Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 31/1/2024

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Fuente: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 1654 - Publicado el: 31/01/2024

Rosario,"CUNADELABANDERA",

0100
30 de enero de 2024.D E C RETO

N

VISTO
El Expediente N 1380/2024; y
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza no 10.027, sancionada por el Concejo Municipal de Rosario en fecha 23 de diciembre de 2019 y promulgada el 27 de diciembre de 2019, dispuso la creación de un Programa de Financiamiento de Corto Plazo, mediante la emisión de Letras del Tesoro de la Municipalidad de Rosario, facultándose al Departamento Ejecutivo Municipal a dictar las normas complementarias que fuere menester para su implementación, y ceder en garantía recursos de propia jurisdicción;
Que la Ordenanza no 10.578, modificatoria de la 10.027, faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a mantener un stock de Letras en el marco del programa creado de hasta 4% del total de recursos de Libre Disponibilidad aprobado por la Ordenanza de Presupuesto para cada ejercicio;
Que las Ordenanzas N 10.576 y NO 10.577 fijan el Presupuesto de la administración Municipal para el ejercicio 2024;
Que a fin de diseñar el Programa de Letras del ejercicio 2024, con el objeto de atender necesidades de financiamiento de corto plazo del Municipio, se estima necesario y conveniente reglamentar sus condiciones de emisión y colocación;
Que, a tales efectos, y conforme las facultades conferidas al Departamento Ejecutivo Municipal en el artículo 4 de la Ordenanza, se dispone afectar en garantía del pago de las Letras la recaudación proveniente del Derecho de Registro e Inspección, tributo que se encuentra reglado en los artículos 77 y subsiguientes del Código Tributario Municipal Decreto-Ordenanza 9476 1 1978 y modificatorias;
Que así también mediante el artículo 4 de la Ordenanza corresponde interpretar que dicha afectación en garantía constituye una cesión de créditos en garantía que se perfeccionará oportunamente y previo a la emisión de las Letras del Tesoro, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1620 del Código Civil y Comercial de la Nación Ley 26.994 y modif.;
Que en el marco de las atribuciones conferidas por la Ordenanza, corresponde delegar en el Banco Municipal de Rosario la función de Organizador del Programa de Letras, para que por sí mismo yjo a través de su controlada BMR Mandatos y Negocios S.A., lleve a cabo todas las funciones inherentes y necesarias para lograr el cometido, como así también para que se desempeñe como agente administrador de la garantía y pago en el Programa de Letras, autorizando a la Secretaría de Hacienda y Economía de la Municipalidad de Rosario para proseguir con los trámites necesarios;
En uso de sus atribuciones,
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 31/1/2024

TítuloBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

PaísArgentina

Fecha31/01/2024

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones1203

Primera edición10/10/2012

Ultima edición26/04/2024

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