Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 8/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Martes, 08 de Octubre de 2019

Ayuntamiento de La Victoria Núm. 3.493/2019
Don José Abad Pino, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Victoria Córdoba, hace saber:
Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de septiembre de 2019, acordó aprobar provisionalmente la modificación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras de la Tasa por el Servicio de Guardería Infantil; de la Tasa por la Prestación del Servicio de Escuela de Música; Tasa por Prestación del Servicio de Tanatorio y Tasa por Prestación del Servicio de Cementerio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, y al mismo en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56, del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
Se somete a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las alegaciones y reclamaciones que se estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones o reclamaciones, el acuerdo de aprobación provisional quedará elevado a definitivo.
La Victoria, 2 de octubre de 2019. Firmado electrónicamente: El Alcalde, José Abad Pino.

Ayuntamiento de Villanueva del Duque Núm. 3.524/2019
Acuerdo del Ayuntamiento de Villanueva del Duque por el que se aprueba la Cuenta General de 2018.
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2018, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
Villanueva del Duque a 2 de octubre de 2019. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, María Isabel Medina Murillo.

Núm. 3.525/2019
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Villanueva del Duque, por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 8/2019 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones de distintas áreas de gasto, que no afectan a altas y bajas de crédito de personal.
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria urgente celebrada el día 2 de octubre, acordó la aprobación inicial del expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
expresado en el anuncio de exposición pública que tuvo lugar con fecha 19/08/2019 BOP número 157, dicho acuerdo provisional ha quedado elevado a definitivo, entrando en vigor a partir de su publicación íntegra en el referido Boletín Oficial de la Provincia, y a cuyos efectos se acompaña como Anexo el texto íntegro de la Ordenanza aprobada.
Contra esta elevación a definitivo cabe interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar del día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia en la forma prevista en la ley reguladora de dicha Jurisdicción.
ANEXO
ORDENANZA FISCAL NÚMERO 41 REGULADORA DE LA
TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ASEOS PÚBLICOS AUTOLIMPIABLES INSTALADOS EN LA VÍA PÚBLICA
Artículo 1º. Fundamento y naturaleza En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 23 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece la Tasa por la Prestación del servicio de Aseos Públicos Autolimpiables instalados en la vía pública, que se regula en la presente Ordenanza Fiscal, cuyas normas atienden a lo previsto en el artículo 57 del citado R.D. Legislativo 2/2004.
Artículo 2º. Hecho imponible Constituye el hecho imponible de la Tasa la utilización del servicio de aseos públicos autolimpiables instalados, o que se prevean instalar, en las vías públicas del término municipal de Priego de Córdoba.
Artículo 3º. Sujetos pasivos Son sujetos pasivos de esta Tasa a título de contribuyente, y estarán obligados al pago de la misma, las personas físicas que utilicen los aseos públicos autolimpiables instalados en las vías públicas, y que por lo tanto resulten beneficiarios del servicio prestado por el Ayuntamiento, o por empresa concesionaria del mismo en su caso.
Artículo 4º. Devengo y cobro La obligación de contribuir nace en el momento de la utilización del servicio. El pago de la tasa se realizará previamente a la utilización efectiva del mismo, a través de los procedimientos y/o mecanismos que este Ayuntamiento establezca al efecto.
Artículo 5º. Cuota tributaria La cuota tributaria, en aplicación de lo que dispone el artículo 24.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, por la utilización del servicio de aseos públicos autolimpiables instalados en las vías públicas asciende a 0,30 €
por persona cada vez que se haga uso del mismo.
Disposición Final La presente Ordenanza Fiscal, una vez aprobada definitivamente, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, manteniendo su vigencia hasta su modificación o derogación expresa.
Priego de Córdoba a 3 de octubre de 2019. Firmado electrónicamente: La Alcaldesa, María Luisa Ceballos Casas.

Nº 192 p.4886

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 8/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaísEspaña

Fecha08/10/2019

Nro. de páginas121

Nro. de ediciones3540

Primera edición04/01/2010

Ultima edición15/05/2024

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