Boletín Oficial de Cantabria del 15/10/2019 - Ordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario

MARTES, 15 DE OCTUBRE DE 2019 - BOC NÚM. 199

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 11 DE SANTANDER
CVE-2019-9036

Notificación de sentencia 66/2019 en procedimiento de familia.
Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados 1163/2018.

Doña Ana del Mar Íñiguez Martínez, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia Nº 11 de Santander, Hace saber: Que en este Órgano Judicial se siguen autos de familia. Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados, a instancia de EUGENIA ERAZO
TENORIO, frente a ANICETO ANTONIO LOPES, en los que se ha dictado resolución de fecha de 25/02/2019, del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº 000066/2019
En Santander a 25 de febrero de 2019.
Vistos por la Ilma. Sra. Dña. MARTA SOLANA COBO, MAGISTRADA-JUEZA de Primera Instancia nº 11 de SANTANDER y su Partido, los presentes autos de PROCEDIMIENTO VERBAL
1163/18, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante: DÑA. EUGENIA
ERAZO TENORIO, representada por la procuradora Dña. Aranzazu Saiz Quevedo y asistida del letrado D. José Luis Martínez Viaña, y de otra como demandado: D. ANICETO ANTONIO
LOPES, en situación de rebeldía procesal, con la intervención del MINISTERIO FISCAL, sobre DIVORCIO CONTENCIOSO.
FALLO
Que estimando en parte la demanda formulada por DÑA. EUGENIA ERAZO TENORIO frente a D. ANICETO ANTONIO LOPES, debo aprobar las siguientes medidas que regularán las relaciones de las partes con su hijo:
I.- La atribución de la guarda y custodia del hijo menor, en régimen de exclusividad a su progenitora, sin perjuicio de la patria potestad compartida de ambos progenitores. Y sin que haya lugar a establecer un régimen de comunicaciones y estancias paternofilial, a salvo su desarrollo conforme al libre entendimiento de padre e hijo cual ha venido ejerciéndose hasta la fecha.

Los gastos extraordinarios del menor, serán satisfechos al 50% entre ambos progenitores, otorgando referida condición a los que surjan en la vida del citado de manera imprevista y carezcan de periodicidad prefijada, tales como operaciones quirúrgicas y demás gastos médicos o farmacéuticos no cubiertos por el sistema público de la Seguridad Social; y todo ello sin realizar expreso pronunciamiento respecto de las costas causadas en la instancia.
Contra esta resolución cabe interponer RECURSO DE APELACIÓN ante este Tribunal, por escrito, en plazo de VEINTE DÍAS contados desde el siguiente a la notificación, conforme a
i Pág. 24428

boc.cantabria.es
CVE-2019-9036

II.- Establecer una pensión de alimentos a cargo del progenitor y en favor del hijo menor de 300 euros mensuales, a satisfacer dentro de los cinco primeros días de cada mes, actualizándose anualmente conforme a las variaciones que experimente el Indice de Precios al Consumo que publica periódicamente el Instituto Nacional de Estadística, tomando como base para el comienzo del cómputo la fecha de la presente resolución.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 15/10/2019 - Ordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Ordinario

PaísEspaña

Fecha15/10/2019

Nro. de páginas92

Nro. de ediciones3594

Primera edición04/01/2010

Ultima edición30/05/2024

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