Boletín Oficial de Navarra del 14/7/2020

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Martes, 14 de julio de 2020

Número 153 - Página 6689

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
1.2.2. Oposiciones y concursos. Oferta Pública de Empleo EMPLAZAMIENTO en procedimiento ordinario número 116/2020 interpuesto frente a la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto frente al acta del tribunal de la especialidad de viola que recoge las calificaciones de la primera prueba del procedimiento selectivo de ingreso en el cuerpo de catedráticos de música y artes escénicas al servicio del Departamento de Educación, aprobado por Resolución 261/2019, de 22 de enero, del director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.
Mediante oficio de 29 de junio de 2020, de la Secretaria General Técnica del Departamento de Educación, se ordena la remisión del expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra y el emplazamiento a las personas interesadas en el Procedimiento Ordinario número 116/2020, interpuesto don Alberto Tardajos Ayllón frente a la desestimación por silencio administrativo del Recurso de Alzada interpuesto frente al acta del Tribunal de la especialidad de viola que recoge las calificaciones de la primera prueba del procedimiento selectivo de ingreso en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas al servicio del Departamento de Educación, aprobado por Resolución 261/2019, de 22 de enero, del Director del Servicio de Recursos Humanos del Departamento de Educación.
En virtud de lo dispuesto en dicho oficio y conforme al artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, mediante el presente anuncio se emplaza a las personas interesadas en la especialidad de Viola para que puedan personarse en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de nueve días hábiles siguientes a su publicación.
Pamplona, 29 de junio de 2020.La Secretaria General Técnica, Beatriz Ayerra Gamboa.
F2006872

1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS
ORDEN FORAL 33E/2020, de 9 de junio, de la Consejera de Cultura y Deporte, por la que se aprueba la convocatoria de Subvención para la realización de festivales y certámenes de artes escénicas y musicales organizados por empresas y profesionales 2020, Artem Festival. Identificación BDNS 509752.
Teniendo en cuenta que se cumplen tanto la finalidad como los requisitos y las obligaciones legalmente establecidas para autorizar el correspondiente gasto y obrando en el expediente la conformidad de la Intervención Delegada, la Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana solicita la aprobación de la convocatoria de Subvención para la realización de eventos, festivales y certámenes de Artes Escénicas y Música, organizados por empresas y profesionales, 2020 Artem Festival, sus bases reguladoras, la autorización del gasto que asciende a 45.000 euros con cargo a la partida A20002-A2530-4709-334103 denominada Artem Exporta: Ayudas a eventos, festivales y certámenes de artes escénicas del presupuesto de gastos de 2020 y la publicación de esta Orden Foral, las bases y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
En consecuencia, en uso de las facultades que me reconoce el DECRETO FORAL 273/2019, de 30 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Cultura y Deporte.
ORDENO:
1. Aprobar la convocatoria de subvención para la realización de festivales y certámenes de artes escénicas y musicales organizados por empresas y profesionales 2020, Artem Festival.
2. Aprobar las bases reguladoras de la convocatoria, que se recogen en el Anexo de esta Orden Foral.
3. Para hacer frente a los compromisos de esta convocatoria se autorizan los créditos presupuestarios siguientes, pudiéndose realizar modificaciones en función de las solicitudes recibidas:
PARTIDA PRESUPUESTARIA

EJERCICIO

IMPORTE

A20002-A2530-4709-334103: ARTEM EXPORTA:
Ayudas a eventos, festivales y certámenes de artes escénicas
2020

45.000,00

4. Publicar esta Orden Foral y sus Anexos en el Boletín Oficial de Navarra.
5. Contra la presente convocatoria y sus bases reguladoras cabe interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.
6. En el caso de Administraciones Públicas, contra esta Orden Foral podrá interponerse recurso-contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.
Pamplona, 9 de junio de 2020.Lla Consejera de Cultura y Deporte, Rebeca Esnaola Bermejo.
ANEXO
Bases reguladoras de la convocatoria de subvención para la realización de Festivales y Certámenes de Artes Escénicas y Musicales organizados por Empresas y Profesionales, que se celebren en Navarra durante elaño 2020 Artem Festival 1. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación de las subvenciones.
1.1. La convocatoria tiene por objeto regular las ayudas para la realización de festivales y certámenes de artes escénicas y musicales organizados por empresas y profesionales que se produzcan y celebren en la Comunidad Foral de Navarra, dentro de las competencias propias del Servicio de Acción Cultural, con el fin de promocionar las artes escénicas y musicales y favorecer una oferta artística de calidad, diversa, innovadora y de interés para los públicos.
Excepcionalmente, esta convocatoria también tiene por objeto paliar las consecuencias que la crisis sanitaria generada por el COVID19 ha tenido sobre la citada programación.
1.2. Los festivales y certámenes deberán celebrarse desde el 2 de noviembre de 2019 hasta el 1 de noviembre de 2020.
1.3. Cada solicitante podrá presentar una única propuesta que contendrá un solo proyecto.
1.4. La programación de festivales y certámenes de artes escénicas y musicales organizados por empresas y profesionales pretende generar un impacto positivo en los agentes del sector cultural navarro como medida de apoyo frente a la crisis generada por la pandemia del COVID19.
2. Requisitos de los/las solicitantes.
2.1. Podrán acceder a las ayudas establecidas en esta convocatoria las siguientes personas y entidades:
a Personas físicas que sean naturales o estén empadronadas en la Comunidad Foral de Navarra al menos desde el 1 enero de 2019.
b Sociedades mercantiles, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica. Estas entidades deberán tener su domicilio social y venir desarrollando su actividad en la Comunidad Foral de Navarra al menos desde el 1 de enero de 2019. Además, deberán tener social o estatutariamente como objeto o fin social el desarrollo de actividades escénicas o musicales.
2.2. Las personas físicas y entidades referidas en el apartado anterior deberán estar dadas de alta, en el momento de presentación de la solicitud, en cualquiera de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas-I.A.E señalados en el punto 5.5 de estas bases.
2.3. Quedan expresamente excluidas de la condición de beneficiarios:
a Entidades locales, sus organismos autónomos, entidades públicas empresariales, fundaciones y sociedades públicas participadas mayoritariamente por entidades locales de la Comunidad Foral de Navarra.
b Entidades que tengan partida nominativa en los presupuestos del Gobierno de Navarra de 2020.
c Titulares de museos y colecciones museográficas permanentes inscritas en el Registro de Museos y Colecciones Museográficas Permanentes de Navarra, incluidos aquellos reconocidos con carácter transitorio.
d Centros educativos o de enseñanzas artísticas, escuelas y/o academias de música, danza y otras disciplinas artísticas.
e Asociaciones, fundaciones y demás entidades sin ánimo de lucro, sindicatos, asociaciones empresariales, colegios profesionales y asociaciones profesionales.
2.4. Las entidades solicitantes que carezcan de personalidad jurídica deberán nombrar a una persona representante o apoderada única con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como beneficiaria, le correspondan.
2.5. Los beneficiarios deben cumplir los requisitos generales que establece el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 14/7/2020

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha14/07/2020

Nro. de páginas30

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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