Boletín Oficial de Cantabria del 4/5/2020 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

LUNES, 4 DE MAYO DE 2020 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 35

CUARTA. - CONDICIONES DE LOS PRÉSTAMOS
Las condiciones de la línea de financiación instrumentada en desarrollo de este convenio son las siguientes:
1.- Finalidad: Mejorar la liquidez de los trabajadores afectados por expedientes de regulación temporal de empleo, mediante la formalización de préstamos que permitan el adelanto de las prestaciones por desempleo que les corresponden por tal circunstancia, en los términos establecidos en este Convenio.
2.- Beneficiarios:
Trabajadores afectados por expedientes de regulación temporal de empleo consecuencia de la crisis provocada por el COVID-19, que tengan su domicilio en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
En el contrato de préstamo los beneficiarios deberán asumir las siguientes obligaciones:
a Autorizar la remisión de información personal por parte de las entidades financieras al Gobierno de Cantabria y, cuando sea necesario, la cesión de información del Gobierno de Cantabria a otras Administraciones Públicas y a su entidad empleadora.
b No modificar la cuenta bancaria de abono de la prestación por parte del Servicio Público de Empleo Estatal.
c Reembolsar al Gobierno de Cantabria las cantidades que dicha administración deba reembolsar a favor de las entidades financieras en los supuestos previstos en la cláusula tercera del presente Convenio.
d Facultar a la Administración del Gobierno de Cantabria a exigir los citados ingresos indebidos junto con los intereses de demora.
Con motivo de la solicitud del préstamo, las personas solicitantes serán informadas de que el tratamiento de sus datos de carácter personal queda amparado por lo dispuesto en el artículo 6.1.b del Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE Reglamento general de protección de datos , y que la comunicación de sus datos de carácter personal al Gobierno de Cantabria se realizará a los únicos efectos establecidos en este convenio, pudiendo el Gobierno de Cantabria tratar sus datos de carácter personal con la Administración General del Estado, las Administraciones de las Comunidades Autónomas o con sus respectivas entidades empleadores, a esos mismos efectos.

Convenio anticipo prestaciones ERTE

i Pág. 1232

versión 2020.04.30

boc.cantabria.es
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CVE-2020-2913

3.- Volumen de los préstamos: Las entidades financieras participarán en esta línea de préstamos con un importe máximo de 500 euros por trabajador y mes. Dicha cuantía se verá reducida en el supuesto de expedientes de regulación de empleo que impliquen que el trabajador deba prestar sus servicios de forma parcial. El importe total del préstamo no excederá del correspondiente a dos mensualidades 1.000 euros, salvo en el caso de que el trabajador presente a la entidad financiera certificado de prestación ya
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 4/5/2020 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha04/05/2020

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones838

Primera edición07/01/2010

Ultima edición02/05/2024

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