Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 21/12/2023

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

JUNTA DE ANDALUCIA
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo Delegación Territorial en Córdoba Núm. 5.387/2023
Servicio de Administración Laboral Expediente: 14/01/0198/2023
Código de Convenio: 14002692012009
Visto el Texto suscrito por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa AUTOCARES CARRERA SL años 2023 a 2025, aprobado el día 28 de noviembre de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, modificado por el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía BOJA nº 215, de 31
de octubre, el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la Organización Territorial Provincial de la Administración de la Junta de Andalucía BOJA Ext. nº 90, de 30 de diciembre, modificado por Decreto 300/2022, de 30 de agosto; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, de la Vicepresidencia y sobre Reestructuración de Consejerías BOJA Ext. nº 25, de 26 de julio, modificado por el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto BOJA Ext. nº 27, de 8 de agosto, y el Decreto 155/2022, de 9 agosto, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo BOJA Ext. nº 28, de 11 de agosto, ACUERDA
PRIMERO. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora del Convenio.
SEGUNDO. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Córdoba, 12 de diciembre de 2023. Firmado electrónicamente por la Delegada Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, María Dolores Gálvez Páez.
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA
AUTOCARES CARRERA SL
CAPÍTULO I
"REPRESENTACIÓN Y ÁMBITO
Artículo 1. Representación y ámbito de aplicación El contenido del presente convenio ha sido negociado entre la Dirección de la Empresa Autocares Carrera SL, y la representación legal de los Trabajadores de esta Empresa, siendo el ámbito de aplicación el de todos los trabajadores de la Empresa que presten sus servicios en Córdoba y su provincia.
Artículo 2. Ámbito funcional y personal El presente Convenio colectivo afecta a todos los trabajadores de la Empresa Autocares Carrera SL en Córdoba y su provincia,
Nº 241 p.10364

cuya actividad sea la del transporte de viajeros por carretera y sus actividades auxiliares y complementarias, en la modalidad de regular y discrecional, y estaciones de autobuses.
Aquellos trabajadores que individualmente vengan percibiendo cualquier tipo de mejora o complemento, mantendrán este en las condiciones en las que estaba establecido, no siendo compensable ni absorbible por ningún otro concepto del presente acuerdo.
Artículo 3. Ámbito temporal Este convenio tendrá una vigencia de 3 años, comenzando a regir el día 1 de enero de 2023, y prolongándose hasta el 31 de diciembre de 2025.
Según lo establecido en el artículo 83.3 párrafo 4 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, transcurridos dieciocho meses desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, se mantendrá la ultraactividad del mismo hasta que se negocie un nuevo acuerdo que venga a sustituir a éste, manteniéndose plenamente vigente en todos sus términos salvo pacto en contrario.
En caso de que el presente Convenio dejase de ser de aplicación, ya sea por imperativo legal, modificación normativa, acuerdo de inaplicación o cualquier otro motivo, a todos los trabajadores afectados se aplicará el Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera de la Provincia de Córdoba Código de Convenio 14000235011983.
CAPÍTULO II
"RETRIBUCIONES
Artículo 4. Incremento salarial -Año 2023: Se aplicarán las tablas salariales anexas.
-Año 2024: En todos los conceptos económicos se incrementarán los valores vigentes el 31/12/2023 en la cuantía resultante de aplicar a dichos valores el 1%.
-Año 2025: En todos los conceptos económicos se incrementarán los valores vigentes el 31/12/2024 en la cuantía resultante de aplicar a dichos valores el 2%.
ABONO DE ATRASOS:
Los atrasos correspondientes al periodo comprendido entre el 1
de enero de 2023 y la fecha de actualización de las tablas salariales pactadas en el presente Convenio se calcularán tomando en consideración la diferencia entre los importes abonados y los pactados en el presente acuerdo sobre los siguientes conceptos:
-Salario Base.
-Plus Convenio.
-Plus de Transporte.
-Plus de conductor-perceptor.
-Quebranto de moneda.
- Antigedad.
Una vez publicado este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, las empresa dispondrá de un plazo de hasta 30 días, para el abono de los atrasos devengados hasta dicha fecha.
Artículo 5. Salario base El salario base para cada categoría es el que figura en la tabla salarial anexa.
El Salario base que figura en este Convenio aglutina los conceptos que en el Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera de la Provincia de Córdoba se denominan Salario Base, Plus Convenio, Plus Transporte y Bolsa de Vacaciones, de manera que en el Convenio Colectivo de la Empresa Carrera SL estos conceptos se agrupan en uno solo.
Artículo 6. Antigedad El presente complemento personal de antigedad, sustituye al
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Jueves, 21 de Diciembre de 2023

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 21/12/2023

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha21/12/2023

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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