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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 14/9/2020
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
Lunes, 14 de Septiembre de 2020
que han de ser objeto de cesión gratuita para su afectación a los usos previstos en el Plan, así como los de concreción del diez por ciento del aprovechamiento, urbanizados.
2. La cesión de las obras de urbanización e instalaciones cuya ejecución estuviere prevista, se producirá conforme a lo establecido en el artículo 154 de la LOUA.
3. La adjudicación de fincas y cesión de terrenos a la Administración actuante se formalizará en escritura pública o en documento expedido por la misma con las solemnidades y requisitos de las actas de sus acuerdos y la cesión de obras e instalaciones se reflejará en acta que suscribirá con la Junta de Compensación.
Córdoba, 10 de diciembre de 2019. Letrado redactor, Fdo. Cecilio Valverde Navas, en nombre de Cecilio Valverde & Asociados.
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
cios por el Ayuntamiento, la conservación de la urbanización corre a cargo de la Junta de Compensación, estándose al criterio de proporcionalidad general entre los miembros de la misma, aplicable a la distribución de beneficios y cargas, para el pago de cuotas de conservación.
2. En cuanto a los adquirentes de terrenos por cualquier título, las cuotas a satisfacer, en relación con las totales, vendrán determinadas por la proporción que guarda el valor de los terrenos respecto al total de las fincas resultantes y serán siempre a cargo de cada uno de los adquirentes.
BASE 29
TRANSMISIÓN AL AYUNTAMIENTO DE
TERRENOS Y SERVICIOS
1. El acuerdo de aprobación definitiva del proyecto de reparcelación producirá la transmisión al Ayuntamiento de los terrenos
Nº 176 p.4122
Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba