Boletín Oficial de Aragón del 26/03/2024
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Fuente: Boletín Oficial de Aragón
Boletín Oficial de Aragón
26/03/2024
tegro de las cantidades indebidamente percibidas, con los intereses correspondientes, o se perderá el derecho a la percepción de la subvención si no se hubiere procedido al pago.
4. Sin perjuicio de lo previsto en los apartados anteriores, cuando los hechos pudieran ser constitutivos de infracción administrativa se incoará el correspondiente procedimiento sancionador.
Decimoctavo. Autorizaciones de plantaciones y actualización de los datos de las superficies vitícolas incluidas en las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo.
1. A los efectos del funcionamiento del Registro Vitícola y de otros instrumentos de la normativa sectorial, las autorizaciones de plantaciones y arranques serán tramitadas conforme establece el Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola y la Orden AGM/468/2023, de 5 de abril, por la que se establecen los procedimientos de aplicación en Aragón del Real Decreto 1338/2018, de 29 de octubre, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
2. Una vez efectuados los controles establecidos en la normativa vigente sin que se haya detectado ninguna incidencia, el Director General de Innovación y Promoción Alimentaria dictará las resoluciones de autorización de arranque y plantación que serán notificadas a los solicitantes.
Decimonoveno. Información y publicidad.
1. La financiación de las ayudas establecidas en la presente Orden se realizará en su totalidad con fondos procedentes del Fondo Europeo Agrícola de Garantía FEAGA, debiendo indicarse tal circunstancia en las resoluciones de concesión de las ayudas que se notifiquen a las personas beneficiarias.
2. Los datos de las personas beneficiarias se publicarán con arreglo al Reglamento UE
2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento UE n.º 1306/2013.
Zaragoza, 18 de marzo de 2024. El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ángel Samper Secorún.
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Núm. 61
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