Boletín Oficial de Navarra del 24/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Martes, 24 de diciembre de 2019

Número 251 - Página 14527

6. OTROS ANUNCIOS
6.1. EDICTOS DE NOTIFICACIÓN
DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
Anuncio de enajenación mediante adjudicación directa debieninmueble La Jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva de Hacienda Tributaria de Navarra, Hace saber:
Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye frente a Promociones Gurimendi, S.L., CIF B31192099, por medio de Resolución del pasado 22 de agosto de 2019 el Director del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra acordó la venta mediante subasta del bien inmueble embargado, resolviendo la celebración de la misma.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra y en la citada resolución, se publica el presente anuncio de venta mediante adjudicación directa y se advierte a las personas que deseen participar en la misma de lo siguiente:
1.º La venta mediante adjudicación directa se celebrará el día 11 de febrero de 2020, a las 12:00 horas, en las dependencias del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra, avenida de Carlos III, número 4 entrada por Cortes de Navarra, 4.º nivel, de Pamplona.
2.º La venta mediante adjudicación directa se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación del bien si se justifica adecuadamente el pago de la deuda, intereses de demora y costas del procedimiento.
3.º Bien objeto de la venta mediante adjudicación directa:
Lote único:
Registral:
Única: piso primero que ocupa la totalidad de dicha planta de la casa número cinco de la calle Mutuberría, en Tafalla. Tiene una superficie útil de ciento tres metros y sesenta y siete decímetros cuadrados, de la cual siete coma sesenta y un metros símiles corresponden al pasillo el resto a las diversas dependencias de que se compone dicha vivienda; por parte posterior de la misma e incluida en la superficie referida existen un patio de luces con la superficie de ocho coma sesenta y dos metros cuadrados, que podrá ser cubierto por el adquiriente de esta porción de la casa para destinarlo a habitación, hasta la altura de la segunda planta. De la vivienda de referencia parte al fondo de la misma y a su lado izquierdo, a una escalera que da acceso a un desván existente en el segundo piso del inmueble; esta sala o desván mide veintiún coma quince metros cuadrados;
y a su vez de este se tiene acceso a otro desván o buhardilla existente en la tercera plana a través de otra escalera interior, el que ocupa la superficie de dieciséis coma diez metros cuadrados. Le corresponde la vivienda del piso el veinticinco por ciento; al desván de la segunda planta el cinco por ciento y a la buhardilla o desván de la tercera planta el cuatro por ciento.
No constan sus linderos.
Catastral:
Vivienda en Tafalla, calle Mutuberría 5, 1.º Parcela 44, polígono 34, subárea 1, unidad urbana 3 de 187 metros cuadrados.

Nota: el expediente de rectificación de diferencias de cabida compete al nuevo titular registral en caso de adjudicación.

Titularidad:
Consta a nombre de Promociones Gurimendi, S.A., en propiedad a título de compraventa.
Valor de tasación: 103.154,61 euros.
Cargas preferentes:
Embargo letra D 16.195/MJL sobre la nuda propiedad de la finca número 8523 inscrito el 15 de diciembre de 2010 en el Registro de la Propiedad 1 de Tafalla, en virtud de mandamiento de fecha 15 de diciembre de 2010 prorrogado por anotaciones letra F en 2014 y letra G en 2018, que será levantado al tiempo del otorgamiento de escritura de venta por adjudicación.
Ayuntamiento Tafalla: 642,80 euros 3.420,02 de principal acumulado desde 2008, según certificado de 18 de junio de 2019.
En el caso de existir, el bien a enajenar está afecto por las cargas y gravámenes preferentes señaladas anteriormente y que constan en el expediente, las cuales quedarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta quedando subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin que pueda aplicarse a su extinción el precio del remate. Dado el tiempo transcurrido, el importe de las cargas preferentes ha podido variar. Todo ello sin perjuicio de la posible existencia de otras cargas no preferentes por las que el bien objeto de la presente ejecución pueda quedar afecto.
4.º Carga a ejecutar:
Embargo letra H sobre el pleno dominio de la finca número 8.523
de Tafalla, a favor de la Comunidad Foral de Navarra inscrito en el Re-

gistro de la Propiedad 1, de Tafalla, el 5 de febrero de 2019 en virtud de diligencia de embargo de fecha 24 de noviembre de 2018, en expediente 19.426/SGC.
5.º Desarrollo de la enajenación mediante adjudicación directa.
La oferta mínima será de 66.632,68 euros, no admitiéndose ofertas inferiores.
Pueden tomar parte como licitadores todas las personas que tengan capacidad de obrar con arreglo a derecho, que no tengan impedimento o restricción legal, siempre que se identifiquen con el Documento Nacional de Identidad o Pasaporte y con documento que justifique, en su caso, la representación que ostente.
Los licitadores podrán participar en la enajenación mediante adjudicación directa de la siguiente forma:
Participación mediante sobre cerrado: Se podrán presentar las ofertas en las dependencias del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra, avenida de Carlos III número 4 entrada por Cortes de Navarra, 6.º nivel, de Pamplona hasta las 14:30 horas del día 10 de febrero de 2020, procediéndose a la apertura de las mismas a las 12:00 horas del día 11 de febrero de 2020 en las mismas dependencias en el 4.º nivel. El sobre cerrado deberá incluir en su interior:
-- Resguardo de realización de oferta, que podrá descargar en este link:http www.navarra.es/appsext/DescargarFichero/default.
aspx?CodigoCompleto=Portal epub/BON/IMPRESOSG/
Hac/Resguardo_Oferta_C.pdf.
-- Identificación de la persona o entidad ofertante, acreditando en su caso el poder con el que actúa, NIF/CIF.
-- Identificación del bien por el que se puja.
-- Importe ofertado.
-- Depósito de garantía en forma de cheque conformado o bancario a favor de la Comunidad Foral de Navarra por al menos, del 20%
de la oferta mínima, es decir 13.326,54 euros.
En caso de que el sobre cerrado se remita por correo postal, las condiciones de presentación serán las siguientes:
-- Una vez remitido el sobre cerrado por correo postal, se enviará ese mismo día comunicación escrita a la dirección recaudacion.
ejecutiva@cfnavarra.es informando de la presentación de la oferta por correo postal y adjuntando escaneado el resguardo de realización de oferta debidamente firmado y sellado por la oficina de presentación.
-- Remitir el sobre cerrado mediante servicio de correo que asegure la entrega del mismo en la dirección señalada de nuestras dependencias, en horario de oficina lunes a viernes, de 9:00h a 14:30h, y siempre antes de las 14:30 horas del día anterior a la celebración de la adjudicación directa.
-- Sin la concurrencia de ambos requisitos no será aceptada la oferta enviada.
Las ofertas tendrán el carácter de máximas.
La presentación de ofertas en sobre cerrado no impedirá la participación presencial de los licitadores con posturas superiores a las del sobre.
Una vez abiertos los sobres, se partirá de la oferta más alta pudiendo los postores presentes mejorar sus ofertas en tramos equivalentes al 1%
del importe correspondiente a la oferta mínima, es decir, en tramos de 750,00 euros.
No se admitirán depósitos en metálico.
Se apercibe a los licitadores que la constitución del depósito supone la presentación de oferta.
El adjudicatario queda obligado a entregar en el acto de adjudicación o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación. De no efectuarse en plazo, dicho depósito de garantía se ingresará en firme en la Tesorería de la Comunidad Foral sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirían por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.
La Hacienda Tributaria de Navarra se reserva el derecho a pedir la adjudicación para la Comunidad Foral del bien que no hubiera sido objeto del remate, conforme a lo establecido en el artículo 147 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.
6.º Cuando los bienes enajenados mediante adjudicación directa sean susceptibles de inscripción en Registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad aportados en el expediente, no teniendo derecho a exigir otros.
7.º Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en los registros públicos y de la tramitación del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes serán por cuenta del adjudicatario. Los bienes no serán entregados en tanto no se acredite el pago, exención o no sujeción a dichos tributos.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 24/12/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha24/12/2019

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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