Boletín Oficial de Bizkaia del 12/3/2020
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Fuente: Boletín Oficial de Bizkaia
BOLETÍN OFICIAL DE BIZKAIA
Núm. 50
Jueves, 12 de marzo de 2020
BOB
Pág. 88
Si el Órgano de Selección apreciara que ninguno/a de los/as aspirantes presentados/
as a la plaza reúne las condiciones mínimas necesarias para desempeñar el puesto, podrá declarar desierta la misma.
Décima.Impugnaciones 1.Incidencias. El órgano de selección queda autorizado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso de selección en todo lo no previsto en estas bases.
2.Estas Bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación del Órgano de selección, podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los casos y forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Undécima.Protección de datos de carácter personal
cve: BOB-2020a050
Todos los datos y registros que se proporcionen o se creen derivados de este proceso de selección estarán bajo las directrices y normas esta blecidas en la Ley Orgánica 15/1999 y la Ley 2/2004 de 25 de febrero y Reglamento general de protección de datos.