Boletín Oficial de Cantabria del 4/12/2019 - Ordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario

MIÉRCOLES, 4 DE DICIEMBRE DE 2019 - BOC NÚM. 234

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN Nº 2
DE MEDIO CUDEYO
CVE-2019-7962

Notificación de sentencia 110/2019 en juicio verbal 82/2019.

Doña Inés Álvarez de Soto, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Medio Cudeyo, Hace saber: Que en este Órgano Judicial se siguen autos de juicio verbal 250.2, a instancia de IZARO GESTIÓN, SL, frente a TOLUCA GRUPO EMPRESARIAL, SL, en los que se ha dictado resolución y/o cédula de fecha 29 de julio de 2019.
SENTENCIA Nº 110/2019
En Medio Cudeyo, a 29 de julio de 2019.
Vistos por mí, DOÑA FLORENCIA ALAMILLOS GRANADOS, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia Nº Dos, de Medio Cudeyo, los presentes autos de juicio verbal, seguidos ante este Juzgado con el número 82/2019, en el que es demandante ÍZARO GESTIÓN, S. L., representada por la procuradora Sra. Moreno Rodriguez, y defendida por el letrado Sr. Arenaza Castellanos y demandada TOLUCA GRUPO EMPRESARIAL, S. L. en rebeldía. En nombre de S.M.
EL REY se ha dictado la presente resolución, en base a los siguientes:
FALLO
Que, debo estimar y estimo la demanda presentada por ÍZARO GESTIÓN, S. L., representada por la procuradora Sra. Moreno Rodríguez, y defendida por el letrado Sr. Arenaza Castellanos frente a TOLUCA GRUPO EMPRESARIAL, S. L., debiendo esta ultima abonar a la actora la cantidad de 5.408,99 euros, con los intereses que legalmente correspondan; imponiendo a la demandada las costas del juicio.
La presente resolución, no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de APELACIÓN en el plazo de VEINTE DÍAS desde su notificación en legal forma; recurso a preparar en este juzgado, para su resolución por la Ilma. AUDIENCIA PROVINCIAL DE SANTANDER.
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, en la redacción que le ha dado la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre Boletín Oficial del Estado número 266, de 4 de noviembre de 2009, para interponer recurso contra esta resolución deberá constituirse depósito en cuantía de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, en el BANCO SANTANDER nº 3878000003008219 lo que deberá acreditarse. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
Así, por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a TOLUCA GRUPO EMPRESARIAL, S.L, en ignorado paradero, libro el presente.

Inés Álvarez de Soto.
2019/7962

i Pág. 28009

boc.cantabria.es
CVE-2019-7962

Medio Cudeyo, 30 de julio de 2019.
La letrada de la Administración de Justicia,
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 4/12/2019 - Ordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Ordinario

PaísEspaña

Fecha04/12/2019

Nro. de páginas67

Nro. de ediciones3585

Primera edición04/01/2010

Ultima edición17/05/2024

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