Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 28/8/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

2016 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL

"2020 - AÑO DEL GENERAL MANUEL BELGRANO"
AÑO XXIX
- Ushuaia, Jueves 02 de Enero de 2020 - Nº 0000

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Nº 4674

AÑO XXIX

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
BOLETIN OFICIAL
República Argentina PODER EJECUTIVO
Prof. Gustavo Adrián MELELLA
Gobernador
Mónica Susana URQUIZA
Vicegobernadora
Lic. Paulo Agustín TITA
Ministro Jefe de Gabinete
Lic. Guillermo Daniel FERNANDEZ
Ministro de Finanzas Públicas
Prof. María Gabriela CASTILLO
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Dra. Judit Jésica Rosana DI GIGLIO
Ministro de Salud
Sonia Elizabeth CASTIGLIONE
Dra. Adriana Cristina CHAPPERON
Ministro deGobierno, Justicia y Derechos Humanos Paula Elizabeth GARGIULO

D.I. Analía Inés CUBINO
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
Leonardo Miguel ZARA

Dr. José Guillermo CAPDEVILA
Secretario General, Legal y Técnico
Carlos Claudio CARRERA
Dr. Federico Armando RUNIN
Secretario de Representación Política de Gobierno
Javier Marcelo EPOSTO

Lic. Andrés Manuel DACHARY
Secretario de Malvinas,Antártida, Islas delAtlántico Sur y Asuntos Internacionales
Ministro de Producción y Ambiente
Marcelo Juan ROMERO
Ministro Trabajo y Empleo Omarde Daniel NOGAR
Prof. Verónica Evangelina GONZALEZ
Ministro de Desarrollo Humano
Ushuaia, Viernes 28 de Agosto de 2020

DECRETOS
DECRETO N 1143

21-08-20

VISTO el Acta Acuerdo N 04/2020 de fecha diecinueve 19 de agosto de 2020; y
$ 17.500,00, de manera retroactiva al mes de julio de 2020, abonada mediante boleta complementaria.
Que el criterio con relación a la política salarial de los empleados públicos refiere a que lo atinente a los sueldos, recomposición y/o mejoramiento salarial es facultad discrecional del titular del Poder Ejecutivo, ello en consonancia con el criterio emanado del Tribunal de Cuentas de la Provincia Informe Legal N 198/2009 Letra T.C.P. C.A..
Que en virtud de la potestad en materia salarial que recae sobre el titular del Poder Ejecutivo, corresponde que se proceda a instrumentar dicho acuerdo mediante la emisión del correspondiente acto administrativo, conforme lo establece el artículo 13 de la Ley Provincial N 113.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.

CONSIDERANDO:
Que la misma ha sido celebrada entre la Dirección Provincial de Obras y Servicios Sanitarios, D.P.O.S.S, representado por su Presidente, Ing.
Cristian PEREYRA, y el Director Provincial, señor Daniel SORO, por una parte; y el Sindicato de Trabajadores de Obras Sanitarias Región Sur, S.I.T.O.S representado por los señores Diego Martín CERRA y Pedro Alejandro LOTO, ambos en carácter de Delegados.
Que en aquella se arriba a un acuerdo entre las partes, respecto de la recomposición salarial de los trabajadores dispuesta a nivel Provincial, Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL
producto de los acuerdos paritarios celebrados en el transcurso del FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
corriente año.
DECRETA:
Que en dicho acuerdo se reconoce el esfuerzo de recomposición y mejora salarial compuesto por una suma fija con carácter remunerativo y no bonificable por un total de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS ARTÍCULO 1.- Aprobar en todos sus términos el Acta Acuerdo sus-

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 28/8/2020

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaísArgentina

Fecha28/08/2020

Nro. de páginas130

Nro. de ediciones3669

Primera edición02/01/2002

Ultima edición17/11/2023

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