Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 23/12/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Sábado, 23 de Diciembre de 2023

Córdoba.
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de Córdoba.
9. PRINCIPIO DE IGUALDAD
El presente proceso se rige por el principio de igualdad establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, y normativa de desarrollo.
Juan Miguel Moreno Calderón El Presidente Junta General Consorcio Orquesta de Córdoba ANEXO I
ESTIPULACIONES DEL CONTRATO
PRIMERA. Objeto del contrato: La persona titular de la Gerencia prestará sus servicios como Gerente de la Orquesta de Córdoba, asumiendo con plena responsabilidad la gestión y administración del Consorcio en base a las directrices establecidas por la Junta General, el Consejo Rector y su Presidencia, y conforme a lo establecido en los Estatutos del Consorcio Orquesta de Córdoba.
Ambas partes suscribirán un contrato laboral de carácter especial de PERSONAL DE ALTA DIRECCIÓN que se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, que regula la relación laboral de personal de alta dirección, por la Disposición adicional octava de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, así como por la normativa general o de aplicación al sector público que proceda, y con carácter supletorio por lo dispuesto en la legislación civil o mercantil.
De forma específica asumirá la dirección de las siguientes materias:
a Elaborar la propuesta de estructura organizativa y de gestión del Consorcio que sea necesaria para la consecución de los fines consorciales.
b Elaborar la propuesta de plantilla y la relación de puestos de trabajo, en razón de las necesidades de su estructura organizativa y de acuerdo con los límites y condiciones previstos en la legislación propia de la Administración a la que esté adscrito el Consorcio.
c Organizar y dirigir al personal de los diferentes servicios del Consorcio.
d Elaborar el proyecto y ejecutar el Plan de Actuación Anual y las líneas generales de actividades adoptadas por la Junta General, elaborando igualmente el proyecto de presupuesto anual del Consorcio.
e Elaborar la propuesta de Normas de funcionamiento de las diferentes áreas del Consorcio.
f Ejercer la gestión presupuestaria y contable, y gestionar la contratación administrativa.
g Ordenar gastos y pagos en la cuantía máxima que determinen las bases de ejecución del presupuesto general.
h Coordinar, impulsar e inspeccionar las áreas del Consorcio.
i Impulsar acuerdos de cooperación con otras Instituciones afines, de naturaleza tanto pública como privada, cuyos fines sean
análogos a los que integran el objeto del Consorcio.
j Formular propuestas para la adopción de Acuerdos, a la Junta General y al Consejo Rector, en los asuntos correspondientes a la ejecución y desarrollo del Plan de Actuación, Línea de Actividades y demás que resulten necesarios.
k Custodiar los archivos y documentación administrativa del Consorcio.
l Cuantas otras se le encomienden, por delegación, por la Presidencia, la Junta General o el Consejo Rector del Consorcio.
Los apoderamientos y mandatos que pudieran conferirse a la persona titular de la Gerencia lo serán en virtud del nombramiento como Gerente de la Orquesta de Córdoba y del presente contrato. Por ello, en caso de producirse la resolución del contrato por desistimiento, dimisión o cualquier otra causa, se entenderán revocados todos los poderes con el mismo acto resolutivo del contrato.
SEGUNDA. Duración: El presente contrato tiene carácter temporal. Su duración será de dos años. Se extiende desde la fecha de su firma hasta dos años naturales.
Se establece un período de prueba de 9 meses.
El contrato podrá prorrogarse por períodos de dos años, en función de los resultados, antes de su vencimiento por acuerdo expreso y por escrito de las partes.
TERCERA. Jornada y vacaciones: La persona titular de la Gerencia queda expresamente excluida del ámbito personal del Convenio Colectivo que regula las relaciones laborales en el seno del Consorcio Orquesta de Córdoba. Respecto a las vacaciones y permisos habrá que estar a lo que establezca el Estatuto de los Trabajadores.
La persona titular de la Gerencia no estará sujeta a jornada y horario determinado, adecuándose su jornada laboral de forma flexible y con plena disponibilidad a las exigencias del cumplimiento de sus obligaciones como Gerente de la Orquesta de Córdoba. La duración de las vacaciones anuales será de 22 días hábiles.
CUARTA. Retribución: La persona titular de la Gerencia percibirá una retribución integrada por los conceptos y cuantías que se relacionan a continuación, según establece la disposición adicional duodécima de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 7/1985, de 2 de abril, modificada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, y se revisará anualmente en los términos que se establezca para cada ejercicio en la Ley de Presupuestos del Estado para el personal al servicio de la Administración General del Estado:
-Retribución básica: Por sus servicios de alta dirección la persona titular de la Gerencia percibirá una retribución anual bruta fija básica de 45.835 euros abonables en doce pagas ordinarias más dos extraordinarias en junio y diciembre.
-Retribución complementaria: Además, percibirá una retribución complementaria que comprende un complemento de puesto y un complemento variable.
El complemento de puesto retribuye las características específicas de las funciones del puesto y se fija en 5.665 euros anual, pagadero en 14 pagas.
El complemento variable tiene como finalidad retribuir el grado de cumplimiento de los objetivos anuales que se establezcan por el Consejo Rector del Consorcio Orquesta de Córdoba con carácter anual, antes del inicio del ejercicio. Para cada anualidad el Consejo Rector determinará el modo o modificación de todo o parte de los objetivos del año anterior. Su abono exigirá una evaluación del cumplimiento de objetivos y resultados, que se realiza-

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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Nº 243 p.10519

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 23/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha23/12/2023

Nro. de páginas8

Nro. de ediciones3541

Primera edición04/01/2010

Ultima edición06/06/2024

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