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Boletín Oficial de la Región de Murcia del 7/1/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia
Número 4
Sábado, 5 de enero de 2019
Página 625
Quinto: En la tramitación de este procedimiento se han cumplido todas las formalidades legales.
Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos lo pronuncio, mando y firmo.
Esta Sentencia es firme al no superar la cuantía reclamada la de 3.000 €
conforme al artículo 455.1 de la LEC, según la reforma operada por la Ley 37/11, de 10 de octubre.
Fallo Que estimando totalmente la demanda interpuesta por doña Fuensanta Belmonte Tornel, en nombre y representación de la mercantil Lubricantes y Grasas, S.A., contra don Juan Antonio Abellán Abellán y la mercantil Alacid y Abellán Autocentro, S.L., debo condenar a los demandados a que abonen a la mercantil actora la cantidad de quinientos noventa y dos euros con treinta y dos céntimos 592,32 €, más los intereses legales, así como al pago de las costas judiciales.
Y encontrándose dicho demandado, Alacid Abellán Autocentro S.L., Juan Antonio Abellán Abellán, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
Jumilla, 25 de octubre de 2018.El Letrado de la Administración de Justicia.
NPE: A-050119-136
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D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474