Boletín Oficial de Navarra del 4/12/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Miércoles, 4 de diciembre de 2019

Número 238 - Página 13879

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.4. SUBVENCIONES, AYUDAS Y BECAS
ORDEN FORAL 166/2019, de 15 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas económicas para el acceso de personas mayores a comedores entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31
de octubre de 2020, así como el procedimiento para la selección de entidades colaboradoras en la gestión de las mismas. Identificación BDNS: 482164.
La Ley Foral 15/2006, de 14 de diciembre, de Servicios Sociales, establece en su artículo 2 que las actuaciones de los poderes públicos en materia de servicios sociales tendrán como objetivos esenciales, entre otros, mejorar la calidad de vida y promover la normalización, participación e integración social, política, económica, laboral, cultural y educativa de todas las personas, promover la autonomía personal, familiar y de los grupos, fomentar la cohesión social y la solidaridad, prevenir y atender las situaciones de exclusión de las personas y de los grupos, así como atender las necesidades derivadas de la dependencia y de la carencia de recursos básicos, disponiendo que el instrumento en el que se establecerán las prestaciones del sistema público de servicios sociales será la Cartera de Servicios Sociales.
El Decreto Foral 30/2019, de 20 de marzo, por el que se modifica el Decreto Foral 69/2008, de 17 de junio, aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General. El Anexo II de dicho Decreto Foral, referido a las Prestaciones no garantizadas, incluye entre las prestaciones destinadas a la atención de personas mayores, la prestación económica para comedores. Constituye el objeto de dicha prestación ayudar económicamente a las personas mayores con el fin de ofrecerles un menú equilibrado, a precios asequibles, en comedores.
Por lo tanto, es objeto de la presente convocatoria facilitar a las personas mayores con escasos recursos económicos el acceso a comedores, con la finalidad de asegurar la ingesta diaria de una dieta equilibrada, fomentando de esta manera la permanencia en su propio entorno con una adecuada calidad de vida, potenciando la promoción de la autonomía y previniendo las situaciones de dependencia.
La Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, establece el régimen jurídico general aplicable a las subvenciones otorgadas con cargo a los Presupuestos Generales de Navarra para el fomento de actividades de utilidad pública o de interés social.
El artículo 17.1 in fine de esta Ley Foral regula el régimen de concesión de evaluación individualizada, definiendo como tal, aquel en el que la normativa o las bases reguladoras establecen los criterios para evaluar las solicitudes y asignarles la subvención con la intensidad que resulte de dicha evaluación, siendo tramitados y resueltos los expedientes conforme se vayan presentando y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello.
La citada Ley Foral también prevé la posibilidad de adelantar las convocatorias al ejercicio presupuestario, siempre que se condicione la concesión a la existencia de créditos en el ejercicio correspondiente.
Así mismo, la citada ley contempla la figura de la Entidad Colaboradora para la gestión de las subvenciones obligando, cuando se trate de personas sujetas a derecho privado, a que la selección de las mismas, se realice mediante un procedimiento sometido a los principios de publicidad, concurrencia, igualdad y no discriminación.
Por Decreto Foral 172/2015, de 3 de septiembre, se ha aprobado los Estatutos de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, otorgándosele a este organismo competencias sobre la materia que afecta a la presente convocatoria.
Mediante Acuerdo del Gobierno de Navarra de 6 de noviembre de 2019, se ha autorizado la aprobación de la convocatoria de ayudas económicas para el acceso de personas mayores a comedores entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de octubre de 2020, mediante régimen de evaluación individualizada.
Vistos los informes técnicos y jurídicos obrantes en el expediente, que ponen de manifiesto la oportunidad e interés público de la aprobación de la presente convocatoria, así como la legalidad de la misma y sus correspondientes bases reguladoras.
En consecuencia, en virtud de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente y por el Decreto Foral 92/2019, de 14 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Derechos Sociales, ORDENO:
1.º Aprobar la convocatoria de ayudas económicas para el acceso de personas mayores a comedores entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de octubre de 2020, y las bases por las que se regirá la misma, que se adjuntan como anexo I a la presente Orden Foral.
2.º Aprobar las bases del procedimiento para la selección de entidades colaboradoras en la gestión de las ayudas económicas para el
acceso de personas mayores a comedores, que se adjuntan como anexo II a la presente Orden Foral.
3.º Autorizar un gasto de 45.000,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 920005 93100 4809 231B02 denominada Subvención a comedores, o partida análoga que se habilite al efecto, correspondiente al presupuesto de gastos del año 2020, condicionada a la existencia de crédito.
4.º Publicar esta Orden Foral en el Boletín Oficial de Navarra, a los efectos oportunos.
5.º Trasladar esta Orden Foral a la Sección de Programas y Gestión de Subvenciones de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, al Centro Contable de la Sección de Gestión Económica y Presupuestaria y al Negociado de Asuntos Administrativos de la Secretaría General Técnica, así como a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a los efectos oportunos.
Pamplona, 15 de noviembre de 2019.La Consejera de Derechos Sociales, M. Carmen Maeztu Villafranca.
ANEXO I
Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas económicas paraelacceso de personas mayores a comedores 1.Objeto.
Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas económicas a personas mayores con escasos recursos económicos, para facilitar su acceso a comedores durante el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de octubre de 2020.
2.Convenios de colaboración con entidades colaboradoras.
La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas formalizará acuerdos de colaboración con entidades colaboradoras, seleccionadas según el procedimiento establecido en el Anexo II, en el que se concretan los términos y condiciones de dicha colaboración, según lo estipulado en el artículo 11 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre de Subvenciones.
3.Personas beneficiarias y requisitos.
3.1. Serán personas beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el apartado B-11 Prestación económica para comedores del Anexo II del Decreto Foral 30/2019 de 20 marzo por el que se modifica el Decreto Foral 69/2008, 17 de junio, por el que se aprueba la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General:
Las personas mayores y sus cónyuges, parejas estables o personas con relación análoga de afectividad.
3.2. Los requisitos para acceder a estas ayudas son los siguientes:
a Ser pensionista de jubilación o invalidez y tener 60 años cumplidos.
b Ser pensionista de viudedad y tener 55 años cumplidos.
c Tener autonomía funcional para desenvolverse en el comedor.
d No presentar problemas graves de comportamiento que alteren la normal convivencia en los establecimientos.
Excepcionalmente, podrán concederse estas ayudas a aquellos solicitantes que, a pesar de no reunir los requisitos señalados, se acredite mediante informe social la necesidad de percepción de la misma.
4.Presentación de solicitudes y documentación a aportar.
4.1. Presentación de las solicitudes.
4.1.1. Las solicitudes, acompañadas de la documentación correspondiente, se presentarán en el Registro de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas calle González Tablas, 7, C.P. 31005
Pamplona, telemáticamente a través del Registro General Electrónico creado y regulado mediante el Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio, en el Registro General del Gobierno de Navarra, a través de las oficinas de Correos o en cualquiera de los lugares previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
4.1.2. Las solicitudes se formularán en los impresos facilitados en los Servicios Sociales de Base o en las oficinas de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas. También podrán obtenerse en la página web de este organismo.
4.2. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de las solicitudes será el siguiente:
Para las personas que en el año 2019 sean usuarias del comedor con anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria, el plazo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 4/12/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha04/12/2019

Nro. de páginas118

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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