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Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 9/2/2024
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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
PRIMERA SECCIÓN
09 de febrero de 2024
N: 276
ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley.
YANINA
9
5887
DURAN, FABRICIO
FARIAS, ROCIO
MORENA
GIMENEZ, SOLEDAD
DEL VALLE
LOYOLA, LUDMILA
DE LOS MILAGROS
MANCINI, CARLOS
ARIEL
MARTINEZ, IVAN
ALEJO
2045832683-6
142,664.21
2746373645-1
142,664.21
2742051436-6
120,138.28
2740964143-7
101,344.12
2042768826-8
112,629.64
2038337291-8
97,612.36
2741411972-2
135,155.57
2745835707-8
142,664.21
2343366463-9
112,629.64
2035278015-5
120,138.28
2740902147-1
97,612.36
2322250391-4
142,664.21
2043694757-8
112,629.64
2730540173-6
97,612.36
2734686991-2
120,138.28
2733432601-8
120,138.28
2745407380-6
120,138.28
10
5888
11
5345
12
5916
13
5895
14
5923
DECRETO Nº 015/DE/2024
VILLA CARLOS PAZ, 11 de enero de 2024
15
5900
16
5889
VISTO: Lo dispuesto por el Art. 38º, concordantes y complementarios de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 4088 y sus modificatorias Nº 5591 y 5788; y
17
5896
18
5544
19
5901
20
5899
21
5897
22
5917
23
5359
24
5737
25
5742
26
5890
ZINGONI, EZEQUIEL
2040751877-3
142,664.21
27
5886
ZULIANI, FRANCISCO
2045835738-3
ANDRES
142,664.21
Total
27
ARTICULO 4.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana Ramón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor-
CONSIDERANDO: Que es deber del Municipio propender al Estado de Bienestar, promoviendo el desarrollo humano y comunitario, el progreso económico con justicia social, la formación y capacitación de trabajadores, la reconversión de mano de obra, la inclusión social y el desarrollo de políticas sociales coordinadas.
Que a tales fines, el Municipio formula planes integrales, destinados a satisfacer las necesidades de nuestra población.
Que encontrándose vigente el Programa Municipal de Becas Corazón de mi Ciudad, corresponde realizar el pago de las becas, en los términos del art. 5º de la Ordenanza Nº 4088.Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
Artículo 1º.- ASIGNAR el pago de Becas de Formación y Capacitación del Programa Corazón de mi Ciudad, correspondientes al mes de Complementaria de Diciembre de 2023, a los beneficiarios que se detallan en el Anexo l, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, será atendido con los fondos provenientes de las Partidas Nº 31.01.100.1.13.341, 32.01.100.1.13.341 y 33.01.100.1.13.341 y 35.01.100.1.13.341
del Presupuesto General de Gastos vigente.Artículo 3º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.-
Período:
BECAS
ORDEN
NUMERO
1
4661
2
5894
3
5726
4
5891
5
2715
6
5892
7
5893
8
5740
3
BENEFICIARIO
ANGULO, JUANA
ROXANA
ARANDA, IVAN
MATIAS
ARIAS, CINTIA
YANINA
BARRIONUEVO, BRENDA JENNIFER
CABRERA, MARCELA
DALILA
CARRIZO, ANGELES
IVONNE
CASAS, TIZIANA
LISBETH
PARODI, LUANA
CELESTE
PEDERNERA, DARIO
AGUSTIN
QUINTEROS, JONATAN EZEQUIEL
RAMIREZ, PAULA
MICAELA
RECUNA, SANDRA
ELIZABETH
REQUENA, JUAN
CRUZ
RODRIGUEZ, DANIELA PAOLA
URAN, CINTIA
DAIANA
ZALAZAR, JESICA
NOELIA
ZAMUDIO, NADIR
ALEJANDRA
3,247,465.38
Fdo.: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana - Juan M. LUCERO, Secretario General y de Vinculación Institucional - Lic. Carla LIVELLI, Sec.
Desarrollo Urbano Comunitario y Gestión Ambiental Sebastián BOLDRINI, Sec.de Turismo e Innovación, Cultura y Deportes Carla A. MONTEMURRO a/c de Oficialía Mayor DECRETO Nº 016/DE/2024
VILLA CARLOS PAZ, 12 de enero de 2024
VISTO: El Expte. Nº 224733/2024, de acuerdo a la Ordenanza Nº 4620 y modificatorias, mediante la cual se le asigna a la Asociación sin fines de lucro BIBLIOTECA POPULAR JOSÉ H.
PORTO un subsidio anual; y CONSIDERANDO: Que en un todo de acuerdo a ello corresponde otorgar a la Institución el subsidio correspondiente al año 2024.Que se liquidará en forma mensual la suma de Pesos Ciento Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Cincuenta $ 198.450.-, conforme lo establece la Ordenanza Nº 7016, debiendo la Institución efectuar la correspondiente rendición de gastos.-
COMPLEMENTARIA DICIEMBRE
2023
Selección:
NIZ, CANDELA
CUIL
TOTAL
Que el Departamento de Contaduría informa que los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, serán atendidos con los fondos de la Partida 30.01.100.1.15.518, del Presupuesto General de Gastos Vigentes.-
2730612593-7
67,577.79
2043516213-5
127,646.92
2738021047-4
120,138.28
2743604960-4
127,646.92
Que por lo expuesto se emite el acto administrativo que dispone sobre el particular.-
2730544066-9
105,121.00
Por ello:
2738731829-7
127,646.92
2742219451-2
127,646.92
DOMINGUEZ, CARLA 2335588195-4
120,138.28
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones