Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del 17/10/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante

Butlletí Oficial de la Província dAlacant edita excma. diputació provincial dalacant
Boletín Oficial de la Provincia de Alicante
Nº 198 de 17/10/2019

edita excma. diputación provincial de alicante
todas las costas procesales causadas en este procedimiento. Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará en estas actuaciones, con inclusión de su original en el Libro de Sentencias Civiles de este Juzgado.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que NO
ES FIRME y que contra la misma cabe interponer RECURSO DE
APELACION, ante este Juzgado, en el plazo de VEINTE DIAS contados desde el día siguiente a su notificación, exponiendo las alegaciones en que sebase la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna; para su posterior conocimiento por la ILMA.
AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALICANTE. A tal fin se indica a las partes que la interposición del recurso de apelación precisará de la constitución de un depósito de 50 euros mediante su consignación de dicha suma en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta a nombre del Juzgado o del Tribunal, que deberá ser acreditado al tiempo de su interposición, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido. Si el recurrente hubiera incurrido en defecto, omisión o error en la constitución del depósito, se concederá a la parte el plazo de dos días para la subsanación del defecto, con aportación en su caso de documentación acreditativa. De no efectuarlo, se dictará auto que ponga fin al trámite del recurso, o que inadmita la demanda, quedando firme la resolución impugnada. Si se estimare total o parcialmente el recurso, o la revisión o rescisión de sentencia, en la misma resolución se dispondrá la devolución de la totalidad del depósito. Cuando el órgano jurisdiccional inadmita el recurso o la demanda, o confirme la resolución recurrida, el recurrente o demandante perderá el depósito, al que se dará el destino previsto en esta disposición. Así, por esta mi sentencia, Juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo."
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por resolución del día de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia al demandado en ignorado domicilio.
En ALICANTE, a veintisiete de mayo de dos mil diecinueve EL LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

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10770 / 2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Alicante del 17/10/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Alicante

PaísEspaña

Fecha17/10/2019

Nro. de páginas52

Nro. de ediciones5878

Primera edición03/01/2000

Ultima edición11/05/2023

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