Boletín Oficial de Navarra del 10/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de Navarra

Jueves, 10 de octubre de 2019

Número 201 - Página 12379

En caso de que el sobre cerrado se remita por correo postal, las condiciones de presentación serán las siguientes:
Una vez remitido el sobre cerrado por correo postal, se enviará ese mismo día comunicación escrita a la dirección recaudacion.
ejecutiva@cfnavarra.es informando de la presentación de la oferta por correo postal y adjuntando escaneado el resguardo de realización de oferta debidamente firmado y sellado por la oficina de presentación.
Remitir el sobre cerrado mediante servicio de correo que asegure la entrega del mismo en la dirección señalada de nuestras dependencias, en horario de oficina lunes a viernes, de 9:00 horas a 14:30 horas, y siempre antes de las 14:30 horas del día anterior a la celebración de la adjudicación directa.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será aceptada la oferta enviada.
Las ofertas tendrán el carácter de máximas.
La presentación de ofertas en sobre cerrado no impedirá la participación presencial de los licitadores con posturas superiores a las del sobre.
Una vez abiertos los sobres, se partirá de la oferta más alta pudiendo los postores presentes mejorar sus ofertas en tramos equivalentes en tramos de 900,00 euros.
No se admitirán depósitos en metálico.
Se apercibe a los licitadores que la constitución del depósito supone la presentación de oferta.
El adjudicatario queda obligado a entregar en el acto de adjudicación o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación. De no efectuarse en plazo, dicho depósito de garantía se ingresará en firme en la Tesorería de la Comunidad Foral sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirían por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.
La Hacienda Tributaria de Navarra se reserva el derecho a pedir la adjudicación para la Comunidad Foral del bien que no hubiera sido objeto del remate, conforme a lo establecido en el artículo 147 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.
6.º Cuando los bienes enajenados mediante adjudicación directa sean susceptibles de inscripción en Registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad aportados en el expediente, no teniendo derecho a exigir otros.
7.º Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en los registros públicos y de la tramitación del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes serán por cuenta del adjudicatario. Los bienes no serán entregados en tanto no se acredite el pago, exención o no sujeción a dichos tributos.
8.º Consta en el expediente que el inmueble objeto de enajenación se encuentra desocupado por no tratarse de la residencia habitual de los titulares.
9.º El adjudicatario exonera expresamente a Hacienda Tributaria de Navarra, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por la Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo de los mismos los gastos que queden pendientes de pago.
10.º Según el Servicio de Vivienda Departamento de Derechos Sociales el inmueble no dispone de cédula de habitabilidad.
11.º Este órgano de recaudación desconoce si el inmueble subastado dispone de certificado de eficiencia energética. A los efectos del Real Decreto 235/2013 de 5 de abril sobre Procedimiento Básico para la Certificación de Eficiencia Energética de los Edificios, la parte compradora exonera expresamente a la parte vendedora de su exhibición y puesta a disposición.
12.º En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales y reglamentarias que regulen el acto.
Para cualquier información adicional podrán comunicarse con el personal de la Sección de Recaudación Ejecutiva Teléfono 848-428693
correo electrónico: recaudacion.ejecutiva@cfnavarra.es.
Pamplona, 3 de octubre de 2019.La Jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva, Sonia Ruiz Millán.
F1912865

ARANGUREN
Requerimiento sobre vehículo abandonado Expediente 18/2019
No habiéndose podido realizar las notificaciones de requerimientos sobre vehículos abandonados a la que se hace referencia en el artículo 71.1.a de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a publicar las citadas notificaciones en el Boletín Oficial de Navarra.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1.a de la Ley sobre tráfico y el artículo 37 de la Ordenanza de Tráfico del Ayuntamiento del Valle de Aranguren, si en el plazo de quince días el vehículo no ha sido retirado del depósito municipal, previo pago de los gastos de retirada y custodia, los mismos se considerarán residuos sólidos urbanos y serán llevados al desguace.
Los plazos indicados empezarán a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Navarra.
Mutilva, 23 de septiembre de 2019.El Alcalde, Manuel Romero Pardo.
RELACIÓN DE EXPEDIENTES
Propietario: CARCRISLAN S.L. Matrícula: 3544CFJ. Fecha entrada:
23/09/2019.

L1912852

ARGUEDAS
Baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes Por Resolución de Alcaldía número 19/171, de fecha 23 de agosto de 2019, y a instancias del arrendatario de la vivienda, sita en calle Sancho Ramírez, número 5, 1.º B se incoa expediente administrativo para proceder a la baja de oficio por inscripción indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de Arguedas, de conformidad con lo previsto en el artículo 72
del Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio RPDEL y en relación con el artículo 54 del mismo se procede a la notificación de las personas que se relacionan a continuación por medio de anuncio en el Boletín Oficial de Navarra, Boletín Oficial del Estado y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Arguedas, y en cumplimiento de dicho Decreto así como de la Resolución de 30 de enero de 2015, se otorga un plazo improrrogable de 15 días hábiles, a contar desde la fecha de publicación del presente edicto para que el interesado pueda alegar y presentar cuantos documentos y justificaciones estime pertinentes al objeto de acreditar su residencia efectiva y habitual en esta localidad.
Arguedas, 7 de octubre de 2019.El Alcalde, Fernando Mendoza Rodríguez.
ANEXO
Expediente: 12/2019. Tarjeta residencia o pasaporte: Y2323324Q.
Fecha nacimiento: 25/09/1976. País de nacionalidad: Marruecos.
Expediente: 13/2019. Tarjeta residencia o pasaporte: X7566000N.
Fecha nacimiento: 01/01/1950. País de nacionalidad: Marruecos.

L1912937

MILAGRO
Bajas por caducidad en el Padrón Municipal de Habitantes El Alcalde del Ayuntamiento de Milagro, ha resuelto declarar la caducidad de la inscripción y acordar la baja en el Padrón Municipal de Habitantes de este municipio de las personas que se detallan en el anexo adjunto. Estas bajas se realizaran en base al artículo 16 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local modificado por la Ley Orgánica 14/2003. La fecha de baja será la de la notificación al interesado o, en su defecto, la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
Habiendo resultado imposible practicar la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de dicha Ley.
Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:
a Recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución.
b Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes desde la notificación de la misma.
c Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.
El Alcalde, Documento firmado electrónicamente.
RELACIÓN DE EXPEDIENTES
Expediente: -. Nombre y apellidos: -. Tarjeta residencia o pasaporte:
QS5686403. Fecha nacimiento: 15/11/1994. País de nacionalidad: Marruecos. Fecha caducidad: 24-3-2019.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 10/10/2019

TítuloBoletín Oficial de Navarra

PaísEspaña

Fecha10/10/2019

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones4641

Primera edición02/03/2001

Ultima edición29/08/2023

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