Boletín Oficial de Navarra del 29/11/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Viernes, 29 de noviembre de 2019
3. Instituciones universitarias, científicas y de investigación.
4. Autónomos y microempresas.
Criterios para premiar una buena práctica Los principales criterios considerados para premiar una Buena Práctica son los siguientes; señalando que será condición indispensable, el cumplimiento simultáneo de los criterios: 1. Impacto, 2. Asociacionismo y 3. Sostenibilidad; el resto se consideran criterios adicionales:
1.Impacto.
Ser iniciativas concluidas o puestas en marcha, que ofrezcan resultados comprobables, valorándose su impacto. Una buena práctica debe demostrar un impacto positivo y tangible en las condiciones de vida de las personas.
a Vivienda sostenible y desarrollo comunitario:
I Suministro de agua potable y saneamiento;
II Vivienda asequible, servicios e infraestructura comunitarias;
III Acceso a la tierra, tenencia y financiación;
IV Planificación y participación comunitaria en la toma de decisiones y asignación de recursos;
V Renovación y rehabilitación del interior de las zonas urbanas, barrios y asentamientos;
VI Tecnologías y materiales de construcción seguros y saludables.
b Desarrollo urbano y regional sostenible:
I Generación de empleo y erradicación de la pobreza;
II Reducción de la contaminación y mejora de la salud ambiental;
III Mejor acceso al transporte público y comunicaciones;
IV Mejor recolección, reciclaje y reutilización de la basura;
V Ajardinamiento de la ciudad y uso efectivo del espacio público;
VI Mejores ciclos de producción y consumo, incluyendo sustitución o reducción de recursos no renovables;
VII Protección y conservación de los recursos naturales y del medio ambiente;
VIII Uso y producción más eficaz de la energía;
IX Preservación de los lugares históricos/culturales más importantes;
X Formulación y puesta en práctica de estrategias de desarrollo urbano integradas y globales.
c Gestión sostenible, eficaz, responsable y transparente de asentamientos:
I Sistemas de gestión, administración e información más eficaces y efectivos;
II Igualdad y equidad de género en la toma de decisiones, distribución de recursos y diseño y puesta en práctica de programas;
III Reducción y prevención de los delitos;
IV Mejor preparación contra desastres, mitigación y reconstrucción;
V Integración social y disminución de la exclusión;
VI Liderazgo al inspirar acción y cambio, incluyendo cambios en materia de política pública;
VII Fomento de la responsabilidad y la transparencia;
VIII Fomento de la igualdad y equidad social;
IX Mejorar la coordinación entre agencias.
2.Asociacionismo.
Se valorará su grado de asociacionismo. Las Buenas Prácticas deben fundamentarse en asociaciones con al menos dos de los actores siguientes, como ejemplo:
1. Entidades Locales.
2. Entidades sin ánimo de lucro: Cooperativas, corporaciones, fundaciones, federaciones y asociaciones.
3. Instituciones universitarias, científicas y de investigación.
4. Autónomos y microempresas.
5. Otro tipo de asociaciones.
3.Sostenibilidad.
Las Buenas Prácticas deben demostrar su impacto tangible e integrado, teniendo más valor aquellas prácticas que simultáneamente sean viables económicamente, socialmente no excluyentes y respetuosas con el medio ambiente, y además logren cambios duraderos en al menos una de las siguientes áreas mencionadas a continuación:
a Marcos legislativos y reglamentarios, normas subsidiarias o estándares brindando un conocimiento formal de temas y problemas a los cuales se han dirigido.
b Políticas sociales y/o estrategias sectoriales a nivel regional o local que tengan la posibilidad de réplica.
c Marcos institucionales y procesos para la adopción de decisiones que asignen roles claros y responsabilidades a varios niveles y a grupos de actores, tales como organizaciones centrales y locales gubernamentales y organizaciones de base comunitaria.

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d Sistemas de gestión eficaces, transparentes y responsables que hagan uso más efectivo de los recursos humanos, técnicos, financieros y naturales.
De una manera transversal se valorarán los proyectos por el grado de cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas y aquellas concreciones locales como puede ser la Nueva Agenda Urbana.
4.Liderazgo y fortalecimiento de la comunidad.
a Liderazgo que inspire acción y cambios, incluyendo cambios en materia de política pública.
b Fortalecimiento de las personas, vecindarios y comunidades y la incorporación de sus contribuciones.
c Aceptación y receptividad a la diversificación social y cultural.
d Posibilidades para la transferencia, adaptación y replicabilidad.
e Medidas pertinentes a las condiciones locales y los niveles de desarrollo.
5.Igualdad de género e inclusión social.
Iniciativas que acepten y respondan a la diversidad social y cultural, fomenten la igualdad y la equidad social, por ejemplo sobre la base de ingresos, sexo, edad, condición mental y física; y reconozcan y valoren las diferentes habilidades.
6.Innovación en el contexto local y transferibilidad.
Tendrán más valor aquellas prácticas cuyo carácter innovador sirva de ejemplo y pueda ser imitado y adaptado por otras experiencias.
Deben destacar o suponer un diferencial respecto a la práctica habitual de su sector.
Deben ser realizadas voluntariamente. No pueden ser solo actividades exigidas por la legislación vigente, han de suponer un compromiso más allá del imperativo legal.
7.Transferencias.
a Impacto tangible resultante de la transferencia de una o más ideas, habilidades, procesos, conocimientos, destrezas y/o tecnología.
b Cambios en políticas o prácticas.
c Sostenibilidad de la transferencia como parte de un proceso continuo de aprendizaje y cambio que perdure en el tiempo.
Presentación de solicitudes Las solicitudes a la presente convocatoria se realizarán mediante cualquiera de los medios establecidos al efecto, acompañadas de la Ficha de Recogida de Datos adjunta y se dirigirán a la Sección de Sostenibilidad, Educación Ambiental y Participación Pública:
Calle González Tablas, 9 - primera planta, 31005 Pamplona.
Teléfono: 848 42 75 82 / 848 42 49 10.
Correo electrónico: sostenibilidad@navarra.es / jasangarritasuna@
navarra.es.
La Ficha de recogida de datos deberá remitirse en formato digital.
Opcionalmente se podrán incluir los siguientes materiales de apoyo:
a Artículos publicados en periódicos, revistas u otras publicaciones.
b Vídeos en formato digital estándar de máximo 10 minutos de duración.
c Fotografías u otro material gráfico.
d Folletos u otro material publicitario.
Las solicitudes deberán presentarse desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria hasta el 30 de junio de 2020 inclusive.
Proceso de selección Las solicitudes recibidas, hasta el jueves 30 de junio de 2020 inclusive, pasarán por el siguiente proceso:
1. Todas las iniciativas que cumplan con los criterios básicos de Buena Práctica serán enviadas a un Comité de Expertos para su debida revisión, que estará constituido por las siguientes personas, o aquellas que, en su caso, las sustituyan:
Carolina Sanchez-Pedreño Manglano, Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento.
Juan Jesús Echaide, de la Federación Navarra de Municipios y Concejos.
Andoni Iso Tinoco, del Departamento de Sociología de la Universidad Pública de Navarra.
Inazio Irigoien Iriarte, del Departamento de Producción Agraria de la Universidad Pública de Navarra.
Juan José Pons Izquierdo, del Departamento de Geografía de la Universidad de Navarra.
Susana Cuesta Márquez, Jefa de la Sección de Planificación y Estudios Económicos, de la Dirección General de la Administración Local, Gobierno de Navarra.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 29/11/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha29/11/2019

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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