Boletín Oficial de Cantabria del 7/5/2020 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

JUEVES, 7 DE MAYO DE 2020 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 36

Artículo 5. Procedimiento de concesión.
Las subvenciones reguladas en el presente Decreto tienen carácter singular, sin que resulte precisa convocatoria pública al no existir concurrencia competitiva al estar incluidas todas las Cooperativas Agrarias de Cantabria inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas de Cantabria que disponen de la implantación e infraestructura necesarios para desarrollar la actividad objeto de subvención. El procedimiento se iniciará a instancia de las cooperativas beneficiarias, que deberán presentar la correspondiente solicitud.
Artículo 6. Forma de pago y régimen de justificación.
1. El abono de las subvenciones se realizará previa solicitud, tras la entrada en vigor de este Decreto, y de forma anticipada en un 100 por 100 de su cuantía, sin necesidad de previa constitución de garantías. A tal efecto, una vez aprobado el presente Decreto, la Oficina de Calidad Alimentaria adscrita a la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente tramitará el correspondiente expediente de gasto y comprobará el cumplimiento de los requisitos recogidos en el artículo 3.2.
2. No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto los beneficiarios no se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social, y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, o sea deudor por resolución de procedimiento de reintegro.
3. El plazo de justificación finaliza el 31 de diciembre del año 2020, a tal efecto las Cooperativas Agrarias beneficiarias deberán presentar la cuenta justificativa de la subvención, que estará integrada, de acuerdo con el artículo 72.3 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, por:
a Memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos. En la misma se incluirá:
- La identificación de los productos adquiridos, distribuidos por familias en los términos indicados en el artículo 3, su importe, y la identidad de los productores.
- Relación de gastos relativos a los procesos necesarios para la entrega a las entidades de los productos adquiridos matanza, despiece, transporte, etc.
- La identificación de las entidades entre las que se han distribuido gratuitamente los productos adquiridos, así como el total de productos entregados a cada una de ellas.
b Las facturas o documento de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil o con eficacia administrativa incorporado a la relación a que hacer referencia el párrafo anterior y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.
Sólo serán válidas las facturas que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener número de factura o de recibo.
- Contar con los datos del expendedor nombre, razón social, NIF o CIF y domicilio.

- Descripción de las operaciones consignando todos los datos necesarios para la determinación de la base imponible del impuesto, correspondiente a aquéllas y su importe, incluyendo el precio unitario sin impuesto de dicha operación, así como cualquier descuento o rebaja que no esté incluido en dicho precio unitario. El tipo impositivo o tipos impositivos tipo de IVA, en su caso, aplicados a las operaciones. En caso de que una operación esté exenta o no sujeta a IVA, se especificará el artículo de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido que así lo reconoce.
- Lugar y fecha de emisión.
- Firma o sello del emisor.
- Documento que justifique el pago de la factura.

i Pág. 1242

boc.cantabria.es
CVE-2020-2992

- Expresar los datos del pagador nombre, razón social, NIF o CIF y domicilio, que deberá ser, exclusivamente, la entidad subvencionada.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 7/5/2020 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha07/05/2020

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones838

Primera edición07/01/2010

Ultima edición02/05/2024

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