Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 9/2/2024

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Fuente: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
09 de febrero de 2024

N: 276
Artículo 4º.- La Dirección de Servicios Públicos, Departamento de Industria y Comercio y los interesados, tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente Decreto-.
Artículo 5º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Lic. Carla LIVELLI, Sec. Desarrollo Urbano Comunitario y Gestión Ambiental Carla A. MONTEMURRO a/c de Oficialía Mayor DECRETO N 013/A/2024
VILLA CARLOS PAZ, 11 de enero de 2024
VISTO: El Expediente N 224558/2024, presentado por el Sr.
Vélez, Agustín Eduardo, D.N.I. N 22.695.699, mediante la cual solicita autorización para uso del espacio público para realizar actividad comercial la cual consiste en el alquiler de bicicletas tándem sin motor y carros de bicicletas; y CONSIDERANDO: Que la actividad peticionada se encuentra contemplada en la Ordenanza N 5756.Que en el artículo 2º de la mencionada, establece que se entiende bicicleta al vehículo de dos ruedas que es propulsado por mecanismos con el esfuerzo de quien lo maneja, pudiendo ser múltiple de hasta 4 ruedas incluyendo los denominados tipo tándem o similar, sin motor.Que por su parte el artículo 4º de la ordenanza mencionado dispone que para poder circular por las calles de la ciudad, los conductores deberán utilizar de manera obligatoria cascos protectores los cuales serán provistos por el comerciante y en su artículo 8º se establece que se deberá contar son seguro contratado para los conductores y acompañantes de los vehículos, así como de responsabilidad civil contra terceros no transportados.Que la actividad a desarrollar será en forma personal por el autorizado, debiendo exhibirse en lugar visible el presente decreto.Que por todo lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que disponga sobre el pedido formulado por el particular.-

ARTICULO 5.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Juan M.
LUCERO, Secretario General y de Vinculación InstitucionalCarla A. MONTEMURRO a/c de Oficialía Mayor
DECRETO N 014/C/2024
VILLA CARLOS PAZ, 11 de enero de 2024
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y CONSIDERANDO: Que el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 6.916, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Artículo 6º de dicha Ordenanza establece Excepto las situaciones previstas en el artículo siguiente, el Departamento Ejecutivo podrá variar las Partidas Presupuestarias de Segundo Nivel o inferior de gastos, pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.
Que asimismo, el Artículo 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1.- MODIFICAR a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
JURISDIC. -SUB
JURISD.

Por ello:
31.01.100.1.13.318.

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTICULO 1.- AUTORIZAR al Sr. Vélez, Agustín Eduardo, D.N.I. N 22.695.699, en forma personal e intransferible, al uso y ocupación precaria, transitoria y sujeta a revocación del espacio y vía pública a la explotación comercial de alquiler de siete 7
bicicletas tándem o similar sin motor, en el sector de la Costanera, entre Av. Illía y el Lago San Roque, desde el 10 de enero al 30 de Marzo de 2024, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.ARTICULO 2º.- La Dirección de Recursos Fiscales procederá al cobro del canon correspondiente por las acciones autorizadas.-

31.01.100.1.12.211.
35.52.523.1.12.220.
35.52.100.1.13.313.
35.52.100.1.12.220.
35.01.502.2.24.413.
35.01.504.2.24.413
35.01.505.2.24.413

ARTICULO 3º.- En caso de verificarse que el desarrollo de la actividad autorizada sea efectuada por una persona distinta, será revocado el permiso otorgado.ARTICULO 4.- NOTIFICAR al Sr. Vélez, Agustín Eduardo que será solidariamente responsable de las faltas e incumplimientos que pudieran cometer con motivo de la siguiente autorización.-

2

-PROGRAMAANEXO -INCISOAUMENTA
ITEM-DESCRIPC.
USO Y
MANTENIMIENTO
$ 1.000.000,00
DE SISTEMAS
INFORMATICOS
PRODUCTOS
ALIMENTICIOS
MATERIALES DE
CONSTRUCCION Y
$12.000.000,00
AFINES
ALQUILERES
$ 100.000.000,00
VARIOS
MATERIALES DE
CONSTRUCCION Y
AFINES
CONSTRUCCIONES
Y TRABAJOS
PUBLICOS
CONSTRUCCIONES
Y TRABAJOS
PUBLICOS
CONSTRUCCIONES
Y TRABAJOS
PUBLICOS
TOTAL

$ 113.000.000,00

DISMINUYE

$ 1.000.000,00

$ 12.000.000,00
$ 30.000.000,00
$ 30.000.000,00
$ 40.000.000,00
$ 113.000.000,00

ARTÍCULO 2.- ADECUAR el Nomenclador de Erogaciones conforme al Artículo 5 de la Ordenanza N 6.916, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 9/2/2024

TítuloBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaísArgentina

Fecha09/02/2024

Nro. de páginas4

Nro. de ediciones381

Primera edición01/01/2015

Ultima edición03/05/2024

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