Boletín Oficial de Navarra del 29/11/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Viernes, 29 de noviembre de 2019
Río Tudela y el barranco procedente de Molinaz en cuya trayectoria se ubica la unidad AR-U02.
Desde el punto de vista de la prevención de riesgos por movimientos de masas, en la zona de contacto del casco urbano con los cortados se incluye una línea de seguridad según proyecto técnico de estabilización y establecimiento de medidas correctoras del talud rocoso y una banda de protección de 50 m. Es en este entorno donde se localizan las cuevas de Arguedas, con un valor etnográfico destacable, cuya visión no podrá quedar oculta por edificaciones en su frente.
En relación a las afecciones acústicas, forma parte de la documentación el Estudio de Ruido e incluye la Zonificación acústica del municipio, tal y como establece el RD1367/2007 de 19 de octubre por el que se desarrolla la Ley 37/2003 de 17 de noviembre, del Ruido.
La propuesta de ordenación del suelo rústico se aborda desde la categorización en suelo no urbanizable de protección y de preservación.
Una de las principales modificaciones que se han introducido en el Plan a lo largo de su tramitación, ha sido la eliminación de las subcategorías de suelo no urbanizable denominadas Desarrollo de energías renovables, Desarrollo de agricultura ecológica, Desarrollo turístico y apoyo al turismo.
Finalmente han pasado a ser ámbitos a los que se asignan unos usos prioritarios frente a otras zonas del municipio, como son los relativos a la implantación de energías renovables y de actividades turísticas En el caso del Área de Energías Renovables en el entorno de la Virgen del Yugo, hay que indicar que ya cuenta con limitaciones ambientales. En cualquier caso, las actividades que se implanten en estos ámbitos, quedan sujetas a la tramitación ambiental que les corresponda.
Analizada la documentación completa, el Servicio de Biodiversidad informa que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica está completo y emite informe favorable sobre el Plan Urbanístico Municipal de Arguedas.
A la vista de los informes que figuran en el expediente, considerando que el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica se ha desarrollado adecuadamente y, en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 32 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Sector Público Institucional Foral y el Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 22/2019 de 6 de agosto, por el que se establece la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y Decreto Foral 258/2019, de 23 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, RESUELVO:
1.º Se formula Declaración Ambiental Estratégica sobre el Plan General Municipal de Arguedas, promovido por el Ayuntamiento de Arguedas.
2.º El Plan deberá desarrollarse siguiendo los criterios de protección medioambiental incluidos en el estudio ambiental estratégico, y aplicando todas las medidas correctoras establecidas en el mismo.
3.º Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.
4.º Notificar esta Resolución, al Sección de Urbanismo y al Ayuntamiento de Arguedas, a los efectos oportunos.
Pamplona, 11 de noviembre de 2019.El Director General de Medio Ambiente, Pablo Muñoz Trigo.
ANEXO I
Resumen del Plan Urbanístico Municipal y del Estudio de Incidencia Ambiental El análisis, diagnóstico y propuestas efectuadas afectan a la totalidad del término municipal, con una extensión superficial de 66,43 km.
Los objetivos fundamentales del Plan Urbanístico son la determinación del desarrollo urbano ordenado y sostenible resolviendo las necesidades de suelo residencial, dotacional y de actividades económicas del municipio.
Además, el Plan responde a los objetivos de asegurar el mantenimiento del tejido urbano existente, así como su correcto engarce con las nuevas extensiones, favoreciendo formas de movilidad más sostenible en Arguedas.
En el contexto territorial, el principal objetivo planteado es, siguiendo los criterios del POT 5, asegurar la conservación y restauración de los valores naturales, la biodiversidad y el paisaje de Arguedas como principales recursos de desarrollo endógeno y sostenible del municipio y en especial del desarrollo sostenible de las actividades agrícolas, ganadera y turísticas.
La propuesta del Plan Urbanístico Municipal para el medio urbano plantea diferenciar un área residencial y otra industrial. El modelo de ocupación en ambas áreas consiste en su consolidación y previsión de un crecimiento controlado, en el que el futuro desarrollo se produzca en su entorno inmediato, contribuyendo de esta forma a la mejora de la movilidad y de la accesibilidad interior. Para el área residencial, además, se plantea la cualificación del tejido actual y su restauración funcional y morfológica, a través de la implantación de usos residenciales en solares vacantes, zonas de borde así como en parcelas ocupadas actualmente por industrias y almacenes.

Número 236 - Página 13859
Con este criterio el PUM delimitan 7 sectores de planeamiento nuevo:
SP01 a SP04, que configuran el crecimiento hacia el suroeste, el SP05
y 06, establecen el límite sur del núcleo urbano y el SP07 en el extremo oeste. Estas previsiones residenciales suponen una superficie total de 183.605 m.
En cuanto a las necesidades de suelo industrial, se considera suficiente el suelo urbanizable industrial existente, si bien procede definir como reserva a futuro aquellos suelos contiguos al actual polígono ValtierraArguedas.
En relación al Suelo No Urbanizable y teniendo en cuenta las subcategorías derivadas del TRLFOTU y del POT 5, se establecen la clasificación del suelo y las normas de regulación de actividades y usos:
Dentro del suelo de valor ambiental se recogen los espacios naturales protegidos ZEC Río Ebro y ZEC Bardenas Reales y los cursos de agua. Completan estas zonas de valor ambiental, los pinares y los escasos coscojares como formaciones arboladas con valor ambiental, las formaciones arbustivas y herbáceas romerales, tomillares, aulagares, pastizales e incluso sisallares y ontinares y el área de interés esteparia Eguaras-Peñarroya, situada al norte de la ermita del Yugo.
Los enclaves de valor paisajístico acogen el Paisaje Singular Sierra del Yugo por su valor patrimonial y etnográfico y como referente del paisaje ribero, y el Paisaje Natural de los escarpes de yesos.
Como suelos destinados a explotación natural figuran los regadíos incluidos en el Plan Foral de Regadíos y los suelos de elevada capacidad agrológica. También se incluyen los cultivos, y los regadíos, diferenciando, el regadío tipo 1, de elevada calidad y productividad; el de tipo 2, muy singular por su mayor salinidad; y el de tipo 3 como regadío eventual.
Dentro de los suelos destinados a infraestructuras se incluyen las carreteras locales NA-8705 Acceso a Arguedas, NA-7564 Acceso a NA-134-NA-8712, NA-8712 Travesía de Arguedas a Valtierra y la carretera de interés de la Comunidad Foral NA-134 Eje del Ebro. Y la propuesta de suelo de preservación destinada a infraestructuras recae en el camino rural que actúa de límite del núcleo urbano por el sureste, coincidiendo con un tramo de la Pasada 8.
Los valores culturales del municipio están representados por la Basílica de Nuestra Señora del Yugo y los yacimientos arqueológicos, entre los que destaca el Yacimiento y necrópolis denominado Castejón I y II.
También se incluyen los las vías pecuarias a su paso por Arguedas y los caminos tradicionales de interés local, constituidos por la red de caminos del municipio.
La reserva de suelo como de salvaguarda del modelo de desarrollo para un futuro posible crecimiento urbano se localiza en los parajes de Mirasnel, La Palomilla, parte del paraje de Sopeña y la parte situada al norte del camino que atraviesa el paraje de La Alberca.
Resumen del Estudio Ambiental Estratégico El Estudio Ambiental Estratégico identifica los objetivos del Plan.
Incluye un análisis completo de las distintas alternativas valoradas para cada una de las propuestas, justificando la solución adoptada.
El Estudio incluye un análisis y diagnóstico del municipio que integra datos del medio físico y biótico referentes a la climatología, geología y geomorfología, clases agrológicas, erosión e hidrología. Describe la vegetación, los hábitats, la fauna, el paisaje, los riesgos naturales, y las unidades ambientales. En el análisis del medio socio-económico se estudian los usos del suelo, los espacios naturales protegidos y los elementos de interés territorial. El análisis de vectores ambientales recoge las emisiones a la atmósfera, ruido, gestión de residuos, ciclo del agua y energía.
A partir de la identificación del modelo territorial y urbano con las propuestas del Plan y de los usos que se realizan en el suelo rústico, se establecen objetivos y prioridades para la protección y conservación ambiental.
En el capítulo 9 del Estudio Ambiental Estratégico se identifican y valoran los impactos del Plan sobre el medio natural y social y concluye que el Plan Municipal de Arguedas respeta la identidad del territorio, permitiendo los usos actuales, favoreciendo el desarrollo de nuevos sectores económicos emergentes, regulando y mejorando las condiciones existentes.
El Estudio Ambiental Estratégico y el Plan Municipal incorporan desde el inicio la variable ambiental en su desarrollo, por ello los principales impactos detectados en fases anteriores se han minimizado e incluso desaparecido dejando impactos de tipo genérico.
El capítulo 10 del Estudio Ambiental Estratégico desarrolla una propuesta de medidas protectoras y preventivas destinadas a evitar o minimizar los impactos, que el modelo de ocupación propuesto pudiera conllevar.
El Plan de Vigilancia Ambiental, que se presenta en el capítulo 11 del Estudio Ambiental Estratégico, tiene como objetivo exponer las cautelas y criterios de control a tener en cuenta en el desarrollo del Plan Municipal, con objeto de reducir las afecciones.
F1914431

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 29/11/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha29/11/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930