Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 6/11/2019

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Miércoles, 06 de Noviembre de 2019

b Proponer al Consejo Rector los objetivos generales para cada ejercicio económico, respondiendo de aquellos a través de la correspondiente Memoria Anual de Gestión.
c Emitir informe en los expedientes que sean sometidos al Consejo Rector y a la Presidencia, sin perjuicio de aquéllos otros de carácter jurídico, económico o presupuestario que sean preceptivos.
d Colaborar con la Presidencia en la elaboración del anteproyecto de presupuestos y sus modificaciones.
e Preparar la Memoria Anual de Gestión, liquidación de los presupuestos y Cuenta General, así como el Inventario de Bienes que anualmente deberá aprobar el Consejo Rector.
f Colaborar con la Presidencia en la ejecución de los acuerdos y resoluciones adoptados por el Organismo.
g Asistir a las sesiones del Consejo Rector, con voz y sin voto.
h Elaborar la propuesta del Plan Anual de Actuación de la Fundación.
i Ostentar la dirección del personal de la Fundación, sin perjuicio de la superior jefatura que corresponde a la Presidencia.
j Proponer las sanciones disciplinarias que procedan, previa instrucción del correspondiente expediente.
k Elaborar la propuesta de plantilla y relación de puestos de trabajo, en función de las necesidades organizativas de la Fundación.
l Negociar el Convenio Colectivo del personal propio de la Fundación, junto al resto de representantes designados.
m Elaborar el Reglamento Orgánico y Funcional de la Fundación.
n Custodiar los archivos y documentación de la Fundación.
o Mantener las relaciones protocolarias e institucionales de la Fundación, sin perjuicio de las competencias del Presidente y del Consejo Rector.
p Adoptar las medidas necesarias para que la conservación y protección del patrimonio artístico de la Fundación quede garantizado, así como dirigir y supervisar todas las actividades relacionadas con la gestión de los fondos.
q Cualquiera otras funciones de dirección no asignadas expresamente a otro órgano.
Tercero. El Gerente será nombrado y separado por el Consejo Rector a propuesta de la Presidencia, entre funcionarios de carrera o laborales de las Administraciones Públicas, o profesionales del sector privado, titulados superiores en ambos casos, y con más de cinco años de ejercicio profesional en el segundo.
De conformidad con cuanto antecede se propone al Consejo Rector la convocatoria del puesto de Gerencia. Las características esenciales de la presente convocatoria son las siguientes:
1. Objeto Convocatoria para provisión de puesto de Gerente de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí con arreglo a lo establecido en el artículo 19 de sus Estatutos, publicados en Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba número 49, de 14 de marzo de 2016, debiendo este procedimiento garantizar la publicidad y con criterios de capacidad e idoneidad para el puesto. La persona designada suscribirá contrato laboral de alta dirección en las condiciones establecidas en el modelo de contrato tipo de personal de alta dirección aprobado por la Diputación Provincial de Córdoba.
2. Características del puesto - Gerencia de la Fundación Provincial de Artes Plásticas Rafael Botí.
- Régimen: Alta dirección.
- Localización del puesto: C/ Imágenes, 15, Córdoba.

- Retribuciones: La retribución total máxima anual será de 55.687,33 euros.
La cantidad estipulada anteriormente como contraprestación o retribución, de conformidad con la Disposición Adicional Duodécima de Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se distribuirá en retribuciones tanto básicas como complementarias. Las primeras lo serán en función de las características de la entidad e incluirán la retribución mínima obligatoria asignada a cada responsable. Las retribuciones complementarias comprenderán un complemento de puesto y un complemento variable: el complemento de puesto retribuye las características específicas en las funciones o puestos directivos, y el complemento variable la consecución de unos objetivos previamente establecidos, siendo el porcentaje máximo de este último el 5%
de la cuantía máxima estipulada.
3. Funciones Según el artículo 20 de los Estatutos del Organismo Autónomo, sus funciones serán las siguientes:
a Dirigir y coordinar, en el marco de los planes generales de actuación de la Fundación, de su presupuesto y de las directrices emanadas del Consejo Rector y de su Presidente, las actividades, sus diferentes órganos y unidades, así como su personal, orientado para la consecución del conjunto de los objetivos y fines señalados por la Fundación.
b Proponer al Consejo Rector los objetivos generales para cada ejercicio económico, respondiendo de aquellos a través de la correspondiente Memoria Anual de Gestión.
c Emitir informe en los expedientes que sean sometidos al Consejo Rector y a la Presidencia, sin perjuicio de aquéllos otros de carácter jurídico, económico o presupuestario que sean preceptivos.
d Colaborar con la Presidencia en la elaboración del anteproyecto de presupuestos y sus modificaciones.
e Preparar la Memoria Anual de Gestión, liquidación de los presupuestos y Cuenta General, así como el Inventario de Bienes que anualmente deberá aprobar el Consejo Rector.
f Colaborar con la Presidencia en la ejecución de los acuerdos y resoluciones adoptados por el Organismo.
g Asistir a las sesiones del Consejo Rector, con voz y sin voto.
h Elaborar la propuesta del Plan Anual de Actuación de la Fundación.
i Ostentar la dirección del personal de la Fundación, sin perjuicio de la superior jefatura que corresponde a la Presidencia.
j Proponer las sanciones disciplinarias que procedan, previa instrucción del correspondiente expediente.
k Elaborar la propuesta de plantilla y relación de puestos de trabajo, en función de las necesidades organizativas de la Fundación.
l Negociar el Convenio Colectivo del personal propio de la Fundación, junto al resto de representantes designados.
m Elaborar el Reglamento Orgánico y Funcional de la Fundación.
n Custodiar los archivos y documentación de la Fundación.
o Mantener las relaciones protocolarias e institucionales de la Fundación, sin perjuicio de las competencias del Presidente y del Consejo Rector.
p Adoptar las medidas necesarias para que la conservación y protección del patrimonio artístico de la Fundación quede garantizado, así como dirigir y supervisar todas las actividades relacionadas con la gestión de los fondos.
q Cualquiera otras funciones de dirección no asignadas expresamente a otro órgano.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Nº 211 p.5308

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 6/11/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha06/11/2019

Nro. de páginas10

Nro. de ediciones3541

Primera edición04/01/2010

Ultima edición06/06/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Noviembre 2019>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930