Boletín Oficial de Aragón del 02/11/1979

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Fuente: Boletín Oficial de Aragón

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nOLE."t1.l
oríctAL

1.2. Los deslindes de términos municipales..
1.3. La distribución del término municipal en distntos y la reforma, aumento o di mi:Juciónde los existentes.
1.4. La iniciación de oficio de los expedientes de alteración de términos municipales y de disolución de Entidades Locales Menores.
2. Organización.
2.1. La constitución de ID.3.Dcomunidadesmunicipales DECRETO de 18 de junio de 1979 por el que voluntarias y agrupacione forzosas de mwúcipios ..
se modifica la estructura pravisio/UlI de la 2.2. La agrupación forzosa de mUIÚcipioscon poblaCIón Diputación General de Aragón mediante la.
inferior a cinco mil habitantc:s, para la prestacióu de los creación de los Departamentos de Acción Tesen-icios públicos considerados esenciales por la Ley, en rritorial, Acción Agraria Y Regadios, Acción los supues.tos. en que aquéllos carezcan de recursos ecoSocW1 Y-Asuntos Económicos.
nómicos suficientes.
23. La alteración de los nombres y capitalidad de los El Consejo de Gobierno de la Diputación General de municipios.
Aragónde 18 de junlO de 1979 acuerda modificar la estruc3. Comisiones gestoras ..
tura provisional de la Diputación GeDeral de Aragón de la siguieDte forma:
El nombramiento de Comisiones gestoras que rijan nuevos municipios resultantes de la fmión de otros.
l.-DEPARTAMENTO DE ACCION TERRlTORIAL, ÍDcluyendo las siguientes materias: Recursos, Medio Ambien4. Régimen jurídico.
te. OrdenacióD Territorial, ComuIÚcaciones y Transportes, 4.1. La suspensión de acuerdos de las Corporaciones Urbanismo, Vivienda y EqtÚpamieDto.
Locales, en lq? supuestos del número .1, apartados L-, 2.Se adscribe a los Consejeros don. Manuel Fáb.regas . Y 4.- del artículo 362 de la Ley de Rég-IDenLocal R. 1956, Giné, don José-Maria Esponera PascuaJ, don SaDtiago 74, 101 Y N. Dice. 611.
Marraco Solana y don JoséAntonio Biescas Ferrer, actuanEsto no obstante, el Gobernador civil podrá suspender do como coordinador el señor Fábregas Giné.
los acuerdos de las Corporaciones Locales en los mismos 2.-DEPARTAMENTO DE ACCION AGRARIA Y REcasos, siempre y cuando no lo hubiera hecho la Diputación GADIOS, incluyeDdo las sizujentes materias: Montes, AgriGeneral de Aragón. A estos efectos, los acuerdos de las cultura, Regadíos, Ganadería e Industrias Agrarias.
Corporaciones Locales de Aragón deberán comunicarse Se adscribe a Jos Consejeros don Antonio Gimeno tanto al Gobernador civil corrpondiente como a la DipuLahoz. don Isidro Guía Mateo y don Jo -Luis Moreno tación General, en el plazo ce tres días si.lientes a su Pérez.:aballero, actuando como coordimidor don Antonio adopción. La Diputación .General comunicará al GobernaGimeno LahOz.
dor civil los acuerdos de st1SJ>eosiónen el mismo día qu 3.-DEPARTA.fENTO DE ACCION SOCIAL,incluyenlos adopte. Si la suspensión hubiere sido acordada por do las siguientes materias: Cultura, Educación, Trabajo, las dos autoridades, prevalecerá a todos los efectos legaSanidad y SeguridadSocial les la dictada por la Diputación General de Aragón.
Se adscribe a los Consejeros don Angel Cristóbal Mon- . 42 La resolución de los re:cursos contra Jas decisiones tes, don Joaquín Tejera Miró y don Pedro Bofill Aldeilhe, de suspensión de acuerdos de las Corporaciones Locales actuando como coordinador el señor Cristóbal Montes.
adoptadas por la propia Dipuuqón GeI:!eraJ.cuando éstas 4.-DEPARTAMENTO DE ASUNTOS ECONOMICOS, se funden en Jos supuesto preistos en el nÚIDero 1, aparincluyendo las siguientes materias: Econo Hacienda, tados 1.- y 2-, del artículo 362 de la Ley de Régimc:;J.
Industria. Comercio y Twismo
Local citada .
Seadscn"be a los Consejeros don Manuel TJSai.re Buil, 43. La suspensi6n de miembros electivos de las Cordon Carlos Lahoz MustieDes y don José-Antonio Biescas poraciones Locales en los supuestos de mala conducta Ferrer, actuando de coordinador el seDor Lahoz Mustienes, o negligencia grave, previstos en el articulo 421 de la
de Régimen LocaL Esto no obstante, el Gobernador Clvil El Presidente del Consejo de Gobierno podrá acordar la. susJX:TISión por los mism,o motivos, siempre que la Dlputao6n Ceneral no lo hiCIese en el DECRETO de 16 de marzo de 1979 por el que plazo de tres días, cuaDdo el Gobernador civil PODga en se acuerda la prórroga trimestral del Presusu conocimiento tal circunstancia..
pu!!Sto de In Diputación Gene"ral de Aragón de 4.4. La apredaci6n de las incapacidades, excusas e 1978 para el ejercicio de 1979, en tanto no incompatibilidades de miembros de las Corporaciones Losean aprobcu1os por las Cortes los Presupues.cales en los casós previstos por el artículo 382 de la Ley tos generales del Estado.
de Régimen Local, así corno la resolución de los recursos .
-

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contra estos actos.
El Consejo de GobIerno de la Dputaaon General d::
45. El COloci=iento y, en su .caso, la suspellsión de Aragón de 6 de marzo de 1979 acuerda a 1?r?rroga trt- .. _las Ordenanzas y Reglamentos municipales, en los casos mestral del Presupuesto de 1978 para el eJerCIOOde 1979, previstos por Jos artículos 09 y 110 de la Ley de Régimen hasta tanto no sean aprobados po Jas Cortes los PIe.suLocal R. ;956, 74, 101 Y N. Dice.. 2817.
puestos generales del Esdo. en VIrtud de lo estableCIdo 5 Ré d t - - . --. . tu. 1
en el artículo 56 de la Ley General Presupuestaria de .
grmc;n e ID enenclOn y .e a. .
" d 5.. La dISolUCIón de Jas -!untas VeclDales cuando su nero de 1977 sobre prórroga del presupuesto del . e. c:
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gestIon resulte gravemente dañosa.
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cienda en el plazo de un eJerCICIOeconomIco .
. El Presidente del ConseJo de Gobierno 6. Honores y distinciones..
. :
6.1. La autorización de Reglamentos especiales de las Corporaciones l..cx.:ales para la concesión de honores y REAL DECRETO de 13 de febrero de 1979, núdistinciones .
mero 694/79 Presidencia, Diputación General 62.. La autorización para las modjfjcaciones de nomde Aragón. Transferencia de competencias de bres de calles; plazas, parques y conjuntos urbanos.
la Administración del Estado n materia de 63. La conformidad a los acuerdos de las CorporaInterior.
ciones Localés sobré CoDce.sióp de honuies y distinciones .
. Articulo 1.- Se transfieren a la Diputación General de 7. Disposición de bienes propius de las Corporaciones Ai-agón las sigÚientes competencias de la Administración Locales .
del tado. en materia de organización. régimen jurídico, 7.1. La autorización de los expedientes de enajenación.
bien y rvicios de hs Corpor.lciones l..ocales:
pcrrnutd o grd ..
dmen de bjc:n mmuc:blc:s propios deJ. Demarc:ción lcnitorial.
Jas Corporaciones Locales, cu:lndo su valor oceda dd 1.1. La conslilUdón 1 disolución de Entidades Locales veinticinco por ciento del psupuesto amu,l de b. Cotl.. ..

plimiento de unas obligaciones y las subsiguientes deficienciOlsen el servicio, ante la posibilidad de que la Administración del Estado no libre a tiempo las cantidades precisas para atender el funcionamiento del citado Ser vicio.
El Presidente del Consejo de Gobierno

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Aragón del 02/11/1979

TítuloBoletín Oficial de Aragón

PaísEspaña

Fecha02/11/1979

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones7624

Primera edición11/04/1978

Ultima edición10/05/2024

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