Boletín Oficial de la Rioja del 05/11/2020
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Fuente: Boletín Oficial de La Rioja
Jueves, 5 de noviembre de 2020
Núm.149
Página 13447
Artículo3.Limitaciónalapermanenciadepersonasenlugaresdeculto.
1.Sepermitirálaasistenciaalugaresdecultosiemprequenosesupereelterciodesuaforo.Debegarantizarsela distanciadeseguridadinterpersonalde1,5metrosyutilizacióndemascarilla.
2.Lautilizacióndelexteriordelosedificiosodelavíapúblicaparalacelebracióndeactosdecultodeberáseraprobadapor laautoridadmunicipalcorrespondiente,ydeberánestablecerselasmedidasnecesariasparaprocurarmantenerladistancia deseguridadinterpersonalde1,5metrosyelusodemascarilla.
3.Nosepermitiráelusodeaguabenditaylasablucionesritualesdeberánrealizarseenprivado,enlugardiferentedel deculto.
4.Duranteeldesarrollodelascelebracionesseevitaráelcontactopersonal,eltocarobesarobjetosdedevociónuotros objetosquehabitualmentesemanejen.
Artículo4.Prestacionespersonalesdeestudiantesdelgradodeenfermeríaensuúltimoañodeformación.
Seestablecelaprestaciónpersonalobligatoriadelosestudiantesdelgradodeenfermeríaensuúltimoañodeformación.
Entodocasosusfuncionesseránlasdeauxiliosanitarioysetienenquedesarrollarencalidaddeapoyoybajosupervisión deunprofesionalsanitario.
Disposiciónfinalprimera.ModificacióndelDecretodelaPresidenta15/2020,de28deoctubre,sobremedidasespecíficas paracontenerlapropagacióndeinfeccionescausadasporelSARS-CoV-2enlaComunidadAutónomadeLaRioja.
Uno.Semodificaelartículo3.1.aquequedaredactadocomosigue:
a Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, centros sociosanitarios, centros de día y centros ocupacionales.
Dos.Semodificaelartículo3.2.aquequedaredactadocomosigue:
a Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, centros sociosanitarios, centros de día y centros ocupacionales.
Tres.Semodificaelartículo3.1.gquequedaredactadocomosigue:
gEnelámbitodeportivo,podránentrarysalirdelterritoriodelaComunidadAutónomadeLaRiojaydelaslocalidades confinadas,paraentrenarycompetir,losequiposqueparticipenenLigasProfesionalesLaLigayACB,asícomoelresto decompeticionesoficialesabsolutasdeámbitoestatalquepertenezcanalprimer,segundoytercerniveldeportivo.Aestos efectos,seentiendequeformanelequipotantolosdeportistascomoelpersonaltécnico.
Enelcasodedeportistasdedeportesindividuales,podránentrarysalirdelterritoriodelaComunidadAutónomadeLa Riojaydelaslocalidadesconfinadas,paraentrenaryparaparticiparenCampeonatosdeEspañaocompeticionesoficiales deámbitointernacional,losdeportistascatalogadoscomodeAltoNivelDANodeAltoRendimientoDAR.
Cuatro.Semodificaelartículo3.2.gquequedaredactadocomosigue:
gEnelámbitodeportivo,serádeaplicaciónelartículo3.1.g Disposiciónfinalsegunda.Eficacia.
ElpresentedecretosurtiráefectoselmismodíadesupublicaciónenelBoletínOficialdeLaRioja.
Logroñoa4denoviembre2020.-LaPresidenta,ConcepciónAndreuRodríguez.
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