Boletín Oficial de la Región de Murcia del 7/1/2020

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 4

Sábado, 5 de enero de 2019

III. Administración de Justicia Primera Instancia e Instrucción número Dos de Jumilla 136

Juicio verbal 28/2017.

N.I.G.: 30022 41 1 2016 0000742
JVB juicio verbal 28/2017
Sobre: Reclamación de cantidad Demandante: Lubricantes y Grasas S.A.
Abogado: Francisco Javier Gil López Demandado: Alacid Abellán Autocentro S.L., Juan Antonio Abellán Abellán Don Alberto Rodríguez Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Jumilla, por el presente, Anuncio:
En el presente procedimiento Juicio verbal civil, seguido a instancia de Lubricantes y Grasas S.A. frente a Alacid Abellán Autocentro S.L., Juan Antonio Abellán Abellán se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
En la ciudad de Jumilla, a veintiuno de mayo del año dos mil dieciocho.
El Sr. Julio Botella Forné, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Jumilla y su Partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal núm.
28/17 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandantes la mercantil Lubricantes y Grasas, S.A., representada por la Consejera Delegada doña Fuesanta Belmonte Tornel y, asistida por el Letrado don Francisco Javier Gil López, y de otra como demandado don Juan Antonio Abellán Abellán y la mercantil Alacid y Abellán Autocentro, S.L., ambos en legal situación de rebeldía, que versa sobre reclamación de cantidad.
Antecedentes de hecho Primero: Que a instancias de la Consejera Delegada doña Fuensanta Belmonte Tornel, en nombre y representación de la mercantil Lubricantes y Grasas, S.A., se sigue en este Juzgado demanda de juicio verbal contra don Juan Antonio Abellán Abellán y la mercantil Alacid y Abellán Autocentro, S.L., en la que solicitaba al Juzgado se dicte sentencia por la que se condene al demandado al pago de la cantidad de quinientos noventa y dos euros con treinta y dos céntimos 592,32 €, más los intereses legales, así como al pago de las costas judiciales.
Segundo: Admitida a trámite la demanda, se acordó emplazar a las partes demandadas para que en el plazo de diez días contestase la demanda formulada en su contra con los apercibimientos legales correspondientes.
Tercero: Emplazadas en legal forma la parte demandada, las mismas no contestaron a la demanda, declarándosela en rebeldía mediante Diligencia de Ordenación de fecha 27 de marzo de 2018.
Cuarto: La parte actora manifestó la no necesariedad de celebración de vista conforme al artículo 438.4 de la LEC, quedando los autos para resolver.
NPE: A-050119-136

Página 624

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 7/1/2020

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha07/01/2020

Nro. de páginas216

Nro. de ediciones12301

Primera edición10/07/1982

Ultima edición12/07/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones