Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 24/01/2017

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Fuente: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Turístico a la realización de La Travesía por Mogotes, a llevarse a cabo los meses de enero,febrero y marzo de 2017.
ARTÍCULO 2º.- A través del Departamento de Asistencia al Turista, se adoptarán los recaudos pertinentes para incluir, al acontecimiento origen de las presentes actuaciones, en el Calendario de Actividades de este Ente Municipal de Turismo.
ARTÍCULO 3º.- La declaración de Interés Turístico a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los organizadores del cumplimiento de lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, para la utilización de los espacios en la vía pública, ni del pago de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI
CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTÍCULO 4º.- La entidad organizadora deberá contratar los seguros pertinentes, quedando el Ente Municipal de Turismo exento de responsabilidad ante cualquier tipo de accidente o inconveniente que pudiera ocurrir, así como también tomará las precauciones necesarias para la cobertura de los servicios de emergencia médica.
ARTICULO 5.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Ente Municipal de Turismo por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852, 1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.
ARTÍCULO 6º.- Registrar, comunicar a través del Departamento de Administración y Personal y a sus efectos, intervengan los Departamentos de Asistencia al Turista y de Prensa.
REGISTRADA BAJO EL Nº 002
Mar del Plata, 4 de enero de 2017.
VISTO: las actuaciones relacionadas con la realización de la 45 Fiesta Nacional del Mar , a llevarse a cabo el 5 de enero de 2017; y CONSIDERANDO:
Que la Fiesta Nacional del Mar, constituye un acontecimiento de trascendencia y significación que se desarrolla en esta ciudad durante la Temporada de Verano, integrando el Calendario Anual de Actividades del Ente Municipal del Turismo.
Que en virtud de tratarse de festejos de relevancia a nivel nacional, con características populares que convocan la presencia masiva de público turista y residente, el EMTUR ha organizado para esta oportunidad un gran espectáculo artístico.
Que atento lo informado por el Departamento de Organización de Eventos y Relaciones Institucionales, se realizará la contratación para el espectáculo de cierre del grupo AGAPORNIS, representado por la Productora Agapornis SRL, por un monto total de pesos trescientos cincuenta y seis mil seiscientos cuarenta y siete con cincuenta centavos $356.647,50

Que se ha dado intervención a la Contaduría, la que informa que la contratacion del Espectáculo de Cierre, si bien excede en monto autorizado para compra directa, esta contratación encuadra en las previsiones del art. 156 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, inc.3
Exclusividad Artística y realiza la imputación presupuestaria.
Que la Contadora y la Asesora Letrada han elaborado el contrato correspondiente.
Por todo ello, LA PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE TURISMO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la contratación con la Productora AGAPORNIS S.R.L CUIT 30-71256310-5
representantes del GRUPO AGAPORNIS, quien tendrá a su cargo el cierre de la 45 Fiesta Nacional del Mar, a llevarse a cabo el 5 de enero de 2017, por un monto total de pesos trescientos cincuenta y seis mil seiscientos cuarenta y siete con cincuenta centavos $356.647,50 , en mérito a lo expresado en el exordio.
ARTÍCULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a: Programa 16- Inciso 3 - Partida Principal 09 Partida Parcial 01 FIESTAS PUBLICAS, Fuente de Financiamiento 132, del Presupuesto de Gastos 2016 prorrogado.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 24/01/2017

TítuloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaísArgentina

Fecha24/01/2017

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones836

Primera edición30/06/2010

Ultima edición25/04/2024

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