo, en todo aquello que no resulte modificado mediante la presente Resolución y sus Anexos.
Artículo 4. Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia. Incorpórese a la página web del Poder Judicial y dese la más amplia difusión.
FDO: Dra. María Marta Cáceres de Bollati , Presidente de la Sala Civil y Comercial T.S.J. Dra. Verónica Rapela Coordinadora SAC
Secretaria Sala Civil y Comercial T.S.J.

ANEXO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 31/05/2019 - 1º Sección

TítuloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaísArgentina

Fecha31/05/2019

Nro. de páginas18

Nro. de ediciones4131

Primera edición01/02/2006

Ultima edición04/05/2024

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